El informe, titulado “Reporte Especial sobre la promoción y la protección del derecho a la libertad de expresión y opinión”, desmenuza cada una de las medidas que están en marcha por los diferentes gobiernos para castigar la infracción sobre los derechos de autor en la red. Situando como “muy grave” el que se pueda llegar a negar a los ciudadanos el acceso a Internet.
#1:
"Cortar a los usuarios este acceso, independientemente de la justificación que se presente, ya sea por derechos de autor u otras causas similares, es una medida desproporcionada y por lo tanto una violación del artículo 19, apartado 3, del pacto internacional sobre los derechos civiles y políticos."
#19:
Para #7. Página 10 del documento de la ONU que enlaza #3 :
"...Utilización por los Estados del bloqueo o filtrado de tecnologías con frecuencia entran en violación de su
obligación de garantizar el derecho a la libertad de expresión, como los criterios mencionados en
el capítulo III no se cumplen.
En primer lugar, las condiciones específicas que justifican el bloqueo no se
establecido en la ley, o fijadas por la ley, pero de una manera demasiado amplia y vaga, que
contenido corre el riesgo de bloquear de forma arbitraria y excesivamente.
En segundo lugar, el bloqueo no se justifica
para perseguir objetivos que se enumeran en el artículo 19, apartado 3, del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, y las listas de bloqueo son generalmente mantenidos en secreto, lo que hace
difícil evaluar si el acceso a contenido se limita a un propósito legítimo.
En tercer lugar, aun cuando la justificación es siempre, las medidas de bloqueo constituye una innecesaria
o medios desproporcionados para lograr el objetivo pretendido, ya que a menudo no son suficientemente
objetivo y presentará una amplia gama de contenidos accesibles más allá de los que han sido
considerados ilegales. Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la
posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente.
32. El Relator Especial observa que la pornografía infantil es una clara excepción en
las medidas de bloqueo puede ser justificada, siempre que la legislación nacional sea suficientemente precisa y
hay garantías eficaces contra el abuso o mal uso, incluyendo la supervisión y revisión por un
tribunal independiente e imparcial o ente regulador. Sin embargo, también le preocupa que
Estados con frecuencia dependen mucho de las medidas de bloqueo, en lugar de centrar sus esfuerzos en
enjuiciar a los responsables de la producción y difusión de pornografía infantil.
Además, como la pornografía infantil es a menudo un subproducto de la trata y la prostitución de
los niños, el Relator Especial insta a los Estados a adoptar medidas integrales para combatir la raíz
problemas que dan lugar a la pornografía infantil..."
Texto original :
"...States’ use of blocking or filtering technologies is frequently in violation of their
obligation to guarantee the right to freedom of expression, as the criteria mentioned under
chapter III are not met. Firstly, the specific conditions that justify blocking are not
established in law, or are provided by law but in an overly broad and vague manner, which
risks content being blocked arbitrarily and excessively. Secondly, blocking is not justified
to pursue aims which are listed under article 19, paragraph 3, of the International Covenant
on Civil and Political Rights, and blocking lists are generally kept secret, which makes it
difficult to assess whether access to content is being restricted for a legitimate purpose.
Thirdly, even where justification is provided, blocking measures constitute an unnecessary
or disproportionate means to achieve the purported aim, as they are often not sufficiently
targeted and render a wide range of content inaccessible beyond that which has been
deemed illegal. Lastly, content is frequently blocked without the intervention of or
possibility for review by a judicial or independent body.
32.
The Special Rapporteur notes that child pornography is one clear exception where
blocking measures can be justified, provided that the national law is sufficiently precise and
there are effective safeguards against abuse or misuse, including oversight and review by an
independent and impartial tribunal or regulatory body. However, he is also concerned that
States frequently rely heavily on blocking measures, rather than focusing their efforts on
prosecuting those responsible for the production and dissemination of child pornography.
Additionally, as child pornography is often a by-product of trafficking and prostitution of
children, the Special Rapporteur urges States to take holistic measures to combat the root
problems that give rise to child pornography..."
Titular original: UN: Disconnecting File-Sharers Breaches Human Rights
Es decir, desconectar a los usuarios es lo que vulneraría los derechos humanos, no las leyes contra el intercambio de archivos "per se". Una ley contra el intercambio de archivos que no desconectara a los usuarios no vulneraría los derechos humanos.
Es decir:
Leyes contra el intercambio de archivos => Válidas (el documento habla de la DMCA, por ejemplo)
Leyes que desconectan al usuario => No válidas.
Pd: La ley sinde no desconecta a los usuarios, con lo que entrarían en la categoría de leyes aceptadas por la ONU. Hadopi no, por otra parte.
#2:
Muy interesante, ahora ya sabemos que se pasan por el forro muchos gobiernos y administraciones
#6:
#5 Entiendo que lo suyo sería recurrir la legislación al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos con este informe en la mano, de forma que el tribunal pudiera declarar ilegales estas leyes.
"Cortar a los usuarios este acceso, independientemente de la justificación que se presente, ya sea por derechos de autor u otras causas similares, es una medida desproporcionada y por lo tanto una violación del artículo 19, apartado 3, del pacto internacional sobre los derechos civiles y políticos."
Para #7. Página 10 del documento de la ONU que enlaza #3 :
"...Utilización por los Estados del bloqueo o filtrado de tecnologías con frecuencia entran en violación de su
obligación de garantizar el derecho a la libertad de expresión, como los criterios mencionados en
el capítulo III no se cumplen.
