El Tribunal Supremo considera que es la empresa, y no la Seguridad Social, la que debe hacerse cargo de la baja médica de un empleado que sufrió un accidente no laboral, aunque no tuviera dado de alta al trabajador. En una sentencia fechada el pasado 21 de febrero, la sala de lo social rechaza el recurso de una empresa contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de mayo de 2020. El caso se remonta a 2014, cuando una empleada, que desempeñaba labores de comercial desde junio de ese año, sufrió en septiembre...
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