Políticamente, deja a su paso otros damnificados, los que durante dos años no sólo dijeron que se había producido un golpe de Estado o rebelión, sino que acusaron a los que dudaban de ello de ser cómplices de los separatistas. Además, coloca al movimiento independentista ante quizá la última oportunidad de repetir la conmoción social y el desafío político que supuso el referéndum del 1 de octubre. Desobediencia suponía un castigo muy leve por la reiterada negativa del Govern a cumplir las decisiones judiciales. Rebelión no había sido probado.
Comentarios
Un parlamento autonómico ignora todas las sentencias de tribunales como el constitucional, ignora a los propios letrados del parlamento y deciden que son mas chulos que nadie. Convocan un referéndum ilegal y aprueba una ley de desconexion una vez mas saltando la propia constitución que da razón de existencia a ese parlamento. Y encima según el eldiario, deberíamos aplaudirles....
#1 Los catalanes han hecho todo eso que te acabas de inventarte... ¿Y el Estado Español qué ha hecho?
#6 Inventarme? justifica que me he inventado
#14 Deberías aplaudirles por ser libres. Sí
#16 Un cargo publico no puede saltarse la ley a su antojo.
#19 Un parlament puede dictar leyes a su antojo. Si no cumplen la constitución el Constitucional las anulará. Y no es ningún problema.
Todo como debe ser en un estado de derecho.
#34 siguiendo los procedimientos establecidos por el propio parlament, al menos.
#55 Claro. Pero esos procedimientos también se pueden cambiar.
#58 sip, siguiendo los cauces establecidos.
#6 quién ha hablado de todos los catalanes? Eso lo ha hecho un grupo reducido de personas. El estado español, como democracia plena que es, ha condenado a ese grupo de personas a prisión en función de su implicación en los hechos
Ya sabemos que la democracia os queda un poco lejos a los que pensáis que las leyes que no te parecen bien te las puedes saltar, pero así es como funciona un estado de derecho
#6 ¿los catalanes? No
¿Los políticos independentistas? Yo no tengo dudas y parece que el tribunal tampoco
#1 Díselo a Nachete, que me tiene bloqueado aquí.
#1 Si el parlament aprueba una ley anticonstitucional, el Constitucional la tumba y listo. No veo la tragedia.
Respecto al supuesto "Referendum Ilegal" me gustaría ver donde encuentras esa figura en el código penal o en ninguna parte.
#1 otra idiotez más de #eldiario
La rebelión tenía el objetivo político que los acusados fueran juzgados estando políticamente suspendidos, al igual que el hecho de ponerlos en prisión, lo que los convirtió en presos políticos.
Todo el mundo sabía que no había existido rebelión, lo sabían los jueces, lo sabían las defensas, lo sabían los fiscales, lo sabía la prensa, lo sabían en Alemania, lo sabían los ciudadanos ...
Pero todo eso da igual, políticamente interesaba mantener esa acusación para esos fines políticos y así se hizo hasta el último día.
Gracias a esa falsa acusación los acusados no pudieron ser diputados, no pudieron ser europarlamentarios, se les privó de esos derechos con una acusación falsa, que se sabía que era falsa y se demostró que era falsa. Y no hay ningún indicio que nadie vaya a ser castigado por ello.
#3 Lo mismo habrían sucedido en el caso de la sedición, sobradamente probada, pero tú a lo tuyo. A tus cálculos logarítmicos.
#9 Lo mismo habrían sucedido en el caso de la sedición
Eso es falso. Con la sedición no basta para suspender políticamente a los acusados sin que exista sentencia.
Los requisitos es que estén en prisión y que estén siendo acusados o bien de terrorismo o de rebelión.
Artículo 384 bis
Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.
Fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l2t5.html
#10 ¿Algún enlace al código penal que confirme tu teoría?
#12 Sí, lo añadí tras la edición.
#15 ¿Por qué equivocas las negritas?
Artículo 384 bis
Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.
La inhabilitación es de una legalidad exquisita. Y si no lo ves así, a la EFTA.
#27 Esas negritas siguen avalando lo que yo explicaba y defendía.
