La Sala II del Tribunal Supremo ha considerado no probado el delito de detención ilegal en el caso de una bebé entregada nada más nacer por el doctor Eduardo Vela en 1969 a una familia distinta de la biológica, y mantiene en todo lo demás los hechos acreditados por la Audiencia Provincial de Madrid como delito de falsedad y como ilegal procedimiento de entrega de la niña al margen de los cauces regulares para una adopción. El motivo de descartar la detención ilegal es que no se ha acreditado la ausencia de consentimiento de la madre biológica.
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