Una jueza de Ferrol acaba de conceder a un hombre en proceso de divorcio la custodia de sus dos hijos menores y el piso que ocupaba el matrimonio. Al mismo tiempo, fija que su ex mujer le entregue una pensión alimentaria de 120 €. El auto apunta que el director del colegio había certificado que los niños mejoraron en puntualidad, que en cursos anteriores era «irregular». También se ha tenido en cuenta la opinión de los niños. ¿Es realmente una medida tan excepcional como la considera este medio?
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