La difusión de fotografías en Internet son un arma de doble filo. Por un lado permiten a los aficionados mostrar su trabajo a los demás, pero estás quedan al alcance de cualquiera, y tristemente, el uso indebido de fotografías saltándose a la ligera los derechos que las protegen (Ley de Propiedad Intelectual) es demasiado habitual. En esta ocasión la empresa "Bilbao Jai-Alai" usó sin premiso ni conocimiento de sus autores una serie de fotografías para publicitar uno de los eventos que organizó.
#4:
#3 Está al final del artículo, en el último párrafo.
#2:
#1 Me parece que no tienes demasiado claro lo que signifca Microblogging. O eso o no has leído la noticia. Yo no lo veo por ningún sitio.
#21:
#15 ¿Quién considera lo que es creativo, forzado o intelectual? ¿Un juez? Yo he podido estudiar toda mi vida como hacer fotografías cotidianas y el resultado aunque puede ser una foto casual lleva detrás un gran trabajo intelectual.
¿No tiene protección de su obra alguien que se pasa toda la vida echando fotografías al azar a ver qué sale? La verdad es que me parece que una ley que exige que el creador muestre una supuesta creatividad, profesionalidad o intelectualidad cuando todavía no tenemos ni puñetera idea de qué es el arte me parece que mea totalmente fuera del tiesto.
#18:
"Una actuación que sin duda ensucia el nombre de un deporte tan bello."
A ver, lo que ensucia es la gestión de unos señores de un club, no el deporte en sí. Eso es como si un asesino es panadero y dicen que el suceso ensucia el nombre de una comida tan rica como el pan.
Churros =/= merinas
#24:
#15 disiento, las fotos han sido hechas por un aficionado a la fotografia y colgadas como galeria en internet, lo que demuestra el caracter 'subjetivamente artistico' (y la misma ley que enlazas habla del caracter subjetivo de la valoracion artistica) de las mismas, son fotos compuestas con idea de ser artistica (dejando de lado el valor 'objetivo' que les atribuyamos ) por lo tanto es ilegal su uso
Fotos 'no artisticas' o no sujetas a esta ley serian por ejemplo las tomadas automaticamente por las camaras de trafico o sistemas de vigilancia, pero cualquier aficionado (no necesariamente profesional) considerara su trabajo un 'arte' y pondra intelecto y conocimiento en la tarea de crear las fotos
Es que el 3.2 dice algo mas que #15 no ha puesto, no dice solamente "No se le atribuye, pues, ni los derechos morales ni el otro típico derecho exclusivo (el de transformación: art. 21) ni cualquier otra forma de explotación distinta de las tres mencionada."
Justo antes dice: "Son los de reproducción, distribución y comunicación pública, tal como aparecen descritos en el Libro I de la LPI (arts. 18,19 y 20). "
Por tanto si hay ilegalidad: se ha reproducido una transformación de una fotografía sobre la que no se tenía derechos. Lo que tu puedes hacer es transformar la foto y lo que quieras, pero no puedes reproducir dicha transformación porque no tienes ese derecho.
"Una actuación que sin duda ensucia el nombre de un deporte tan bello."
A ver, lo que ensucia es la gestión de unos señores de un club, no el deporte en sí. Eso es como si un asesino es panadero y dicen que el suceso ensucia el nombre de una comida tan rica como el pan.
#18 Así es, aunque el bloguero pueda tener un fondo de razón, su argumentación al repartir las culpas está fuera de toda lógica, haciendo co-responsable del robo al deporte en sí. Voto erronea.
#15 totalmente de acuerdo. Por eso lo mejor es contactar con un abogado experto en la materia que será quien mejor pueda valorar la situación y analizar si procede o no iniciar acciones legales.
#15 ¿Quién considera lo que es creativo, forzado o intelectual? ¿Un juez? Yo he podido estudiar toda mi vida como hacer fotografías cotidianas y el resultado aunque puede ser una foto casual lleva detrás un gran trabajo intelectual.
¿No tiene protección de su obra alguien que se pasa toda la vida echando fotografías al azar a ver qué sale? La verdad es que me parece que una ley que exige que el creador muestre una supuesta creatividad, profesionalidad o intelectualidad cuando todavía no tenemos ni puñetera idea de qué es el arte me parece que mea totalmente fuera del tiesto.