En primer lugar, las condiciones específicas que justifican el bloqueo no se
establecido en la ley, o fijadas por la ley, pero de una manera demasiado amplia y vaga, que
contenido corre el riesgo de bloquear de forma arbitraria y excesivamente.
En segundo lugar, el bloqueo no se justifica
para perseguir objetivos que se enumeran en el artículo 19, apartado 3, del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, y las listas de bloqueo son generalmente mantenidos en secreto, lo que hace
difícil evaluar si el acceso a contenido se limita a un propósito legítimo.
En tercer lugar, aun cuando la justificación es siempre, las medidas de bloqueo constituye una innecesaria
o medios desproporcionados para lograr el objetivo pretendido, ya que a menudo no son suficientemente
objetivo y presentará una amplia gama de contenidos accesibles más allá de los que han sido
considerados ilegales. Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la
posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente.
32. El Relator Especial observa que la pornografía infantil es una clara excepción en
las medidas de bloqueo puede ser justificada, siempre que la legislación nacional sea suficientemente precisa y
hay garantías eficaces contra el abuso o mal uso, incluyendo la supervisión y revisión por un
tribunal independiente e imparcial o ente regulador. Sin embargo, también le preocupa que
Estados con frecuencia dependen mucho de las medidas de bloqueo, en lugar de centrar sus esfuerzos en
enjuiciar a los responsables de la producción y difusión de pornografía infantil.
Además, como la pornografía infantil es a menudo un subproducto de la trata y la prostitución de
los niños, el Relator Especial insta a los Estados a adoptar medidas integrales para combatir la raíz
problemas que dan lugar a la pornografía infantil..."
Texto original :
"...States’ use of blocking or filtering technologies is frequently in violation of their
obligation to guarantee the right to freedom of expression, as the criteria mentioned under
chapter III are not met. Firstly, the specific conditions that justify blocking are not
established in law, or are provided by law but in an overly broad and vague manner, which
risks content being blocked arbitrarily and excessively. Secondly, blocking is not justified
to pursue aims which are listed under article 19, paragraph 3, of the International Covenant
on Civil and Political Rights, and blocking lists are generally kept secret, which makes it
difficult to assess whether access to content is being restricted for a legitimate purpose.
Thirdly, even where justification is provided, blocking measures constitute an unnecessary
or disproportionate means to achieve the purported aim, as they are often not sufficiently
targeted and render a wide range of content inaccessible beyond that which has been
deemed illegal. Lastly, content is frequently blocked without the intervention of or
possibility for review by a judicial or independent body.
32.
The Special Rapporteur notes that child pornography is one clear exception where
blocking measures can be justified, provided that the national law is sufficiently precise and
there are effective safeguards against abuse or misuse, including oversight and review by an
independent and impartial tribunal or regulatory body. However, he is also concerned that
States frequently rely heavily on blocking measures, rather than focusing their efforts on
prosecuting those responsible for the production and dissemination of child pornography.
Additionally, as child pornography is often a by-product of trafficking and prostitution of
children, the Special Rapporteur urges States to take holistic measures to combat the root
problems that give rise to child pornography..."
#19 Gracias por traducirlo. Como ves el informe no dice que las leyes contra el intercambio de archivos violen los derechos humanos. Lo que se critica es el corte de Internet, el filtrado previo o la no existencia de un ente regulador.
Para #21. Bueno, ya sabemos que a los ciudadanos, y artistas, en nuestra sociedad se los tiende a medir por el peso de sus carteras.
Lo que dice la ONU es que lo que prentender hacerse en España a través de la Ley Sinde supone un abuso de poder.
Te cito de nuevo : ...Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente...
Lo dice la ONU, además de David Bravo, Javier de la Cueva y millones de ciudadanos despiertos.
#21 ¿y la ley Sinde no te parece filtrado previo...? Por lo que yo entiendo SI entraría en la categoría de leyes vulneradoras de los derechos civiles para la ONU.
#33, lo siento pero discrepo en tu interpretación de previo, y si lees de nuevo quizá tú también lo hagas:
"Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente."
Creo que es previo a la revisión por una autoridad judicial, que es precisamente lo que persigue en sí la ley Sinde.
#21 Somos miles de creadores fuera de las fronteras de Fantasía... (Industria). Ni a mi ni a miles de autores, nos representa una mierda la SGAE. Es más yo dejé de escuchar canciones de la SGAE, porque ya no es que no merezca la pena, es que para mi quien esté en dicha sociedad, representa un modelo de negocio caduco y además que insulta a sus clientes. Y es lo mejor para:
- Perder los derechos sobre tus obras.
- Perder más dinero, del que ganas. Si lo ganas claro, que esa es otra.
A parte la segunda fase de la Ley Sinde era perseguir a los usuarios, con lo cual con este informe chungo lo tienen.
La propiedad intelectual, no es un derecho fundamental y por tanto no hay justificación ninguna para defender esta, violando los susodichos derechos fundamentales.
Titular original: UN: Disconnecting File-Sharers Breaches Human Rights
Es decir, desconectar a los usuarios es lo que vulneraría los derechos humanos, no las leyes contra el intercambio de archivos "per se". Una ley contra el intercambio de archivos que no desconectara a los usuarios no vulneraría los derechos humanos.
