Tras una compleja investigación, se obtuvo el material probatorio suficiente para considerar que, a pesar de existir una prohibición expresa por la normativa sectorial que regula esta actividad, al encontrarse ese día con un índice de propagación potencial (IPP) de incendios forestales “extremo” y situarse la masa forestal más próxima a una distancia reducida del área de inicio y colindante con la parcela en la que se realizaban las tareas agrícolas, la persona investigada contravino dicha prohibición y realizó labores de empacado.
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