#32 Tengo mis dudas de si las agencias inmobiliarias (en cuanto su director técnico es un Agente de la Propiedad Inmobiliaria, API, que debe estar colegiado) deben proporcionar hojas de reclamaciones.
Por otro lado, salvo que el contrato dijera otra cosa, no corresponde a la agencia, sino al propietario o arrendatario de la vivienda, el alta en los suministros.
En todo caso, SIEMPRE (con o sin reclamación ante Consumo) puedes reclamar judicialmente sin abogado ni procurador cuando la cuantía es inferior a 2000 Euros.
#34 En mi comunidad autónoma eso no es así.
Cuando al justiciable le conceden o deniegan la justicia gratuita lo normal es que el pleito haya terminado (tardan muchísimo en resolver). No te digo nada en pagar, normalmente 5 o 6 meses más. Y cuando se deniega la JG, son los abogados los que tienen que dirigirse al cliente para que pague, y créeme, lo normal es que no pague y el abogado termine sin cobrar un duro.
Es una de las reivindicaciones que se piden por el colectivo para la mejora del turno de oficio.