#22 Pongo Sevilla como un caso extremo pero vamos, en cualquier sitio que tengas mas de 33º es necesario aire acondicionado durante el día, para que volver a una habitación no sea un infierno.
Por otro lado, ¿la hostelería en Sevilla tb tendrá que poder ofrecer sus servicios en agosto no? Creo que en agosto tb se come.
#3#4 En el prospecto ya avisa de que no se debe usar más de tres días seguidos. Es, como dices, para momentos puntuales de fuerte congestión nasal. #5 En el prospecto también avisa de que su uso prolongado puede empeorar la congestión.
#1#3#4#14#16 Una pregunta.
Cual es la sustancia activa que te hace adicto?
He escuchado eso , pero no entiendo el porque
p.d. Veo mucha gente hablando de eso pero nadie explica porque te haces adicto.
#4#5 Yo usaba nasonex. Tengo apnea también, aunque apenas necesito tratamiento. Lo usaba poco y me dí cuenta que me daba dolor de garganta. Ahora me limpio la nariz con suero y parece que va bien.
#4#2 no he probado esa marca pero que yo sepa en esos medicamentos se indica que no se deben usar más de X días (diría que son alrededor de una semana).
El asunto es que como despejan tan rápido y tan bien luego uno se siente tentado de usarlos como si fueran caramelos.
Lo que deberían decir expresamente es el efecto rebote que luego provocan.
Cuando yo me enteré hace años de eso dejé de usarlos por el por no tener la tentación de usarlos.
#33 Es el comportamiento humano, si subes de clase social, para ser aceptado en tu nuevo habitad social, muchos, la mayoría, se piensan que hay que ser más papistas que el Papa. Si el rico de cuna ya de por sí es un ideputa, el nuevo rico, tiene que demostrar su pertenencia al club, siendo doblemente ideputa, para que no surja la mínima duda de su lealtad ante su nueva comunidad.
#3 Pues ese es precisamente el ejemplo de trabajo temporal correcto, causa demostrable "recoger la aceituna" que cualquier agricultor y biólogo te puede demostrar y duración máxima, si en 3 meses no has recogido la fruta se pudre...
Otra cosa es que el empresaurio se aproveche para que hagas otros trabajos, otras condiciones, etc. pero la recogida en sí si me parece algo temporal.
#17#5#3 será que estoy equivocado, pero pensaba que al fijo discontinuo no se le indemniza en un "despido" de la actividad ciclica, porque se le va a a volver a contratar, la indemnización será cuando se le despida para no volver a llamarlo (y será de 20 o 33 días por año dependiendo de la situación) o cuando en el momento de la reincorporación no se le reincorpora (en el caso de que en el momento de reincorporación fuera el trabajador el que no quisiera reincorporarse se consideraría baja voluntaria, sin indemnización también).
Pero no me hagáis mucho caso, que tampoco es que sea un especialista en el tema.
#3 si sabes cuanto va a durar el trabajo puedes hacerlos temporales, segunda causa posible de contrato temporal según el artículo (a parte del caso 1 en el que puedes demostrar que ese trabajo si tiene temporalidad)
#8 entiendo que #3 se refiere a indemnización por despido. Si es un contrato temporal o de obra y servicio no hay que pagarla, solo se acaba el contrato y ya.
#3 Si siempre contratas a la misma persona, cosa que pasa en chiringuitos, heladerias, hoteles etc... Se le hace un indefinido no fijo, tiene muchas ventajas a nivel de cotización y derechos laborales.
Si es al tipico extranjero del este que viene una temporada y no vuelve más se le puede hacer dentro de los 90 días de libre disposición para contratos temporales que tiene la empresa para sus cosas.
Lo que va a ocurrir durante los primeros años que a ambos les van a darán temporal y cuando lleven varios años seguidos saltará la liebre en el sistema automático que se han montado, que este rs el gran fuerte de Yolanda, y esperemos que funcione
#3 ¿Eso has interpretado al leer el artículo?
Para tu ejemplo:
requisitos de forma
El último trimestre de cada año, la empresa deberá trasladar a la representación de los trabajadores una previsión anual de uso de los 90 días “especiales” de contratación por circunstancias de la producción ocasionales pero previsibles.
Una pregunta ¿A qué estás en contra de esta reforma laboral?
#3 Finiquito hay que pagar igual con temporal que con indefinido, la única diferencia es que con temporal son 3 días por esos 3 meses y con indefinido son 8 días, tampoco es que cambie mucho.