Es que el 3.2 dice algo mas que #15 no ha puesto, no dice solamente "No se le atribuye, pues, ni los derechos morales ni el otro típico derecho exclusivo (el de transformación: art. 21) ni cualquier otra forma de explotación distinta de las tres mencionada."
Justo antes dice: "Son los de reproducción, distribución y comunicación pública, tal como aparecen descritos en el Libro I de la LPI (arts. 18,19 y 20). "
Por tanto si hay ilegalidad: se ha reproducido una transformación de una fotografía sobre la que no se tenía derechos. Lo que tu puedes hacer es transformar la foto y lo que quieras, pero no puedes reproducir dicha transformación porque no tienes ese derecho.
#21 Las fotografías cotidianas (como tu dices) están protegidas durante 25 años impidiendo su reproducción, distribución y comunicación pública como dice #22, pero no sé le considera "derechos de autor" sino más bien derechos de explotación.
#22 Está claro que que se a hecho reproducción, distribución y comunicación pública de una modificación de la obra original, pero la obra modificada resultante si que posé copyright y desconozco que tipo de limitaciones tiene. Lo que critico es que el autor del blog (y de las fotos, supongo) desconozca más las leyes al respecto que yo, y no haya consultado con un abogado antes de poder cometer calumnia.
#15 disiento, las fotos han sido hechas por un aficionado a la fotografia y colgadas como galeria en internet, lo que demuestra el caracter 'subjetivamente artistico' (y la misma ley que enlazas habla del caracter subjetivo de la valoracion artistica) de las mismas, son fotos compuestas con idea de ser artistica (dejando de lado el valor 'objetivo' que les atribuyamos ) por lo tanto es ilegal su uso
Fotos 'no artisticas' o no sujetas a esta ley serian por ejemplo las tomadas automaticamente por las camaras de trafico o sistemas de vigilancia, pero cualquier aficionado (no necesariamente profesional) considerara su trabajo un 'arte' y pondra intelecto y conocimiento en la tarea de crear las fotos
#24 cualquiera que fotografie el cumpleaños de su prima considerará que ha hecho fotografias artísticas pero la cuestión es si se podría sostener en un tribunal. Es muy subjetivo valorar lo que es arte y lo que no, tal como tu dices, pero parece claro que son fotos de un aficionado desde las gradas y ya haz visto la ley el enfasis que pone en la participación del fotografo en la escena resultante.
#26 es un aficionado a la fotografia (no se si profesional, pero vamos teniendo una web llamada "ricardofoto.es" es de esperar que de valor a sus fotos ) asi que creo que deben valorarse asi como artisticas
Sólo quería decir que, si bien con la ley en la mano no le falta razón al autor de las fotos para quejarse por el uso indebido de la misma (como base de una obra nueva), éste, el autor de las fotos, también está haciendo uso indibido del cartel, que tiene los mismos derechos de autor que rigen sus futos, publicándolo en un blog sin permiso alguno. No digo que no sea ético, que lo es, pero con la ley en la mano...
#25 En realidad no es así: lo que ha hecho el autor entra dentro del concepto de fair use. No reproduce el cartel "por que sí", sino para documentar un hecho. ¿Te imaginas que en un juicio el demandado se amparase en el derecho de autor para impedir que la acusación pudiese presentar pruebas? (y lo más divertido es que está pasando!!!!) Si no presentase el cartel podría ser acusado de calumnia.
#28 Yo soy fotografo profesional y mientras no haya animo de lucro permito el uso de mis fotos a terceros. Que yo me baje una peli para verla en casa no es para nada comparable a que me copien una foto y la reproduzcan en un cartel.
una preguntilla,si yo subo una foto cualquiera a una página web, ésta puede ser utilizada sin mi consentimiento?o el hecho de que la haya subido yo ya significa que no se puede utilizar sin mi autorización?
#5 Como poder, puede. Desde el momento en que cualquiera puede verla, cualquiera puede también descargarla, copiarla y usarla para lo que quiera.
¿Es eso correcto? Pues mira, depende de la licencia. Si le pones una licencia libre les estás autorizando a hacerlo. Si pones una licencia restrictiva tienen que ponerse en contacto contigo para negociar la concesión de los derechos; si no lo hacen se les puede incluso llevar a juicio.
#5 Mírate las claúsulas que tienen puestas algunas webs sociales.
