El traslado de sede social sólo supone un revés para la imagen del independentismo. El impuesto de sociedades lo recauda el Estado, por lo que cambiar de sede dentro de España no tendría efecto en las arcas de Cataluña. El cambio de domicilio social no implica el traslado de plantilla o de producción, lo que sí tendría importantes efectos tributarios en el reparto de la parte autonómica del impuesto sobre la renta o el IVA. El traslado sólo tiene consecuencias en un impuesto local, el de actividades económicas, insignificante económicamente.
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