El eurodiputado de Vox y periodista se ha visto obligado a publicar en su cuenta de Twitter el fallo de 2019 por el que se le condenó a un delito de intromisión ilegítima y vulneración del derecho al honor del padre del exvicepresidente, al que relacionó con un asesinato.
#4:
En cuanto se meta un lingotazo vuelve a liarla.
Es lo que tiene la ultraderechita cobarde y loca.
#60:
#48 Delitos son las acciones y omisiones para las que la ley penal prevé un castigo. La LO 1/1982 no es ley penal, sino que regula acciones de naturaleza civil.
las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas
Esa afirmación carece del más mínimo sentido, empezando porque no se sabe a qué te refieres con "faltas", si a las antiguas faltas penales, a las infracciones administrativas o a alguna invención tuya, continuando porque las leyes son normas también y terminando porque el art. 25 de la Constitución proclama el principio de legalidad en materia penal y sancionadora, que impide que los poderes públicos impongan sanciones, penales o no, por infracciones que no estén previstas en normas con rango de ley. Con matices.
#57 Vale, ahora léete lo que has puesto. Por si no eres capaz, te lo explico: la LO 1/1982 prevé acciones civiles (está en el nombre) para la protección del derecho al honor (y otros, pero aquí hablamos de derecho al honor). El art. 1.2 lo que dice es:
Primero, que puede hacerse uso del procedimiento civil previsto en la ley incluso frente a intromisiones ilegítimas en el derecho al honor que sean constitutivas de delito. No que todas las lesiones del derecho al honor recogidas en esa ley sean delito, porque no es ley penal, sino que, en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, no por ello está el perjudicado obligado a acudir a un procedimiento penal sino que puede utilizarse alternativamente el mecanismo civil previsto en la ley, que igualmente es aplicable a intromisiones ilegítimas que no sean constitutivas de delito.
Segundo, que en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, y se obtenga una condena penal, a la hora de determinar la responsabilidad civil se aplicarán los mismos criterios que se aplicarían si (con independencia de si es delito o no) se acude al mecanismo civil previsto en la ley.
Puedes mirar el fallo de la sentencia en Twitter, y ver que no dice nada de ningún delito ni impone ninguna pena.
#14:
#13 No he pagado por un periódico digital en la vida Hulio
#6:
#2 Y lo harías. Y punto. Y cuando el juez te dictase la sentencia se te cerraría tanto el culo que cagarías por la boca.
#9:
Acabo de descubrir que Hermann Tertsch me tiene bloqueado en Twitter
#42:
#13 Como en muchos medios solo tienes que borrar cookis y ya esta...es un muro de pago poroso. Y debemos de acostumbrarnos ya que son cada vez mas los medios que utilizan esta formula de x noticias mes. Si no solo vamos a tener acceso a las hojas parroquiales. Yo tengo configurados muchos medios para que cuando cierre el navegados borre los datos de visitas ... así me evito de hacerlo manualmente.
#14 Pues yo, harto de quejarme de los medios tradicionales manipuladores, lacayos de sus oligarcas, he decido tomar acción y me suscribí la semana pasada a publico.es (en un futuro, no descarto hacer alguna donación también a diario.es)
Hay un detalle perverso y retorcido en todo esto del que la mayoría no parece darse cuenta. La sentencia indica explícitamente que deberá borrar 2 tweets de su perfil. Supongo que ya lo habrá hecho. Pero él mismo sube las imágenes del fallo judicial a su propio perfil, lo cual, en cierto modo hace que el mensaje de esos tweets siga ahí. Es un cabronazo de mucho cuidado…
#13 Como en muchos medios solo tienes que borrar cookis y ya esta...es un muro de pago poroso. Y debemos de acostumbrarnos ya que son cada vez mas los medios que utilizan esta formula de x noticias mes. Si no solo vamos a tener acceso a las hojas parroquiales. Yo tengo configurados muchos medios para que cuando cierre el navegados borre los datos de visitas ... así me evito de hacerlo manualmente.
#42 El problema es que hay páginas en las que sí quiero mantener las cookies, como Meneame. ¿Hay alguna manera de borrar las cookies solo de un sitio, en móvil?
Pero entrando en modo incógnito se puede leer todo.
Añado, se ve que Tertsch es reincidente:
"No es la primera vez que el columnista de Vox debe dar explicaciones a la Justicia por vulnerar el honor de la familia de Iglesias. Ya en julio de 2017 un juzgado de Zamora le condenó por decir en un artículo del diario ABC que el abuelo del exvicepresidente del Gobierno “fue condenado a muerte por participar en sacas, es decir en la caza de civiles inocentes desarmados en la retaguardia en Madrid”.
Y al mismo tiempo se ve que le suda la polla.
Tengo el convencimiento de que a pesar de las multas y las denuncias, aún le cunde económicamente y en términos de popularidad, las polémicas estas estúpidas que se trae entre manos.
Tertsch tiene más de 290 mil seguidores en Twitter, con lo que esos mensajes, según indica el magistrado, son “susceptibles” de ser “difundidos por las redes sociales, llegando incluso a publicarse en algún periódico digital”
#50 joer, me esmero en detallar eso en mi comentario, y ni por esas...
Otra cosa son las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas.
Lo mismo con las multas, muchas de ellas son infracciones recogidas en reglamentos, no en leyes. Pero lo que hablamos, está recogido en una ley concreta.
