#5 Es que los que tienen suerte la suelen tener para todo y lo de nacer "guapo" es el primer síntoma de que alguién tiene lo que llamamos suerte (ventajas evolutivas que casualmente favorecen a un individuo en un entorno concreto)
#21 Lo malo es tener que hacer ese viaje cuatro veces al año mínimo, semana blanca, santa, verano, navidad y eso sin pillar algún puente largo, ahora los puentes ni me los planteo, todos el mismo día y por la misma autovía, imposible cargar
#121 En 4 años 2 veces? Y lo consideras poco?
Es cierto que hago muy pocos kilómetros, pero mi subaru de 2003 ha pisado el taller 2 veces excluyendo los mantenimientos. Una por el motor del techo solar y otra por una grupilla de la cerradura de la puerta.
#81 mira que el año pasado fui a una boda en junio a Badajoz.... Y pase de salir de mi tierra con ,20 grados o así a 38 en Badajoz. Cuando salí del coche casí me da algo.
#58 Cierto, aparecen los importes totales de las deudas, no lo que se paga cada mes. Pero imagino que lo que quieren ver es precisamente el importe de la deuda, que es lo que te da información relevante.
#14 Ojo, yo no me compraria un iphone ni harto de vino, pero he de reconocer que comparado con otros telefonos aguanta en buenas condiciones bastante tiempo (comparado a lo que estamos acostumbrados con la obsolescencia). Pero si, los aparatos electronicos se van al carajo rapidisimo pero mas rapido se van si el que los tiene se aburre de el y como tu dices quiere uno nuevo cada año.
De todas formas cada vez los moviles tienen mejoras mas pequeñas y no es tan "necesario" hacerse con el ultimo modelo porque varian muy poco. Yo cambie mi xiaomi redmi note 5 a los 5 años porque ya se quedaba bastante pillao, pero si me apuras me dura algun año mas, y por 180 euros tuve un movil de escandalo para lo que queria. Ahora tengo un poco de 220 euros que me tiene que durar otros 5 años por lo menos
Ojo, que la ley no obliga a la empresa a pagar las gafas:
"Actualmente la normativa española (Real Decreto 488/1997, de 14 de abril y LPRL) no contempla la obligación por parte de la empresa del abono de gafas a la persona trabajadora.
Con esta sentencia, los empleados que, avalados por un reconocimiento médico, necesitaran gafas o lentillas para trabajar con pantallas podrían reclamar los gastos asociados, pero solo en caso de ser demostrable que el perjuicio visual se ha producido por el trabajo con pantallas específicas de la empresa."
Link al artículo completo en mi comentario #13 .
Como ven que les funciona, porqué van a cambiar su manera de actuar?