Es decir:
Leyes contra el intercambio de archivos => Válidas (el documento habla de la DMCA, por ejemplo)
Leyes que desconectan al usuario => No válidas.
Pd: La ley sinde no desconecta a los usuarios, con lo que entrarían en la categoría de leyes aceptadas por la ONU. Hadopi no, por otra parte.
que triste en lo que se está convirtiendo menéame,
comentarios por encima de #7: enlaces a los documentos de la ONU, "...esto deberia estar en portada...", "...la respercusión que va a tener esto...", "...las cosas importantes que se pasan por el forro los gobiernos...", "...es una muy buena noticia..."
comentarios por debajo de #7: "...ya sabemos que es la ONU y para que siver, Iraq blalballba...", "...derechos humanos para joder a los de abajo....", "...hacen lo que les paga la gana, vendidos de los USA...", "...han hecho novillos...", nos van a comer a todooooooosss
#7 y el documento arremete contra las leyes que evitan el "due process" por lo que sí, afecta a la leysinde que cierra webs por sospecha de infracción, no porque un juez entre en el fondo del asunto. Por otro lado las leyes actuales del copyright son muy negativas para los ciudadanos.
#7 Es imposible que la ONU apoye la Ley Sinde cuando dicha ley permite pasarse por el forro al poder judicial y que sea el ejecutivo el que imparta "justicia".
#4 Ahora lo pongo
¿Alguien sabe la repercusión que puede tener esto? Parece que solo instan a los gobiernos, pero realmente no se que peso puede tener eso. Es una muy buena noticia
#5 Entiendo que lo suyo sería recurrir la legislación al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos con este informe en la mano, de forma que el tribunal pudiera declarar ilegales estas leyes.
Ya sabemos quien es la ONU y para lo que sirve.
Después de lo de la II Guerra de Irak, la ONU tiene la misma credibilidad que las declaraciones de Carlos Jesus.
¿Sigues defendiendo el uso de extranjerismos que no aparecen en el diccionario y cuyo uso es innecesario por haber mejores alternativas, mientras censuras las palabras que sí que aparecen en el diccionario?
Sobre lo de "q", me parece una lástima que, sabiendo escribir bien, llenes tus comentarios de faltas de ortografía. Y encima adrede.
Y no encuentro ningún sitio donde diga que su uso sea innecesario. Supongo que porque su uso está muy extendido, y creo que es uno de los motivos por los que se llegan a aceptar extranjerismos en el diccionario.
Y, hablando de todo un poco, te quejas de cómo escribe la gente que tiene respaldo en el DRAE, y en cambio escribes "q" en lugar de "que"... ¿No crees que es un poco incoherente?
#48 Ya sé que viene del inglés, pero no entiendo por qué ha de ser un problema. Creo que es normal que todos los idiomas usen palabras de otros idiomas. Y no lo veo como algo malo.
También comprendo que suene raro en España, pero se usa habitualmente en América Latina. Seguramente haya más gente que diga "reportar" que "informar".
En lugar de pensar que es un problema, yo prefiero pensar que "informe" tiene X sinónimos, y con "reporte" tiene X+1.
Por cierto, es curioso que critiques los anglicismos mientras mandas un "mail".
#50 La cuestión es cuando un préstamo es adecuado o no. No tengo problemas en utilizar "mouse", por ejemplo, porque es un anglicismo q designa un nuevo objeto para el q no había nombre, o incluso "mail", q en castellano se utiliza para correo electrónico (al contrario q en inglés q es correo en general). Sin embargo, "reporte" por "informe" es un préstamo absolutamente innecesario, en tanto q existe una palabra en castellano para ese mismo concepto. Un "report" o "informe" no es en absoluto un término acuñado por el inglés, y por lo tanto usar ese préstamo en castellano no está justificado; solamente sirve para desplazar un vocablo propio por otro de otro idioma, sin más.
La RAE, además de extremadamente lenta (incluso en comparación con otras academias), es tremendamente reacia a admitir extranjerismos tan usuales como "mouse" o "email". Los casos más claros son "cederrón" o "espray", que tardaron en admitir, y con una forma un tanto "rara", aunque comprensible. Y ojo, no voy a entrar en discusiones sobre si es mejor "mouse" o el calco "ratón", simplemente dejo el dato.
Claro q te dice q es innecesario, ¿qué esperas q te diga? Nadie te puedes obligar a escribir de un modo u otro. En todo caso, recomendar o censurar, pero no prohibir. La RAE tiene su labor, a mi parecer demasiado celosa, y a ello se ciñe. El término favorito de la sociedad es "email", porque es mucho más cómodo q "correo electrónico". Otra cosa es q uses "correo" para ese tipo, en cuyo caso no tengo nada q decir. Un caso parecido podría ser "fútbol" y "balompié". A las autoridades castellanas les encanta mantener (o intentarlo) "la pureza" de la lengua, aunque en muchos casos vayan en contra del uso general. El caso es hasta qué punto está justificado.. Algo semejante ocurre, por ejemplo, con el alemán. Sin embargo, existen otros planteamientos, como el del portugués o el japonés, más bien opuestos, sobre todo a nuestros ojos.
"Reporte" está aceptado por uso, sobre todo como americanismo. Ten en cuenta q ahora la academia del castellano (o español) ya no es de aquí únicamente, sino también de Sudamérica. De todos modos, puedes mandarles un email al correo de dudas para preguntarles sobre este tema. Te lo digo porque yo mismo se lo mandé hace años.