Te sorprenderá saber que algunas se "apropian" los contenidos que tu subes como si fueran de ellos.
A denunciar se ha dicho, que yo creo que llevas las de ganar.
#11: Si, pero si ni ellos ni tu ceden las fotos... ¡No las pueden usar!
#3: Llámalo buena educación. Y otro detalle: si los diseñadores han ganado dinero con el uso de la foto, deberían repartir un poco de dinero al fotógrafo. ¿No te parece?
Otra pregunta: si yo le doy autorización a Beyoncé o a la Claudia Schiffer a que suban fotos suyas porno a mi blog y no lo hacen, ¿las puedo denunciar?
Cuando se da un plagio o uso indebido lo que hay que hacer es poner a los abogados a trabajar y punto. Existen mecanismos para denunciar la infracción y en mi humilde opinión (IANAL) lo mejor es asesorarse y emprender acciones antes de publicar nada. Observo que la licencia que establece es "todos los derechos reservados" luego creo que en los folletos se dan varias infracciones, uso no autorizado, plagio y todo con ánimo de lucro directo.
En mi opinión, si el autor cuenta con pruebas suficientes para demostrar su autoría tiene las de ganar.
Lo que sí es verdad es que no vendría mal una web con imágenes de libre distribución para evitar este tipo de confusiones, porque todo hijo de vecino acaba recurriendo a Google cuando necesita una imagen determinada, y puede no ser siempre la opción más ética.
Para la portada de la maqueta de mi grupo usamos unas imágenes de flickr que encontramos por Google. Buscamos al autor de las imágenes, le pedimos permiso y le pusimos los créditos.
Pues lo último que yo haría es quejarme en mi blog. Que emprenda las acciones legales correspondientes y ya está, es que no veo qué sentido tiene darle tantas vueltas.
Estoy de acuerdo con la denuncia de casos de uso indebido de fotografías por no respetar la licencia que se les atribuye.
Desconosco si la ley española hace algún incapié y desmiente lo que voy a explicar, pero de no ser así no se estaría comentiendo uso indebido de las fotografías en este caso dentro del marco legal. Se puede alegar que las imágenes no son realmente fotografías o segmentos de éstas, y que se tratan de ilustraciones vectoriales que se realizaron en base a las fotografías publicadas que si poseían licencia restrictiva, algo común entre artistas. Cabe aclarar que es evidente que se utilizaron las fotografias con un filtro para reducir colores o alguna herramienta común para convertirla a vectores. Lo que estoy diciendo es que, en un marco legal, las imágenes están tan distanciadas de las fotografías originales que técnicamente no se puede determinar si son éstas las mismas o si se han utilizado de referencia para ilustraciones, que es completamente legal.
Para el que todavía no entendió: es completamente legal realizar un dibujo de una fotografia que uno escoje aleatoreamente de google imágenes, por ejemplo, ya sea una ilustración, una referencia para un modelo 3d o lo que fuere manteniendo el patrón. Sin embargo, es ilegal si la fotografía, o un sector de ésta, es utilizada, ya sea de manera explícita o en una composición, siempre y cuando se encuentre bajo una licencia que lo determine.
Copiowned... o más bien morrowned o jetowned, porque hay que tener jeta para copiar con todo el morro sin compensar a quién hizo el trabajo de hacer la foto.
El devate que ha suscitado este tema me parece muy bien e interesante pero quiero aclarar que EL SR.RICHARD HERNANDEZ ARRONDO CEDIO LAS FOTOGRAFIAS GRATUITAMENTE Y QUIEN QUIERA SE LE REENVIARÁN LOS MAILS QUE SÍ LO DEMUESTRAN. Ocurrio que luego no fue contratado para el evento en Plentzia y esta es su cutre venganza.
Esto es un adelanto de los mails:
Hola pareja!
Os pasamos los enlaces de nuestras páginas:Ahí iremos subiendo estos días algunas fotos, pero tenemos unas cuantas más, así que cuando acabemos de procesarlas ya os pasaremos una dirección donde poder descargarlas.
Un saludo!
Richard
CUIDADO CON ESTE FOTOGRAFO TE HACE LAS FOTOS TE LAS REGALA Y LUEGO TE PIDE DINERO.
