La Audiencia de Cantabria ha aclarado que los malos tratos de una mujer a otra no pueden ser calificados como "violencia de género" a la hora de dictar una condena, aunque sea su esposa o pareja, porque el Código Penal reserva esa modalidad agravada para la violencia de un hombre contra una mujer.
El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, considera un "error judicial" la sentencia que, por primera vez en España, condena por violencia de género a una mujer por agredir a su esposa, ya que este tipo de violencia es, por definición, la que ejerce el hombre hacia la mujer.
Lorente ha señalado que la sentencia incluye "una confusión continua" entre violencia doméstica y violencia de género, y ha avanzado que "probablemente" la Fiscalía recurrirá el fallo.
«Sólo la violencia que ejerce el hombre sobre la mujer puede considerarse como violencia de género y siempre que exista una relación de convivencia». Así lo afirmó ayer el presidente de la Audiencia de Cantabria, José Luis López del Moral, en declaraciones a este periódico al ser preguntado por la polémica sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2, que condena por primera vez en España como violencia de género unos malos tratos cometidos por una mujer hacia su esposa, con la que estaba en proceso de separación. Dicha sentencia ha sido recurrida ya a la Audiencia de Cantabria, que tendrá la última palabra.
Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares dea fectividad, aun sin convivencia.
#2 Estás acostumbrado a la redacción de los medios de comunicación...
Lo que quiere decir el artículo es que en MNM se pueden compartir contenidos sin enlazar las webs de los que quieren cobrar a quienes les enlazan. Sí.
Y que el que quiera leer un artículo "tipo", puede hacerlo en las webs de esos diarios, sin pretender que MNM sea un "puto resumen de prensa con enlaces a periódicos, televisiones y redacciones de emisoras de radio". Porque a MNM seguir con esa política de enlazar contenidos le va a costar una pasta que no tiene.
Lo de los guardias civiles es solo un ejemplo de como se puede compartir una información sin enlazar y por tanto sin tener que pagar a ningún "parásito" ni a ningún socio de CEDRO o de la AEDE.
Y no es que yo "no crea que cobrase"... es que compartiendo contenidos de esta forma, no pueden cobrar!!
#3 Lo de tener que leer la información de la "carta que CEDRO envía a MNM en la web de un diario digital; es un ejemplo de lo que mucha gente busca aquí!! (un resumen de prensa). Porque la información es de los propietarios de MNM y podían haberla publicado en el blog de MNM!! a no ser que muchos piensen que el hecho de que esa información (sin copia de la carta...) aparezca en www.eldiario.es, le otorga un plus de credibilidad!!
Es que si lo cuentan los que han recibido la carta (en un artículo como este, por ejemplo), no tiene credibilidad??
Para mi, y para mucha otra gente, el hecho de que un medio de comunicación "creíble" publique una información, no la hace ni veraz ni auténtica. Y tenemos claro que la mayoría de esos medios "creíbles", manipulan la información en beneficio de quien les paga (que no suelen ser los lectores).
Si tu prefieres mantener que ahora mismo, la opinión pública en España no está desinformada, gracias a esos medios de comunicación "creíbles" que dices; es tu prerrogativa, tu opinión.
Sin embargo muchos creemos que ahora mismo los medios de comunicación en España (y mucho menos las asociaciones de periodistas) no aportan más que su visión de la información y mucha, muchísima opinión (y hasta publicidad) camuflada en la redacción de la información .
Todo eso es lo que quiero decir. Sí.
Gracias por aportar vuestros puntos de vista.
Buen fin de semana.
Suelen ser noticias promocionadas a mano por @admin, en función de sus gustos, deseo de diversidad, etc etc.
Ya sabes: el gato es suyo y se lo *** cuando quieren.
Lo mismo hacen con tu karma o con el karma de los no afines.
Si creiais que Meneame en un sitio construido por sus usuarios, lo siento pero no.
#226 Exacto, el juez ha admitido a trámite la denuncia porque ha constatado la existencia de unos hechos y que lo denunciado está tipificado como delito. Ahora bien, el titular no es sensacionalista, ya que se ha abierto fase de instrucción y ha llamado a los concejales a testificar en calidad de investigados, es decir, lo que antes era imputados. Igual que Dancausa cuando Sánchez Mato pedía su dimisión o que el presidente de Murcia.
#2 Te lo explico: el blog Guerrasposmodernas es un blog basura de propaganda pura y dura escrito por un caradura con pocos escrúpulos. Recomiendo informarse un poco sobre su autor y sus contenidos. No es una fuente que pueda tomarse en serio dada su falta de rigor e imparcialidad.
Venga... Tal vez con una sentencia...
La Audiencia de Cantabria ha aclarado que los malos tratos de una mujer a otra no pueden ser calificados como "violencia de género" a la hora de dictar una condena, aunque sea su esposa o pareja, porque el Código Penal reserva esa modalidad agravada para la violencia de un hombre contra una mujer.
www.elmundo.es/elmundo/2010/03/16/espana/1268753513.html
El delegado del Gobierno para la Violencia de Género, Miguel Lorente, considera un "error judicial" la sentencia que, por primera vez en España, condena por violencia de género a una mujer por agredir a su esposa, ya que este tipo de violencia es, por definición, la que ejerce el hombre hacia la mujer.
Lorente ha señalado que la sentencia incluye "una confusión continua" entre violencia doméstica y violencia de género, y ha avanzado que "probablemente" la Fiscalía recurrirá el fallo.
www.elmundo.es/elmundo/2009/06/12/espana/1244824363.html
«Sólo la violencia que ejerce el hombre sobre la mujer puede considerarse como violencia de género y siempre que exista una relación de convivencia». Así lo afirmó ayer el presidente de la Audiencia de Cantabria, José Luis López del Moral, en declaraciones a este periódico al ser preguntado por la polémica sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2, que condena por primera vez en España como violencia de género unos malos tratos cometidos por una mujer hacia su esposa, con la que estaba en proceso de separación. Dicha sentencia ha sido recurrida ya a la Audiencia de Cantabria, que tendrá la última palabra.
www.eldiariomontanes.es/20090613/cantabria/tribunales/violencia-genero