Estima que la decisión de declarar inconstitucional el real decreto del Gobierno “no responde en absoluto [...] a verdaderos criterios jurídicos, pues utiliza un mero atajo argumental (calificar como suspensión una restricción intensa de un derecho fundamental con una argumentación muy pobre) para estimar la inconstitucionalidad de una medida sanitaria solicitada por un partido, que previamente había apoyado expresamente en el debate y votación parlamentaria de la prórroga”, dice este magistrado, en alusión a Vox.
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