TODOS LOS PELOTARIS FUEROS TESTIGOS DE ESTO Y ESTAMOS MUY ENFADADOS.
EL CLUB NOS PIDE TRANQUILIDAD PERO LOS PELOTARIS CREEMOS DEBE ENMENDAR EL BUEN NOMBRE DEL CLUB O ATENERSE A LAS CONSECUENCIAS.
Hola, soy uno de los autores de las fotografías y me gustaría puntualizar algunas cosas relativas al comentario de medea. Acusaciones como "CUIDADO CON ESTE FOTOGRAFO TE HACE LAS FOTOS TE LAS REGALA Y LUEGO TE PIDE DINERO" o comentarios como "LOS PELOTARIS CREEMOS DEBE ENMENDAR EL BUEN NOMBRE DEL CLUB O ATENERSE A LAS CONSECUENCIAS" nos parecen de mal gusto y totalmente fuera de lugar. Por eso, aunque no quería extenderme con otras explicaciones me veo en la obligación de darlas, pero no creo que este sea el lugar adecuado. Por eso estas aclaraciones están hechas como comentario en la entrada del blog que ha suscitado esta noticia. Si alguien quiere más información puede pedírsela a medea, ya que nosotros consideramos que los emails intercambiados son algo privado y no para difundir “a quien quiera”.
danic no estoy valorando la calidad de los fotos o no, ya quisiera que las fotografías que hago yo salieran tan perfectas. Simplemente argumento que debe tener los mismos derechos que un fotografo del Marca que se pasa todo un partido del Madrid en un corner, es decir, derechos de explotación durante 25 años. La cuestión aquí, es si es legal la difusión de la obra modificada resultante.
Alguien preguntaba sobre los derechos de imagen de los propios jugadores.
Se considera legítima la captación de fotos cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público, que es el caso que nos toca.
Se considera ilegítima la captación de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos.
#42 Depende del uso final. Tú no puedes sacar una foto de Zapatero, del rey o de un cualquiera en un acto público y utilizarla acto seguido en un anuncio de tu empresa sin su permiso firmado.
Dos salvedades:
1. Excepto posiblemente si tu empresa es un estudio de fotoperiodismo
2. Excepto si la persona en la foto no es reconocible en la misma (p.e. no se le ve la cara)
De nuevo complicado de dilucidar en este caso, de nuevo facilmente evitable poniendo nombres y apellidos a las fotos y a quienes salen en ellas. En pequeñito y en una esquina y te evitas quedar como un cutre en internet.
Mal por parte de la organización por ni siquiera responder al autor, pero ¿Para qué quiere ponerse en contacto con ellos? ¿Para reclamarles dinero en concepto de derechos de autor? ¿Para que le hagan una reverencia y le besen los pies? Que usasen sus fotos de base debería ser un halago, no una ofensa. Además, apostaría un brazo a que lo han hecho sin tener ni nidea del tema de licencias, no con mala leche.
Siempre estamos exigiendo la libre circulación de la cultura y bla bla bla, pero en cuanto nos toca de cerca, nos ofendemos y corremos a llorar a nuestro blog.
#33 Que usen sus fotos de base sin publicidad del hecho ni conocimiento del mismo por parte del autor no es un halago. Es otra cosita que sabes muy bien cual.
Yo trabajo en asuntos de diseño y cuando veo material fotográfico pregunto de donde ha salido y si se dan créditos al autor, etc. Las respuestas son de lo mas variopinto, pero la inmensa mayoría de los clientes se adaptan sin problemas a alguna de las siguientes soluciones:
1. Como mínimo, tira pa Flickr y aprende a buscar en Creative Commons sin limitaciones de uso comercial
2. Si haces 1, haz lo decente y busca un hueco para citar a autores, lo pidan o no
3. Istock, Dreamstime y decenas de otras agencias de microstock te venden fotos muy decentes hasta por menos de un dólar (o incluso gratis).
4. Comprar los derechos de una foto original cuesta a partir de 50 dólares (el tramo de 250-900 siendo el habitual y el de 2.500-5.000 proporcionando imágenes sublimes en cualquier campo que te pique)
Nota sobre el 4: pagar 3.000 dólares por una foto puede parecer mucho hasta que te das cuenta que con ciertas fotos tienes el 80% del diseño final completo.
Comentarios
#3 Está al final del artículo, en el último párrafo.
