#0 es una noticia de pago hasta mañana, aunque parece que esto a meneame le da lo mismo, pese a lo que digan sus normas. @admin esto también es muro poroso e interesa a meneame?
Y que conste que la noticia es más que interesante y estoy subscrito.
#0 Es el mismo julio González que escribe en www.globalpoliticsandlaw.com/ de las que taaaantas noticias nos has enviado previamente? (1/3 de las enviadas que no es poco)
Ah no, espera que de las 5 que has enviado de aquí (algunas no existen ya) también son de Julio González? Eres su representante?
Madre mía con el spam
#2 Similar o a ser posible el mismo que viene en la noticia. Esto es un agregador de noticias no un sitio para crearlas. Si se quiere dar una opinión sobre la misma para eso están los comentarios pero nunca en el titular ni en la entradilla.
#0 Microblogging de libro... Llevas aquí desde el 2016 y no has aprendido nada sobre las normas de envío, excepto para los tuyos propios. www.meneame.net/user/Alvaro21/history?page=2
Te recuerdo (seguro que te lo han dicho antes) que NO se puede modificar el titular de la noticia que envías y que la entradilla tiene que ser un fiel reflejo del contenido.
Una pena, porque el envío es bueno...
#2 Esto no es una resolución del sistema de Justicia. Es una sentencia del Tribunal de Cuentas,* que dictamina que se ha producido un daño al patrimonio público. La capacidad sancionadora de este tribunal se ciñe, básicamente, a obligar a los responsables de ciertas decisiones a deshacer el daño causado a las arcas públicas. Y en eso consiste la resolución: entre todos los responsables de la decisión, deben devolver la pasta que se "perdió", al incumplir una serie de leyes que dicen que una administración pública no puede vender por debajo del valor de adquisición/sin tasación/etc.
Lo normal es que, además, den traslado de sus diligencias a fiscalía si detectan que la decisión perjudicial para las arcas públicas se tomó a sabiendas de que lo era (prevaricación) o que alguien se benefició de ella (malversación, cohecho, etc) o que concurre alguna otra ilegalidad, de modo que la causa siga su curso por la vía judicial en busca de responsabilidades penales. Pero eso viene después, y eso sí lo llevará un tribunal de Justicia. Que ya puede poner multas, penas de prisión, o lo que considere oportuno.
* #0 deberías poner ese dato en la entradilla, es sustancial