En mayo de 1990, el Tribunal Supremo confirmó la «sentencia de la minifalda» dictada en febrero de 1989 por la Audiencia de Lleida. Según esta sentencia, una joven de 17 años «pudo provocar, si acaso inocentemente, al empresario Jaime Fontanet por su vestimenta». Se condenó al empresario a una multa de 40.000 pesetas por un delito de abusos deshonestos con su empleada.
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