#4: Vaya morro tienes. Lo pusiste después de mi comentario. Si eres el autor del post, haberlo dicho, pero en principio era microblogging.
Si te has dado cuenta, no voté nunca negativo a esta noticia. Ahora la he meneado.
"Una actuación que sin duda ensucia el nombre de un deporte tan bello."
A ver, lo que ensucia es la gestión de unos señores de un club, no el deporte en sí. Eso es como si un asesino es panadero y dicen que el suceso ensucia el nombre de una comida tan rica como el pan.
Churros =/= merinas
#18 Así es, aunque el bloguero pueda tener un fondo de razón, su argumentación al repartir las culpas está fuera de toda lógica, haciendo co-responsable del robo al deporte en sí. Voto erronea.
#18 Aunque no venga a cuento, son Churras =/= Merinas, que son tipos de ovejas, aíns que haríamos sin Maikel Night para estas chorraditas ^_^
#41 Si hay algo que agradezca es la corrección y explicación de errores semánticos, gramaticales u ortográficos. +7
Estaría bien que el fotografo se leyera la LPI antes de decir nada ya que no hay ilegalidad. Al no ser una fotografía forzada o creativa no se considera obra fotográfica y no tiene derechos exclusivos de transformación. 3.2 de http://www.fotopunto.com/articulo-propiedad-intelectual-y-derechos-de-autor-en-fotografia_51
#15 totalmente de acuerdo. Por eso lo mejor es contactar con un abogado experto en la materia que será quien mejor pueda valorar la situación y analizar si procede o no iniciar acciones legales.
#15 ¿Quién considera lo que es creativo, forzado o intelectual? ¿Un juez? Yo he podido estudiar toda mi vida como hacer fotografías cotidianas y el resultado aunque puede ser una foto casual lleva detrás un gran trabajo intelectual.
¿No tiene protección de su obra alguien que se pasa toda la vida echando fotografías al azar a ver qué sale? La verdad es que me parece que una ley que exige que el creador muestre una supuesta creatividad, profesionalidad o intelectualidad cuando todavía no tenemos ni puñetera idea de qué es el arte me parece que mea totalmente fuera del tiesto.
#15 #21
Es que el 3.2 dice algo mas que #15 no ha puesto, no dice solamente "No se le atribuye, pues, ni los derechos morales ni el otro típico derecho exclusivo (el de transformación: art. 21) ni cualquier otra forma de explotación distinta de las tres mencionada."
Justo antes dice: "Son los de reproducción, distribución y comunicación pública, tal como aparecen descritos en el Libro I de la LPI (arts. 18,19 y 20). "
Por tanto si hay ilegalidad: se ha reproducido una transformación de una fotografía sobre la que no se tenía derechos. Lo que tu puedes hacer es transformar la foto y lo que quieras, pero no puedes reproducir dicha transformación porque no tienes ese derecho.
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html
#21 Las fotografías cotidianas (como tu dices) están protegidas durante 25 años impidiendo su reproducción, distribución y comunicación pública como dice #22, pero no sé le considera "derechos de autor" sino más bien derechos de explotación.
#22 Está claro que que se a hecho reproducción, distribución y comunicación pública de una modificación de la obra original, pero la obra modificada resultante si que posé copyright y desconozco que tipo de limitaciones tiene. Lo que critico es que el autor del blog (y de las fotos, supongo) desconozca más las leyes al respecto que yo, y no haya consultado con un abogado antes de poder cometer calumnia.
#15 disiento, las fotos han sido hechas por un aficionado a la fotografia y colgadas como galeria en internet, lo que demuestra el caracter 'subjetivamente artistico' (y la misma ley que enlazas habla del caracter subjetivo de la valoracion artistica) de las mismas, son fotos compuestas con idea de ser artistica (dejando de lado el valor 'objetivo' que les atribuyamos ) por lo tanto es ilegal su uso
Fotos 'no artisticas' o no sujetas a esta ley serian por ejemplo las tomadas automaticamente por las camaras de trafico o sistemas de vigilancia, pero cualquier aficionado (no necesariamente profesional) considerara su trabajo un 'arte' y pondra intelecto y conocimiento en la tarea de crear las fotos
#24 cualquiera que fotografie el cumpleaños de su prima considerará que ha hecho fotografias artísticas pero la cuestión es si se podría sostener en un tribunal. Es muy subjetivo valorar lo que es arte y lo que no, tal como tu dices, pero parece claro que son fotos de un aficionado desde las gradas y ya haz visto la ley el enfasis que pone en la participación del fotografo en la escena resultante.
