Según el abogado Alberto Nazario, director de la AEPD, la ley exige autorización previa antes de revelar la identidad de cualquier ciudadano. “El problema surge si esa información es pública y cualquiera que accede puede verla sin filtro alguno de consentimiento, lo que en el caso de los niños es especialmente grave”, señala. Las multas por llamar ‘Rubén’ a un niño llamado Rubén pueden ascender a 2000 euros; hay que referirse a él en todo momento con un código encriptado que se recibirá vía SMS.
|
etiquetas: lopd , protección , datos , menores , padres , niños