Con sedición no bastaba para suspenderles políticamente teniendo solo el auto de procesamiento, con sedición se requiere una sentencia. A diferencia de con una falsa acusación de rebelión que sí basta para suspender los derechos políticos de los acusados sin sentencia.
Fue una decisión política con objetivos políticos y la mantuvieron sabiendo todos ellos que era una acusación falsa, la sentencia se encarga de describir todos los motivos por los que era una acusación falsa, también en Alemania se extendieron en explicar por que era una acusación falsa.
#29 Tú mismo link a la Ley de Enjuiciamiento Criminal te explica cómo la relación con sediciosos justifica la inhabilitación. Te pongas como te pongas.
#30 Con rebeldes, que son acusados de rebelión.
La sedición no bastaba para aplicar el artículo 384 bis que has citado y señalado con negrita.
#31 Esa es tu interpretación de la ley, como experto jurista que eres. Si es la correcta, queda recurrir a la EFTA. Europa decide.
#38 Es lo que dice la ley.
Desde el Supremo, por su parte, se remarca que para ello tendría que estar acabada la instrucción y los líderes soberanistas deberían ser procesados por rebelión. Con los delitos de sedición o malversación no bastaría para su suspensión.
Fuente: https://www.lavanguardia.com/politica/20180202/44449920553/inhabilitacion-lideres-indepedentistas-cataluna.html
#40 Yo prefiero esperar a saber qué dicen los que saben.
#41
La suspensión prevista en ese artículo -el 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- no incluye el delito de sedición por el que el Tribunal Supremo, de acuerdo con el criterio de la Abogacía del Estado, tiene previsto condenar a los líderes del "procés", en una sentencia que probablemente se hará pública el próximo lunes.
Fuente: https://www.vozpopuli.com/espana/rebelion-descarta-Supremo-suspension-diputados_0_1290471371.html
Ni una única fuente avala tu hipótesis que la sedición sirve para aplicar ese artículo, todas las fuentes avalan lo que dice la ley explícitamente y es que deben ser rebeldes.
Si lo que esperas es que alguien diga lo que te gustaría escuchar puedes esperar hasta el fin de los tiempos.
#42 No espero a que me lo explique vozpopuli, sino Europa. Lo que a ti te sirve, a mi no.
Por otra parte, a mi me gustaría que estuviesen en el Parlamento Europeo. Créeme.
#43 Nadie tiene previsto preguntarles a Europa si sedición bastaba para aplicar ese artículo. Puedes morirte esperando.
Aunque sospecho que ya te basta con cualquier clavo ardiendo que te permita aparentar no reconocer esa fea realidad.
#44 ¿No se va a recurrir la sentencia en Europa?
#45 Posiblemente sí se recurra la sentencia, pero no necesariamente el aspecto concreto de si bastaba con sedición para suspenderles políticamente, algo que no forma parte de la sentencia.
#46 ¿Ese aspecto concreto no se va a plantear en el TEDH?
#47 No me consta ningún indicio de que vaya a ocurrir.
Ya se verá. Yo me esperaría sentado por si acaso.
#48 Si no se recurre siendo la injusticia tan evidente, ya deberías tener pistas.
#49 El TEDH se centra en tecnicismos más que en el fondo del asunto, ya se verá lo que es recurrible.
En la sentencia por lo visto han dedicado la práctica totalidad de ella a intentar justificar todas sus decisiones ante ese tribunal.
Por desgracia el TEDH no suele entrar en el fondo del asunto y eso puede suponer que las injusticias del Reino de España acaben impunes, ya se verá.
#50 Ya se verá.
#3 Una falsedad lazi mas, sedición de lo que están condenados justifica su prisión preventiva.
#c-17" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/3197764/order/17">#17 La prisión preventiva sí, la suspensión de sus derechos políticos sin sentencia no.
Tienes más información en # 10: La rebelión que nunca existió y la sedición como plan B de la sentencia/c10#c-10
Y si eso también puedes disculparte.
#18 Comentario de alguien que no tiene ni puta idea de derecho. La sedición lleva cargos de inhabilitacion.
#21 Tras la sentencia sí, antes de la sentencia no.
