Os lo voy a explicar a ver si pillais la diferencia, cosa que dudo. Y pa #5, zasca mis cojones. Atended niños y a ver si os entra en el coco:
PROCESO "A" DENUNCIAS POR VG:
1. Número total de denuncias por VG
2. Proceso penal
3. Número "X" de absoluciones
4. % de absueltos X que se querellan por denuncia falsa
5. Proceso penal
6. Condenadas por denuncia falsa
Vosotrxs cogéis torticeramente el dato 6 y calculais el porcentaje sobre el dato 1. "Olvidandoos" que el dato más importante es el 4, puesto que es INFIMO. Y es INFIMO por diversas razones. Por lo que 6 será un número muy pequeño.
PROCESO "B". DENUNCIAS POR LO QUE MENCIONA EL ARTICULO
1. Número de denuncias por este motivo. El artículo no lo menciona
2. Proceso penal
3. Número de condenas por este motivo (5)
Son procesos que no tienen NADA que ver. Para el primero el TIENE que haber primero una sentencia absolutoria y LUEGO ganas de querellarse y ganar.
Para el segundo SOLO tiene que haber una denuncia de la mujer por lo que le está haciendo el hombre (suplantar su identidad en páginas de contactos), y ganar. Desconocemos el número de denuncias por este motivo pero seguro que el porcentaje de sentencias condenatorias, a pesar de ser solo 5, es muchísimo mayor que en el primer caso, por una razón muy sencilla, ES MUCHO MAS FACIL DE DEMOSTRAR.
Deduccion final? Los casos en que ocurre lo que menciona el artículo aún no son relevantes en número. O si lo son, aún no han finalizado los procedimientos y no hay condenas todavía. De momento "5" es ridículo con los datos que dan.
No son dos caras de medir, son casos distintos!
Por cierto un saludo a @M.S. que ha votado positivo a #5, posiblemente picado porque no tenías ni un puto argumento para seguir debatiendo el otro día y desapareciste sin más.
#2 En España no hay cultura financiera, entre otras cosas porque es de "fachas". Luego la gente no sabe ni qué impuestos paga, ni cómo se gestionan, ni por supuesto derechos y deberes asociados, etc.
#2 al salario hay que referirse en bruto anual, para ser consciente del montante del salario. Referirse al sueldo en neto mensual en 14 pagas es contraproducente.
#2 Es que el trabajador debería recibir el sueldo íntegro en su cuenta bancaria. Salario bruto + cotizaciones, y luego 2 o más cargos de varias entidades del gobierno, restando cotizaciones e IRPF. Para que sepa y vea lo que la empresa paga por él realmente y cuanto le cuesta el estado.
#2 El problema es que negocian el neto, porque si negocian el bruto no tienen ni pajolera idea de cuánto van a cobrar. Y para no llevarse sustos, negocian el neto directamente sin importarles cuanto será el bruto.
#3 En los casos que planteas, sólo está involucrado el autor de la infracción (el conductor del vehículo o el portador de la coca), mientras que en la venta de alcohol la denuncia se relaciona con un tercero, sujeto activo necesario para que se produzca la infracción.
Eso en resumen. Es como si la poli te identifica por estar liado en una pelea, pero no da datos que con quién te has partido los morros.
Edito: se me han adelantado #4 y #5. A ver si algún día aprendo a escribir a máquina.
Gracias.