#26 es un aficionado a la fotografia (no se si profesional, pero vamos teniendo una web llamada "ricardofoto.es" es de esperar que de valor a sus fotos ) asi que creo que deben valorarse asi como artisticas
#9 Yo creo que las "utilizaria" fijo.
Sólo quería decir que, si bien con la ley en la mano no le falta razón al autor de las fotos para quejarse por el uso indebido de la misma (como base de una obra nueva), éste, el autor de las fotos, también está haciendo uso indibido del cartel, que tiene los mismos derechos de autor que rigen sus futos, publicándolo en un blog sin permiso alguno. No digo que no sea ético, que lo es, pero con la ley en la mano...
#25 En realidad no es así: lo que ha hecho el autor entra dentro del concepto de fair use. No reproduce el cartel "por que sí", sino para documentar un hecho. ¿Te imaginas que en un juicio el demandado se amparase en el derecho de autor para impedir que la acusación pudiese presentar pruebas? (y lo más divertido es que está pasando!!!!) Si no presentase el cartel podría ser acusado de calumnia.
Si podemos bajarnos series de TV desde internet
¿ por qué no podemos bajarnos fotos ?
¿ sólo porque es de partículares y no de cadenas de televisión ?
O todos o ninguno
#28 una cosa es bajarse la foto (cosa que el autor permite y potencia subiendo las imagenes a Internet) y otra muy distinta hacer negocio con ellas.
Vamos que básicamente no es lo mismo bajarse una película o canción que montarte un cine o una discoteca y cobrar entrada.
#32
Correcto
#28 Yo soy fotografo profesional y mientras no haya animo de lucro permito el uso de mis fotos a terceros. Que yo me baje una peli para verla en casa no es para nada comparable a que me copien una foto y la reproduzcan en un cartel.
#28 Toda tu argumentacion tienen un fallo
Se llama uso personal de las mismas y sin afan de lucro
Saludos
una preguntilla,si yo subo una foto cualquiera a una página web, ésta puede ser utilizada sin mi consentimiento?o el hecho de que la haya subido yo ya significa que no se puede utilizar sin mi autorización?
#5 Como poder, puede. Desde el momento en que cualquiera puede verla, cualquiera puede también descargarla, copiarla y usarla para lo que quiera.
¿Es eso correcto? Pues mira, depende de la licencia. Si le pones una licencia libre les estás autorizando a hacerlo. Si pones una licencia restrictiva tienen que ponerse en contacto contigo para negociar la concesión de los derechos; si no lo hacen se les puede incluso llevar a juicio.
#6 Gracias, duda resuelta!
#5 Mírate las claúsulas que tienen puestas algunas webs sociales.
Te sorprenderá saber que algunas se "apropian" los contenidos que tu subes como si fueran de ellos.
A denunciar se ha dicho, que yo creo que llevas las de ganar.
#11: Si, pero si ni ellos ni tu ceden las fotos... ¡No las pueden usar!
#3: Llámalo buena educación. Y otro detalle: si los diseñadores han ganado dinero con el uso de la foto, deberían repartir un poco de dinero al fotógrafo. ¿No te parece?
el autor del post tiene razón
aunque lo de "ensuciar un deporte tan bello" le ha quedado demasiado melodramático jeje
esto es una licencia que mola http://www.franciscojab.com/#/content/WACC/
Si muchas cosas estuvieran bajo esta licencia, veriamos a la SGAE temblando.
Otra pregunta: si yo le doy autorización a Beyoncé o a la Claudia Schiffer a que suban fotos suyas porno a mi blog y no lo hacen, ¿las puedo denunciar?
#8 sí, siempre que no las utilices sin su autorización,en ese caso ellas te podrían decnunciar a ti
#8 ¿Has enunciado bien la pregunta? Yo no le veo sentido... ¿Darles permiso a que hagan algo que luego no hacen? ¿Desde cuándo eso es denunciable?