Ahora si quieres ya puedes disculparte.
Hablan como si la rebelión hubiera sido una iniciativa de Marchena.
Cada día me queda más claro que eldiario.es pública para retrasados mentales. Menudo día llevan. El Mundo, corregido y aumentado.
Va un negativito.
#4 Díselo a Nachete, que me tiene bloqueado.
#4 bueno yo nunca he visto un juicio que se haya dedicado el 90% en divagar que es rebelión, ya que nadie lo sabía a ciencia cierta, se imagina usted en un juicio dedicar ese tiempo en explicar que es el asesinato y no en demostrar que el acusado lo ha cometido.
#4 Va otro
#4 No, fué iniciativa del gobierno de Don Mariano. Que es mucho peor.
jejeje qué tiempos aquellos que la fiscalía proponía sedición para los controladores en huelga en tiempos de ZP, porque más o menos hicieron lo mismo que esta bazofia separatista.
#5 ¿Lo mismo? Anda que os marcáis unas comparaciones...
#5 Según la sentencia a los Jordis, deberían haber sido condenados todos a 9 años de prisión.
El fin de acusarles de rebelión era que fueran juzgados en Madrid por jueces que son correa de transmisión del gobierno, poder meterles en prisión provisional y que una sentencia dictada de culpabilidad por sedición pareciera moderada.
Escolar y su diario en su línea.
A mí es que esto del señuelo, de que Buenafuente diga que la votación era simbólica y todo eso me chirría tanto.
Me suena a un, era broma que mal te lo tomas.
#13 ¿La votación no era simbólica?.... vaya. ¿Entonces era válida legalmente?
#39 Usamos simbólico con un significado distinto entonces .
#39 si falsifico un billete, no tiene validez legal, y tampoco es simbólico
#56 El billete falso?. No es simbólico ni nada. Es un simple trozo de papel.
Ahora comparemos el delito de falsificar moneda y ponerla en circulación con votar...
#57 podemos comparar votar con usar moneda
Podemos comparar el delito de falsificar moneda con el de falsificar la democracia
#59 Puedes comparar lo que quieras. Otra cosa es que se saque nada en claro de la votación.
Puedes comparar la votación con una encuesta de Gallup para la SER
#61 no se saca nada en claro porque la ley y las instituciones del estado lo impidieron
Del mismo modo que si intento comprar en el Carrefour con un billete falso, y detectan que es falso, no saco nada en claro con la falsificación y no por ello es menos delito ni más simbólico.
#62 Lo immpidieron? Que hicieron exactamente que "lo impidió" y qué es lo que impidieron?
No seamos ingenuos....
#63 si me estás diciendo que las instituciones del estado no han impedido el referéndum y la declaración unilateral de independencia, yo te creo.
Pero necesito que me expliques entonces porque no declararon la independencia?
#64 En que quedamos la declararon o no lo hicieron? Por qué los 19 años de. cárcel?
No declararon la independencia porque la independencia no se consigue con una simple declaración en el. parlamento. Y ellos lo saben.
#65 eres tú quien ha dicho que el estado no les impidió la independencia.
Si nadie se lo impidió, por qué no son independientes?
#66 Porque para ser independientes no basta con declararlo en el parlament. El estado trabajó por la independencia, no la impidió.
Hoy estan más cerca que hace diez años. El gobierno de ZP, por ejemplo hizo como mínimo lo mismo para impedir la independencia que M. Rajoy.
Que hizo el estado desde 2012 para "impedir la independencia"?
#67 tendré que preguntarle a un independientista de esos que van llorando por ahí diciendo que el estado español les niega el derecho a la autodeterminación
Al final ha sido una rebelión en diferido.
No solo eso. ¿Por qué juzgó el Supremo a los Jordis?
Yo casa vez que veo estos ridiculos articulos de opinion, me acuerdo de que no fueron pocas las ocasiones en el que los letrados del parlament avisaron a Junqueras, Forcadell y demas paysos golpistas de las consecuencias de sus actos. Ahora toca apechugar con las consecuencias penales de sus actos!
#20 Las advertencias de los letrados es que se podía estar incurriendo en una desobediencia.