Sobre lo de "q". Escribir "que", sobre todo teniendo en cuenta q uso bastante las subordinadas de relativo, me parece un supino coñazo, y por lo tanto en mis textos informales (como los comentarios de una web) lo escribo así. Sin embargo, cuando han de acentuarse para marcarlo, también lo hago.
#41 Es un americanismo. La forma adecuada es informe. Puedes mandarle un mail a la RAE y preguntárselo, si quieres. Yo lo hice hace años
De verdad, estas cosas me sacan de quicio, y lo peor de todo es que cada vez me dan más ganas de pasar del tema. La gente escribe como el culo, se la intenta corregir, y además de no hacer caso, te vienen con estas. Parece que todo el que tiene culo sabe de idiomas.
REPORTE ES UN AMERICANISMO, del inglés "to report", informar. Coño.
Los gobiernos no quieren el libre tránsito de información entre ciudadanos, vayan preparando sus herramientas para crear una red pirata porque la pública va a bloquear todo y no se les ocurra pasarse al cloud computing porque ahí dejas de tener derecho a poseer tu información.
A todo esto ¿Alguien se acuerda de que, más allá de los "discutibles" derechos de autor, o del copyright, muchas obras tienen un coste?
El informe no habla de no legislar contra el intercambio, dice que lo que hay está mal hecho. Yo lo subscribo. Pero creo que una ley es necesaria.
#52 Ninguna ley es necesaria. Salvo para los que viven en fantasía:
1 - El intercambio de archivos no lo van a parar ni por asomo. En todo caso todo el mundo se pasará las "dark nets".
2 - Las ventas no van a subir:
- 2A. No puedes pretender insultar a tus clientes/fans y que encima te compren.
- 2B. La gente no es idiota, aunque lo parezca.
3 - Los derechos de autor, no están para proteger modelos de negocio. No en vano fueron creados para proteger a los autores de los editores y la verdad es que ahora se usan única y exclusivamente para proteger a los segundos.
4 - La propiedad intelectual no es un derecho fundamental, ni natural.
5 - Que una minoría de autores, no les de la gana de adaptarse a lo que hay es su problema.
6 - Todo autor tiene derecho a intentar ganar dinero con su trabajo, pero no puede exigir ganar y menos ganar millones como pretenden algunos.
7 - Todo tiene un coste. Pero algunos confunden el valor y el precio real, con el valor y el precio que ellos creen que debe tener. Por ejemplo creada una obra x, un autor la valorará (muchas veces la sobre-valorará) por 4.000 €, cuando es muy probable que esa obra no llegue ni a los 100 €. Siempre pongo de ejemplo ARCO, pero es la una de las ferias donde hay más sobre-valoración de obras. Obras que se hacen en 10 min. (salvo excepciones) y que sus creadores, se piensan que son la panacea. Y claro si encuentras algún ignorante, que vea lo que tu ves, te la comprará. Eso no significa que el resto de la gente sea idiota.
Eso sin meternos como dices en los "discutibles" derechos de autor. Que realmente te refieres a los derechos conexos a los de autor (explotación y comunicación pública).
NO sé, creo que el intercambio de archivos tampoco es que sea un derecho universal ni básico para la existencia y el desarrollo como ser humano, la verdad.
NO hablamos de información, educación, respeto a la vida, religión, sexo, raza, creencias..., si no de intercambio de archivos.
#44 El intercambio de archivos es tambien intercambio de información, ademas la noticia se centra en algo que creo que es mas importante y es en el corte del acceso a internet, que en los tiempos que corren para algunos supondria casi como un arresto domiciliario.
#45 Sí, sé que se centra en el corte, por eso he votado positivo a quienes han recalcado ese hecho y he "criticado" el titular de la noticia.
Por otro lado, intercambiar archivos no es (por lo menos necesariamente) intercambiar información, para informarte no necesitas intercambiar archivos, en todo caso tener acceso a ellos y poder leer dicha información.
De ahí que cortar internet sí que pueda ser considerado como ataque a las libertades fundamentales (el derecho a la información), pero de ahí al intercambio de archivos que dice el titular, va un mundo.
Y yo intercambio archivos, pero sinceramente no lo considero un derecho fundamental.
#44 Por un momento he pensado que no te habías leído la noticia, pero me he dado a cuenta a tiempo de que lo que pasa es que no consideras que tener acceso a Internet sea un derecho humano.
Porque, al fin y al cabo, todo Internet consiste en intercambio de archivos. Así que si una banda de mafiosos pudiera arrebatar ese... llamémoslo "capricho", a los ciudadanos a su antojo, no se violaría ningún derecho humano.
Y hasta aquí la respuesta absurda al comentario absurdo de hoy.
#44 "NO hablamos de información, educación, respeto a la vida, religión, sexo, raza, creencias..., si no de intercambio de archivos".
Y como crees tu que se distribuirá la información; se impartirá la educación; si difundirá el respeto a la vida; las creencias religiosas; la tan necesaria información/formación sobre sexo (sano...); la interacción entre distintas étnias (no creo que itercambiemos información con otras razas que no sean la raza humana, al menos por ahora) que propicie la disminución de la xenofobia/homofobia/misoginia y otros prejuicios negativos ??
