#6 Ya ¿pero por los suyos mismos...? El deseo de tenerlo todo controlado, les hace montar dispositivos de espionaje a todo el mundo. Eso es una gran cantidad de información difícil, por no decir imposible, de procesar.
#11 Perdón te he votado negativo, te lo he compensado en otros sitios.
Era de USA, concretamente de Milwauke. Me acuerdo por lo de las HD.
Y es cierto América es muy grande y es un error decir américa refiriéndose a USA
#3 Eso me ha recordado una vez en un curso internacional, que la profesora ( americana) durante la hora del café me vio hablando en portugués con uno y chapurreando en francés con un belga y me recriminó muy seria que como era posible que hablara varios idiomas y no dominara perfectamente el inglés.
#4 "no se desde cuando, pero de echo es muy complicado hacerlo y no te digo pernoctar, eso está expresamente prohibido incluso en terrenos públicos."
En Asturias no hay demasiado problema (salvo campos que estén plantados, obviamente), si hay alambradas es para cercar al ganado, no para impedir que la gente pase.
No es que la ley aquí no proteja la propiedad privada, pero no hay realmente problema en pasar.
Tampoco creo que en Finlandia se pueda pasar por donde te de la gana, por ejemplo por en medio de un campo sembrado. Y estoy por apostar que si hay leyes que protegen la propiedad similares a las españolas, pero en general estas no se meten con quien no hace ningún daño.
PD: Hablo de Asturias y de la situación de facto, no de las leyes, que las desconozco.
#1 Trabajo en este tema y te aseguro que el concepto de subsumisión en este caso es totalmente erróneo.
El blanqueo de capitales siempre tiene un delito subyacente (aquel que origina la ganancia de dinero), pero blanquearlo (moverlo para ocultar su origen) es un delito específico e indpenediente del anterior (ver art. 301 CP: noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html#a301).
Y de hecho, una de las recomendaciones del GAFI, que son los estándares internacionales en este tema (y que por cierto el GAFI evaluará a nuestro país este año) es la tipificación específica del delito de blanqueo de capitales como delito independiente del delito subyacente (p.ej. tráfico de drogas, apropiación indebida, malversación, etc), recomendación que ya incorporamos en nuestro código penal con las Leyes Orgánicas 8/1992 y 10/1995.
#1 Yo te explico: entra en las historias que publican los que suelen votar "irrelevante".
Verás que por lo general son una auténtica colección de sandeces, (como las últimas que tiene publicadas el que votó aquí).
Así que suele ser la respuesta de un cerebro binario, motivada bien por una frustración de verse incapaz de publicar nada interesante o puede que realmente tenga la percepción invertida.
Quién sabe, es posible que el tricornio de Tejero, o la velocidad vertiginosa de la bicicleta a butano, publicada por él es más importante. ...No te digo.
Al fin y al cabo, como en la metafora de la aldea global, se tiende a tener solo una "plaza" global de reunión y socialización. La clave es si esta "plaza" es pública o es privada (¿que peaje tenemos que pagar por entrar?), es transparente o es opaca, en manos de quien está, que reglas rigen en esta plaza, quien vigila esta plaza y tiene acceso a las camaras de seguridad, ... #0