#12 ... creo que no has pillado el tono de humor de #8
#17, pero es que la pregunta tampoco tiene mucho sentido ni para hacer gracia. O será que tengo un humor de perros
Cuando se da un plagio o uso indebido lo que hay que hacer es poner a los abogados a trabajar y punto. Existen mecanismos para denunciar la infracción y en mi humilde opinión (IANAL) lo mejor es asesorarse y emprender acciones antes de publicar nada. Observo que la licencia que establece es "todos los derechos reservados" luego creo que en los folletos se dan varias infracciones, uso no autorizado, plagio y todo con ánimo de lucro directo.
En mi opinión, si el autor cuenta con pruebas suficientes para demostrar su autoría tiene las de ganar.
Lo que sí es verdad es que no vendría mal una web con imágenes de libre distribución para evitar este tipo de confusiones, porque todo hijo de vecino acaba recurriendo a Google cuando necesita una imagen determinada, y puede no ser siempre la opción más ética.
Para la portada de la maqueta de mi grupo usamos unas imágenes de flickr que encontramos por Google. Buscamos al autor de las imágenes, le pedimos permiso y le pusimos los créditos.
No es TAN difícil hacer eso, eh.
Pues lo último que yo haría es quejarme en mi blog. Que emprenda las acciones legales correspondientes y ya está, es que no veo qué sentido tiene darle tantas vueltas.
Solo una cosita: Plentzia está en Bizkaia, pero desde luego no es Bilbao
Estoy de acuerdo con la denuncia de casos de uso indebido de fotografías por no respetar la licencia que se les atribuye.
Desconosco si la ley española hace algún incapié y desmiente lo que voy a explicar, pero de no ser así no se estaría comentiendo uso indebido de las fotografías en este caso dentro del marco legal. Se puede alegar que las imágenes no son realmente fotografías o segmentos de éstas, y que se tratan de ilustraciones vectoriales que se realizaron en base a las fotografías publicadas que si poseían licencia restrictiva, algo común entre artistas. Cabe aclarar que es evidente que se utilizaron las fotografias con un filtro para reducir colores o alguna herramienta común para convertirla a vectores. Lo que estoy diciendo es que, en un marco legal, las imágenes están tan distanciadas de las fotografías originales que técnicamente no se puede determinar si son éstas las mismas o si se han utilizado de referencia para ilustraciones, que es completamente legal.
Para el que todavía no entendió: es completamente legal realizar un dibujo de una fotografia que uno escoje aleatoreamente de google imágenes, por ejemplo, ya sea una ilustración, una referencia para un modelo 3d o lo que fuere manteniendo el patrón. Sin embargo, es ilegal si la fotografía, o un sector de ésta, es utilizada, ya sea de manera explícita o en una composición, siempre y cuando se encuentre bajo una licencia que lo determine.
Copiowned... o más bien morrowned o jetowned, porque hay que tener jeta para copiar con todo el morro sin compensar a quién hizo el trabajo de hacer la foto.
El devate que ha suscitado este tema me parece muy bien e interesante pero quiero aclarar que EL SR.RICHARD HERNANDEZ ARRONDO CEDIO LAS FOTOGRAFIAS GRATUITAMENTE Y QUIEN QUIERA SE LE REENVIARÁN LOS MAILS QUE SÍ LO DEMUESTRAN. Ocurrio que luego no fue contratado para el evento en Plentzia y esta es su cutre venganza.
Esto es un adelanto de los mails:
Hola pareja!
Os pasamos los enlaces de nuestras páginas:Ahí iremos subiendo estos días algunas fotos, pero tenemos unas cuantas más, así que cuando acabemos de procesarlas ya os pasaremos una dirección donde poder descargarlas.
Un saludo!
Richard
CUIDADO CON ESTE FOTOGRAFO TE HACE LAS FOTOS TE LAS REGALA Y LUEGO TE PIDE DINERO.
TODOS LOS PELOTARIS FUEROS TESTIGOS DE ESTO Y ESTAMOS MUY ENFADADOS.
EL CLUB NOS PIDE TRANQUILIDAD PERO LOS PELOTARIS CREEMOS DEBE ENMENDAR EL BUEN NOMBRE DEL CLUB O ATENERSE A LAS CONSECUENCIAS.