Yo imagino que en el futuro esa distribución se hará mediante el intercambio de archivos. De hecho ya se está haciendo en muchos de los campos que tu mismo nombras.
A no ser que se trate de un error de concepto*. En lo que a informática se refiere, más allá de los bits* "todo es un archivo". Es decir, en tu disco duro no hay otra cosa que archivos. Es cierto que algunas empresas han dado a esos archivos nombres muy rimbombantes o muy tontos que pueden hacer pensar a alguien que existe otra cosa
Comentarios
"Cortar a los usuarios este acceso, independientemente de la justificación que se presente, ya sea por derechos de autor u otras causas similares, es una medida desproporcionada y por lo tanto una violación del artículo 19, apartado 3, del pacto internacional sobre los derechos civiles y políticos."
Pues se entiende bastante bien, la verdad.
El enlace trae original el documento de naciones unidas y todo: http://torrentfreak.com/un-disconnecting-file-sharers-breaches-human-rights-110603/
El pdf del documento de la ONU: http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/17session/A.HRC.17.27_en.pdf
Para #7. Página 10 del documento de la ONU que enlaza #3 :
"...Utilización por los Estados del bloqueo o filtrado de tecnologías con frecuencia entran en violación de su
obligación de garantizar el derecho a la libertad de expresión, como los criterios mencionados en
el capítulo III no se cumplen.
En primer lugar, las condiciones específicas que justifican el bloqueo no se
establecido en la ley, o fijadas por la ley, pero de una manera demasiado amplia y vaga, que
contenido corre el riesgo de bloquear de forma arbitraria y excesivamente.
En segundo lugar, el bloqueo no se justifica
para perseguir objetivos que se enumeran en el artículo 19, apartado 3, del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, y las listas de bloqueo son generalmente mantenidos en secreto, lo que hace
difícil evaluar si el acceso a contenido se limita a un propósito legítimo.
En tercer lugar, aun cuando la justificación es siempre, las medidas de bloqueo constituye una innecesaria
o medios desproporcionados para lograr el objetivo pretendido, ya que a menudo no son suficientemente
objetivo y presentará una amplia gama de contenidos accesibles más allá de los que han sido
considerados ilegales. Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la
posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente.
32.
El Relator Especial observa que la pornografía infantil es una clara excepción en
las medidas de bloqueo puede ser justificada, siempre que la legislación nacional sea suficientemente precisa y
hay garantías eficaces contra el abuso o mal uso, incluyendo la supervisión y revisión por un
tribunal independiente e imparcial o ente regulador. Sin embargo, también le preocupa que
Estados con frecuencia dependen mucho de las medidas de bloqueo, en lugar de centrar sus esfuerzos en
enjuiciar a los responsables de la producción y difusión de pornografía infantil.
Además, como la pornografía infantil es a menudo un subproducto de la trata y la prostitución de
los niños, el Relator Especial insta a los Estados a adoptar medidas integrales para combatir la raíz
problemas que dan lugar a la pornografía infantil..."
Texto original :
"...States’ use of blocking or filtering technologies is frequently in violation of their
obligation to guarantee the right to freedom of expression, as the criteria mentioned under
chapter III are not met. Firstly, the specific conditions that justify blocking are not
established in law, or are provided by law but in an overly broad and vague manner, which
risks content being blocked arbitrarily and excessively. Secondly, blocking is not justified
to pursue aims which are listed under article 19, paragraph 3, of the International Covenant
on Civil and Political Rights, and blocking lists are generally kept secret, which makes it
difficult to assess whether access to content is being restricted for a legitimate purpose.
Thirdly, even where justification is provided, blocking measures constitute an unnecessary
or disproportionate means to achieve the purported aim, as they are often not sufficiently
targeted and render a wide range of content inaccessible beyond that which has been
deemed illegal. Lastly, content is frequently blocked without the intervention of or
possibility for review by a judicial or independent body.
32.
The Special Rapporteur notes that child pornography is one clear exception where
blocking measures can be justified, provided that the national law is sufficiently precise and
there are effective safeguards against abuse or misuse, including oversight and review by an
independent and impartial tribunal or regulatory body. However, he is also concerned that
States frequently rely heavily on blocking measures, rather than focusing their efforts on
prosecuting those responsible for the production and dissemination of child pornography.
Additionally, as child pornography is often a by-product of trafficking and prostitution of
children, the Special Rapporteur urges States to take holistic measures to combat the root
problems that give rise to child pornography..."
#20 Los creadores también son ciudadanos.
#19 Gracias por traducirlo. Como ves el informe no dice que las leyes contra el intercambio de archivos violen los derechos humanos. Lo que se critica es el corte de Internet, el filtrado previo o la no existencia de un ente regulador.
Para #21. Bueno, ya sabemos que a los ciudadanos, y artistas, en nuestra sociedad se los tiende a medir por el peso de sus carteras.
Lo que dice la ONU es que lo que prentender hacerse en España a través de la Ley Sinde supone un abuso de poder.
Te cito de nuevo : ...Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la
posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente...
Lo dice la ONU, además de David Bravo, Javier de la Cueva y millones de ciudadanos despiertos.
#21 a los creadores la situación del copyright les afecta y mucho. Los que se benefician son algunos intermediarios.
#21 ¿y la ley Sinde no te parece filtrado previo...? Por lo que yo entiendo SI entraría en la categoría de leyes vulneradoras de los derechos civiles para la ONU.
