Precisa de esta forma qué ocurre cuando un convenio colectivo pierde su vigencia y no hay pacto colectivo que prevea solución alguna. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia para unificar doctrina en la que avala que la ultraactividad de los convenios caduca al año -periodo en el que el convenio anterior se sigue aplicando mientras se negocia uno nuevo-, por lo que no procede aplicar el convenio anterior una vez pasado ese plazo.
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