Hola, soy uno de los autores de las fotografías y me gustaría puntualizar algunas cosas relativas al comentario de medea. Acusaciones como "CUIDADO CON ESTE FOTOGRAFO TE HACE LAS FOTOS TE LAS REGALA Y LUEGO TE PIDE DINERO" o comentarios como "LOS PELOTARIS CREEMOS DEBE ENMENDAR EL BUEN NOMBRE DEL CLUB O ATENERSE A LAS CONSECUENCIAS" nos parecen de mal gusto y totalmente fuera de lugar. Por eso, aunque no quería extenderme con otras explicaciones me veo en la obligación de darlas, pero no creo que este sea el lugar adecuado. Por eso estas aclaraciones están hechas como comentario en la entrada del blog que ha suscitado esta noticia. Si alguien quiere más información puede pedírsela a medea, ya que nosotros consideramos que los emails intercambiados son algo privado y no para difundir “a quien quiera”.
danic no estoy valorando la calidad de los fotos o no, ya quisiera que las fotografías que hago yo salieran tan perfectas. Simplemente argumento que debe tener los mismos derechos que un fotografo del Marca que se pasa todo un partido del Madrid en un corner, es decir, derechos de explotación durante 25 años. La cuestión aquí, es si es legal la difusión de la obra modificada resultante.
Pues seguramente las habrán usado porque el fotografo no puso licencia alguna... Ya lo sabe para la próxima.
Alguien preguntaba sobre los derechos de imagen de los propios jugadores.
Se considera legítima la captación de fotos cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público, que es el caso que nos toca.
Se considera ilegítima la captación de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos.
#42 Depende del uso final. Tú no puedes sacar una foto de Zapatero, del rey o de un cualquiera en un acto público y utilizarla acto seguido en un anuncio de tu empresa sin su permiso firmado.
Dos salvedades:
1. Excepto posiblemente si tu empresa es un estudio de fotoperiodismo
2. Excepto si la persona en la foto no es reconocible en la misma (p.e. no se le ve la cara)
De nuevo complicado de dilucidar en este caso, de nuevo facilmente evitable poniendo nombres y apellidos a las fotos y a quienes salen en ellas. En pequeñito y en una esquina y te evitas quedar como un cutre en internet.
Qué manía con la propiedad intelectual. Y la foto tampoco es nada del otro mundo.
Mal por parte de la organización por ni siquiera responder al autor, pero ¿Para qué quiere ponerse en contacto con ellos? ¿Para reclamarles dinero en concepto de derechos de autor? ¿Para que le hagan una reverencia y le besen los pies? Que usasen sus fotos de base debería ser un halago, no una ofensa. Además, apostaría un brazo a que lo han hecho sin tener ni nidea del tema de licencias, no con mala leche.
Siempre estamos exigiendo la libre circulación de la cultura y bla bla bla, pero en cuanto nos toca de cerca, nos ofendemos y corremos a llorar a nuestro blog.
#33 Que usen sus fotos de base sin publicidad del hecho ni conocimiento del mismo por parte del autor no es un halago. Es otra cosita que sabes muy bien cual.
Yo trabajo en asuntos de diseño y cuando veo material fotográfico pregunto de donde ha salido y si se dan créditos al autor, etc. Las respuestas son de lo mas variopinto, pero la inmensa mayoría de los clientes se adaptan sin problemas a alguna de las siguientes soluciones:
1. Como mínimo, tira pa Flickr y aprende a buscar en Creative Commons sin limitaciones de uso comercial
2. Si haces 1, haz lo decente y busca un hueco para citar a autores, lo pidan o no
3. Istock, Dreamstime y decenas de otras agencias de microstock te venden fotos muy decentes hasta por menos de un dólar (o incluso gratis).
4. Comprar los derechos de una foto original cuesta a partir de 50 dólares (el tramo de 250-900 siendo el habitual y el de 2.500-5.000 proporcionando imágenes sublimes en cualquier campo que te pique)
Nota sobre el 4: pagar 3.000 dólares por una foto puede parecer mucho hasta que te das cuenta que con ciertas fotos tienes el 80% del diseño final completo.
Microblogging. Intenta adecuarte a los contenidos del post.
#1 Me parece que no tienes demasiado claro lo que signifca Microblogging. O eso o no has leído la noticia. Yo no lo veo por ningún sitio.
#2: ¿Dónde pone lo de que "la difusión de fotografías en Internet son un arma de doble filo"? Eso se lo inventa el usuario que envía la noticia.
#1 y #3 OWNED