Saludos.
#33 ¿y la ley Sinde no te parece filtrado previo...?
No. El cierre de webs no se hace a priori, sino a posteriori. No hay filtrado previo
Filtrado previo sería que se revisasen las webs antes de hacerlas accesibles.
#34, me he citado a mi mismo en #35, sorry, ya no puedo editar.
#33, lo siento pero discrepo en tu interpretación de previo, y si lees de nuevo quizá tú también lo hagas:
"Por último, el contenido se bloquea con frecuencia sin la intervención de la o la posibilidad de revisión por una autoridad judicial o independiente."
Creo que es previo a la revisión por una autoridad judicial, que es precisamente lo que persigue en sí la ley Sinde.
Un saludo.
#21 Somos miles de creadores fuera de las fronteras de Fantasía... (Industria). Ni a mi ni a miles de autores, nos representa una mierda la SGAE. Es más yo dejé de escuchar canciones de la SGAE, porque ya no es que no merezca la pena, es que para mi quien esté en dicha sociedad, representa un modelo de negocio caduco y además que insulta a sus clientes. Y es lo mejor para:
- Perder los derechos sobre tus obras.
- Perder más dinero, del que ganas. Si lo ganas claro, que esa es otra.
A parte la segunda fase de la Ley Sinde era perseguir a los usuarios, con lo cual con este informe chungo lo tienen.
La propiedad intelectual, no es un derecho fundamental y por tanto no hay justificación ninguna para defender esta, violando los susodichos derechos fundamentales.
Vamos de cajón el informe de la ONU.
Salu2
Muy interesante, ahora ya sabemos que se pasan por el forro muchos gobiernos y administraciones
Y con ustedes, la noticia manipulada del día.
Titular original: UN: Disconnecting File-Sharers Breaches Human Rights
Es decir, desconectar a los usuarios es lo que vulneraría los derechos humanos, no las leyes contra el intercambio de archivos "per se". Una ley contra el intercambio de archivos que no desconectara a los usuarios no vulneraría los derechos humanos.
Es decir:
Leyes contra el intercambio de archivos => Válidas (el documento habla de la DMCA, por ejemplo)
Leyes que desconectan al usuario => No válidas.
Pd: La ley sinde no desconecta a los usuarios, con lo que entrarían en la categoría de leyes aceptadas por la ONU. Hadopi no, por otra parte.
que triste en lo que se está convirtiendo menéame,
comentarios por encima de #7: enlaces a los documentos de la ONU, "...esto deberia estar en portada...", "...la respercusión que va a tener esto...", "...las cosas importantes que se pasan por el forro los gobiernos...", "...es una muy buena noticia..."
comentarios por debajo de #7: "...ya sabemos que es la ONU y para que siver, Iraq blalballba...", "...derechos humanos para joder a los de abajo....", "...hacen lo que les paga la gana, vendidos de los USA...", "...han hecho novillos...", nos van a comer a todooooooosss
, lo dicho, que triste....
#16 Para lo triste que es bien sigues aquí comentando.
#23 siempre hay algunos como tú que se rebotan fácilmente cuando un negativo no les gusta, esto, la verdad, lo hace más entretenido
#25 Mira lo que me importan los negativos. Belén Esteban se divorcia
Belén Esteban se divorcia
abc.esLo hago solo por troyear, es diferente.
#7 y el documento arremete contra las leyes que evitan el "due process" por lo que sí, afecta a la leysinde que cierra webs por sospecha de infracción, no porque un juez entre en el fondo del asunto. Por otro lado las leyes actuales del copyright son muy negativas para los ciudadanos.
#7 Es imposible que la ONU apoye la Ley Sinde cuando dicha ley permite pasarse por el forro al poder judicial y que sea el ejecutivo el que imparta "justicia".
¡esto debería estar en portada ya!
#4 Ahora lo pongo
¿Alguien sabe la repercusión que puede tener esto? Parece que solo instan a los gobiernos, pero realmente no se que peso puede tener eso. Es una muy buena noticia
#5 Entiendo que lo suyo sería recurrir la legislación al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos con este informe en la mano, de forma que el tribunal pudiera declarar ilegales estas leyes.
Ya sabemos quien es la ONU y para lo que sirve.
Después de lo de la II Guerra de Irak, la ONU tiene la misma credibilidad que las declaraciones de Carlos Jesus.
INTERNET DERECHO UNIVERSAL YA!!
Buena maniobra para distraer la atención del bombardeo que causo decenas de muertes civiles.
Jódete, Sinde.
Estos de la ONU son unos piratas
Qué gusto..., cómo la meneo...
No sé si te entiendo.
¿Sigues defendiendo el uso de extranjerismos que no aparecen en el diccionario y cuyo uso es innecesario por haber mejores alternativas, mientras censuras las palabras que sí que aparecen en el diccionario?
Sobre lo de "q", me parece una lástima que, sabiendo escribir bien, llenes tus comentarios de faltas de ortografía. Y encima adrede.
#55
No le veo mucho sentido. Ni "mouse" ni "email" están en el diccionario.
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=email
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=mouse
En el de dudas, la RAE dice que su uso es innecesario. Aunque tampoco lo prohíbe.
http://buscon.rae.es/dpdI/SrvltConsulta?lema=rat%C3%B3n
http://buscon.rae.es/dpdI/SrvltConsulta?lema=email
En cambio "reporte" sí que aparece en el diccionario.
