edición general
33 meneos
136 clics
El Supremo rechaza como tiempo laboral el camino desde la casa del trabajador a la del primer cliente

El Supremo rechaza como tiempo laboral el camino desde la casa del trabajador a la del primer cliente

El Tribunal Supremo (TS) rechaza que se compute como tiempo de trabajo el desplazamiento del trabajador desde su domicilio al del primer cliente y desde la vivienda del último cliente a la del empleado.

| etiquetas: desplazamientos , clientes , trabajador
piper #1 piper 19/12 09:03
Pero si tiene un accidente en ese desplazamiento es accidente de trabajo.
#3 ElSev 19/12 09:16
#1 ya, pero no lo cobras.

Tenía compañeros que vivían cerca de la oficina así que se pasaban a tomar un café antes de la primera visita.
#6 troglodoto 19/12 09:45
#3 ahora se lo toman entre visitas
Urasandi #4 Urasandi 19/12 09:31
#1 Creo que solo durante media hora.
Alt126 #10 Alt126 19/12 11:55 *
#4 Si tu vivienda habitual está a 40min del trabajo, cuenta todo ese tiempo. Pero sólo cuenta la ruta y tiempo "lógicos" para hacer el trayecto. Si te paras a medio camino o cambias de dirección para ir a comprar ya no se acepta como accidente "in itinere".
Del mismo modo si no pasas por la oficina/taller y tu último desplazamiento es de casa del cliente a casa, será "in itinere" si el accidente lo has tenido en una ruta lógica para ir desde casa del cliente a tu…   » ver todo el comentario
Fedorito #7 Fedorito 19/12 10:01
#1 Es accidente de trabajo siempre que sea una ruta lógica para llegar a tu casa, si sales de trabajar y vas en dirección contraria a tu casa y tienes un accidente no se considera accidente de trabajo.
#8 Stv.2 19/12 10:28
#1 En otros trabajos pasa igual, y si te despiden y tienes un infarto por la sorpresa, también es accidente de trabajo. Sin entrar en otros casos "raros"...

Igual no tiene mucho sentido en algunos de ellos.
#12 Jalzhar 19/12 20:30
#1 ¿Y qué pasa si se le cobra al cliente el desplazamiento?
¿Yo no cobro el kilometraje ni las horas pero la empresa si? Menudo chollo!!!
ochoceros #14 ochoceros 20/12 09:42
#1 Te lo pueden negar por no ser en la media hora previa a la entrada, por ser un trayecto distinto al de tu casa hacia el centro de trabajo, etc..

Ya de entrada aquí está la sentencia del Supremo aduciendo que ese desplazamiento NO ES TRABAJO. Buenas son las mutuas para buscar agujeros :troll:
Irrelevant #2 Irrelevant 19/12 09:07
A una cartera del Supremo acaban de llegar unos cuantos bitcoins :troll:
quitamelpiedencima #5 quitamelpiedencima 19/12 09:33
Si contara, entonces el trabajo remoto… ya si eso….
Irrelevant #9 Irrelevant 19/12 11:07
#5 A ver... si contara entonces estarían incentivando el trabajo remoto porque los trabajadores no tendrían que perder tiempo efectivo de trabajo en desplazamientos potencialmente inútiles. No hay nada más nocivo para el medio ambiente y la productividad que obligar a una persona a trasladarse para hacer un trabajo que podría hacer desde su casa. Estamos en el siglo XXI, en la era de la información digital, y seguimos con normas y éticas laborales del siglo XIX - XX.
Fantasma_Opera #11 Fantasma_Opera 19/12 14:15 *
Ah, pues entonces el trabajador puede decidir ir a la sede de la empresa, empezar la jornada laboral, y de ahí que lo lleven donde quiera la empresa, con la condición firme de finalizar la jornada laboral de 8 horas en la misma sede.

Así que, si el lugar en el que se realiza el trabajo está a 4 horas de viaje, el trabajador llegará, apretará un tornillo y se volverá, ¿no? Todo perfectamente legal. Y que le digan qué tornillo debe apretar, porque no estará para mirar planos ni nada de eso.

Y…   » ver todo el comentario
#13 SolarNeron 20/12 08:42
#11 elpais.com/economia/2024-12-19/el-trayecto-desde-el-domicilio-de-un-em
Aquí lo explican mejor, yo creo que la sentencia hace referencia a aquellos casos en los que , teniendo oficina, los trabajadores elijen desplazarse desde sus casa al primer cliente y del último al casa. Cuando no existe esa oficina, si se considera tiempo de trabajo. O eso entiendo yo. Estuve en esa situación l, denuncia a la…   » ver todo el comentario
comentarios cerrados

menéame