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=reporte
Y no encuentro ningún sitio donde diga que su uso sea innecesario. Supongo que porque su uso está muy extendido, y creo que es uno de los motivos por los que se llegan a aceptar extranjerismos en el diccionario.
Y, hablando de todo un poco, te quejas de cómo escribe la gente que tiene respaldo en el DRAE, y en cambio escribes "q" en lugar de "que"... ¿No crees que es un poco incoherente?
Se ve que muchos han hecho novillos hoy, porque si no no entiendo cómo se ha aprobado este alegato.
Y hace falta que lo digan ellos?
#48 Ya sé que viene del inglés, pero no entiendo por qué ha de ser un problema. Creo que es normal que todos los idiomas usen palabras de otros idiomas. Y no lo veo como algo malo.
También comprendo que suene raro en España, pero se usa habitualmente en América Latina. Seguramente haya más gente que diga "reportar" que "informar".
En lugar de pensar que es un problema, yo prefiero pensar que "informe" tiene X sinónimos, y con "reporte" tiene X+1.
Por cierto, es curioso que critiques los anglicismos mientras mandas un "mail".
#50 La cuestión es cuando un préstamo es adecuado o no. No tengo problemas en utilizar "mouse", por ejemplo, porque es un anglicismo q designa un nuevo objeto para el q no había nombre, o incluso "mail", q en castellano se utiliza para correo electrónico (al contrario q en inglés q es correo en general). Sin embargo, "reporte" por "informe" es un préstamo absolutamente innecesario, en tanto q existe una palabra en castellano para ese mismo concepto. Un "report" o "informe" no es en absoluto un término acuñado por el inglés, y por lo tanto usar ese préstamo en castellano no está justificado; solamente sirve para desplazar un vocablo propio por otro de otro idioma, sin más.
Entre tanto la OTAN...
http://bitelia.com/2011/06/la-otan-insta-a-perseguir-a-anonymous-podrian-hacerse-con-material-sensible
La RAE, además de extremadamente lenta (incluso en comparación con otras academias), es tremendamente reacia a admitir extranjerismos tan usuales como "mouse" o "email". Los casos más claros son "cederrón" o "espray", que tardaron en admitir, y con una forma un tanto "rara", aunque comprensible. Y ojo, no voy a entrar en discusiones sobre si es mejor "mouse" o el calco "ratón", simplemente dejo el dato.
Claro q te dice q es innecesario, ¿qué esperas q te diga? Nadie te puedes obligar a escribir de un modo u otro. En todo caso, recomendar o censurar, pero no prohibir. La RAE tiene su labor, a mi parecer demasiado celosa, y a ello se ciñe. El término favorito de la sociedad es "email", porque es mucho más cómodo q "correo electrónico". Otra cosa es q uses "correo" para ese tipo, en cuyo caso no tengo nada q decir. Un caso parecido podría ser "fútbol" y "balompié". A las autoridades castellanas les encanta mantener (o intentarlo) "la pureza" de la lengua, aunque en muchos casos vayan en contra del uso general. El caso es hasta qué punto está justificado.. Algo semejante ocurre, por ejemplo, con el alemán. Sin embargo, existen otros planteamientos, como el del portugués o el japonés, más bien opuestos, sobre todo a nuestros ojos.
"Reporte" está aceptado por uso, sobre todo como americanismo. Ten en cuenta q ahora la academia del castellano (o español) ya no es de aquí únicamente, sino también de Sudamérica. De todos modos, puedes mandarles un email al correo de dudas para preguntarles sobre este tema. Te lo digo porque yo mismo se lo mandé hace años.
Sobre lo de "q". Escribir "que", sobre todo teniendo en cuenta q uso bastante las subordinadas de relativo, me parece un supino coñazo, y por lo tanto en mis textos informales (como los comentarios de una web) lo escribo así. Sin embargo, cuando han de acentuarse para marcarlo, también lo hago.
Reporte no, Informe.
#40 "Reporte" es correcto: http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=reporte
Tendrás que vivir con ello. (Como los reporteros. )
#41 Es un americanismo. La forma adecuada es informe. Puedes mandarle un mail a la RAE y preguntárselo, si quieres. Yo lo hice hace años
De verdad, estas cosas me sacan de quicio, y lo peor de todo es que cada vez me dan más ganas de pasar del tema. La gente escribe como el culo, se la intenta corregir, y además de no hacer caso, te vienen con estas. Parece que todo el que tiene culo sabe de idiomas.
REPORTE ES UN AMERICANISMO, del inglés "to report", informar. Coño.
!Chúpate esa Angeles Sinde!
Me temo que tanto la Constitución como la declaración de derechos humanos, está únicamente para joder a los de abajo.
#14 ¿Podrías explicar eso de que la DUDH jode a los de abajo?
#17 Muchas veces, la libertad de culto es usada en sentido contrario a la que fue concebida.
Los gobiernos no quieren el libre tránsito de información entre ciudadanos, vayan preparando sus herramientas para crear una red pirata porque la pública va a bloquear todo y no se les ocurra pasarse al cloud computing porque ahí dejas de tener derecho a poseer tu información.
Entonces la ley sinde nos viola a todos!! me refiero a nuestros derechos como humanos
Sinde encierra ala onu que tienen un topmanta de la ostia
Mucho me temo que este informe va a ser papel mojado. Cambiarán los derechos humanos y ya. Poderoso caballero...
#9 No hay ni un informe de la ONU que no haya servido a los dirigentes de los distintos países para limpiarse el culete.
A todo esto ¿Alguien se acuerda de que, más allá de los "discutibles" derechos de autor, o del copyright, muchas obras tienen un coste?
El informe no habla de no legislar contra el intercambio, dice que lo que hay está mal hecho. Yo lo subscribo. Pero creo que una ley es necesaria.
#52 Ninguna ley es necesaria. Salvo para los que viven en fantasía:
1 - El intercambio de archivos no lo van a parar ni por asomo. En todo caso todo el mundo se pasará las "dark nets".
2 - Las ventas no van a subir:
- 2A. No puedes pretender insultar a tus clientes/fans y que encima te compren.
- 2B. La gente no es idiota, aunque lo parezca.
3 - Los derechos de autor, no están para proteger modelos de negocio. No en vano fueron creados para proteger a los autores de los editores y la verdad es que ahora se usan única y exclusivamente para proteger a los segundos.
4 - La propiedad intelectual no es un derecho fundamental, ni natural.
5 - Que una minoría de autores, no les de la gana de adaptarse a lo que hay es su problema.
6 - Todo autor tiene derecho a intentar ganar dinero con su trabajo, pero no puede exigir ganar y menos ganar millones como pretenden algunos.
7 - Todo tiene un coste. Pero algunos confunden el valor y el precio real, con el valor y el precio que ellos creen que debe tener. Por ejemplo creada una obra x, un autor la valorará (muchas veces la sobre-valorará) por 4.000 €, cuando es muy probable que esa obra no llegue ni a los 100 €. Siempre pongo de ejemplo ARCO, pero es la una de las ferias donde hay más sobre-valoración de obras. Obras que se hacen en 10 min. (salvo excepciones) y que sus creadores, se piensan que son la panacea. Y claro si encuentras algún ignorante, que vea lo que tu ves, te la comprará. Eso no significa que el resto de la gente sea idiota.
Eso sin meternos como dices en los "discutibles" derechos de autor. Que realmente te refieres a los derechos conexos a los de autor (explotación y comunicación pública).
Salu2
#53 Envidiable tu capacidad de hacer sencillo lo complicado
NO sé, creo que el intercambio de archivos tampoco es que sea un derecho universal ni básico para la existencia y el desarrollo como ser humano, la verdad.
NO hablamos de información, educación, respeto a la vida, religión, sexo, raza, creencias..., si no de intercambio de archivos.
#44 El intercambio de archivos es tambien intercambio de información, ademas la noticia se centra en algo que creo que es mas importante y es en el corte del acceso a internet, que en los tiempos que corren para algunos supondria casi como un arresto domiciliario.
#45 Sí, sé que se centra en el corte, por eso he votado positivo a quienes han recalcado ese hecho y he "criticado" el titular de la noticia.
Por otro lado, intercambiar archivos no es (por lo menos necesariamente) intercambiar información, para informarte no necesitas intercambiar archivos, en todo caso tener acceso a ellos y poder leer dicha información.
De ahí que cortar internet sí que pueda ser considerado como ataque a las libertades fundamentales (el derecho a la información), pero de ahí al intercambio de archivos que dice el titular, va un mundo.
Y yo intercambio archivos, pero sinceramente no lo considero un derecho fundamental.
#44 Por un momento he pensado que no te habías leído la noticia, pero me he dado a cuenta a tiempo de que lo que pasa es que no consideras que tener acceso a Internet sea un derecho humano.
Porque, al fin y al cabo, todo Internet consiste en intercambio de archivos. Así que si una banda de mafiosos pudiera arrebatar ese... llamémoslo "capricho", a los ciudadanos a su antojo, no se violaría ningún derecho humano.
Y hasta aquí la respuesta absurda al comentario absurdo de hoy.
#44 "NO hablamos de información, educación, respeto a la vida, religión, sexo, raza, creencias..., si no de intercambio de archivos".
Y como crees tu que se distribuirá la información; se impartirá la educación; si difundirá el respeto a la vida; las creencias religiosas; la tan necesaria información/formación sobre sexo (sano...); la interacción entre distintas étnias (no creo que itercambiemos información con otras razas que no sean la raza humana, al menos por ahora) que propicie la disminución de la xenofobia/homofobia/misoginia y otros prejuicios negativos ??
Yo imagino que en el futuro esa distribución se hará mediante el intercambio de archivos. De hecho ya se está haciendo en muchos de los campos que tu mismo nombras.
A no ser que se trate de un error de concepto*. En lo que a informática se refiere, más allá de los bits* "todo es un archivo". Es decir, en tu disco duro no hay otra cosa que archivos. Es cierto que algunas empresas han dado a esos archivos nombres muy rimbombantes o muy tontos que pueden hacer pensar a alguien que existe otra cosa
ONU: “Las leyes contra el intercambio de archivos violan los derechos humanos”
YO: "Lo que diga la ONU, me sopla el ano".
ha estos hace lo que le pega la gana y los cabecillas son los de USA, ya hasta pusieron un nuevo matón en su estado mayor.
http://dossier-1.blogspot.com/2011/05/martin-dempsey-es-nombrado-nuevo-jefe.html