Que importa esto? Si vas a su cuenta de Twitter y todos sus fans diciendo que si, que lo condenaron por intromisión al honor pero no por mentir y que da igual lo que ponga la sentencia que ellos saben que lo que dijo es verdad. Y así con todo. Da igual que suelten bulos porque aunque los desmientan con pruebas, aunque haya un juez que juzgue esos bulos y sentencie en contra o sea lo que sea, tienen tanto odio que ellos quieren creer lo que quieren creer por eso no paran de soltar bulos porque saben que se los van a creer pase lo que pase.
A ver Hermann Tertsch no escribe el en twitter.... Le han hecho seguimiento de las horas a las que escribia cosas en twitter, y habia dias que escribia algo en todas y cada una de las 24h del dia, asi que o se mete farlopa (Que no lo descarto) o escriben mas personas por el
Un soplapollas con una condena ínfima en comparación al daño perpetrado. Que pongan su puta cara en un cartel en todas las sedes de los derecharras, a cuenta de su partido, molaría bastante más.
Vaya cámara de eco que está hecho twitter. Los comentarios a su twitt que veo si he iniciado sesión o si abro el twitt en una ventana incognito son completamente opuestos.
Y dale con el delito. Ese delito no existe. Ni a este ni a Echenique se les condenó por un delito (pero seguro que en el caso de Echenique El Ideario no se despista, con Echenique se despistarán los otros). Errónea.
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo primero
1. El derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado en el artículo dieciocho de la Constitución, será protegido civilmente frente a todo género de intromisiones ilegítimas, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley Orgánica.
2. El carácter delictivo de la intromisión no impedirá el recurso al procedimiento de tutela judicial previsto en el artículo 9.º de esta Ley. En cualquier caso, serán aplicables los criterios de esta Ley para la determinación de la responsabilidad civil derivada del delito.
#48 Delitos son las acciones y omisiones para las que la ley penal prevé un castigo. La LO 1/1982 no es ley penal, sino que regula acciones de naturaleza civil.
las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas
Esa afirmación carece del más mínimo sentido, empezando porque no se sabe a qué te refieres con "faltas", si a las antiguas faltas penales, a las infracciones administrativas o a alguna invención tuya, continuando porque las leyes son normas también y terminando porque el art. 25 de la Constitución proclama el principio de legalidad en materia penal y sancionadora, que impide que los poderes públicos impongan sanciones, penales o no, por infracciones que no estén previstas en normas con rango de ley. Con matices.
#57 Vale, ahora léete lo que has puesto. Por si no eres capaz, te lo explico: la LO 1/1982 prevé acciones civiles (está en el nombre) para la protección del derecho al honor (y otros, pero aquí hablamos de derecho al honor). El art. 1.2 lo que dice es:
Primero, que puede hacerse uso del procedimiento civil previsto en la ley incluso frente a intromisiones ilegítimas en el derecho al honor que sean constitutivas de delito. No que todas las lesiones del derecho al honor recogidas en esa ley sean delito, porque no es ley penal, sino que, en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, no por ello está el perjudicado obligado a acudir a un procedimiento penal sino que puede utilizarse alternativamente el mecanismo civil previsto en la ley, que igualmente es aplicable a intromisiones ilegítimas que no sean constitutivas de delito.
Segundo, que en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, y se obtenga una condena penal, a la hora de determinar la responsabilidad civil se aplicarán los mismos criterios que se aplicarían si (con independencia de si es delito o no) se acude al mecanismo civil previsto en la ley.
Puedes mirar el fallo de la sentencia en Twitter, y ver que no dice nada de ningún delito ni impone ninguna pena.
#57 y #48 ¿Os imagináis que yo, por ejemplo, sin tener ni idea de programación, cogiera el código fuente de un programa y me pusiera a hacer comentarios con lo que yo entiendo que pone en ese código fuente? Pues eso pasa muchísimo aquí, que interpretáis textos normativos sin haber pasado por una facultad de Derecho, pensando que estáis entendiendo lo que pone cuando no es así. #5 Tiene razón, Hermann no ha sido condenado por "un delito de intromisión ilegítima", ha sido condenado por una intromisión ilegítima (sin delito), que no es lo mismo.
#61 No lo van a entender porque no se entendería que una LO de ese año no incluyera los cambios en los delitos y faltas posteriores a la gran reforma del 83 que es la, por así llamarla, democrática sin responsabilidad objetiva (el que es causa de la cáusa es causa del mal causado) o el posterior código del 95. Juraría que en esa ley del 81 se tipificaban los delitos y faltas empezando en “crímenes” con base en 1870: todo eso debe interpretarse
Y eso solo para empezar a comentarlo porque una LO de esa fecha, su interpretación, ya no es la que aparece en la letra por razones obvias
Comentarios
En cuanto se meta un lingotazo vuelve a liarla.
Es lo que tiene la ultraderechita cobarde y loca.
#4 Y con las paguitas, que no olvidemos que todos estos viven de nuestro dinero.
#4 Lo dices como si dejase los lingotazos alguna vez...
#4 Pues con vino, orujo, trankimazines y escuchando a Losantos, ya sabes cuál es el efecto secundario.
#4 Pues oye si les sale la ebriedad a 15.000 por trago yo hasta les aplaudo y les canto
#44 Lo que pasa es que esa copas se las estamos pagando nosotros.
#4 ¿La ultraderechita borracha?
#13 No he pagado por un periódico digital en la vida Hulio
#14 Habrás hecho el paripé de decirles que no tienes pasta.
#16 Ni eso, no he tenido que tocar nada. Para eso hay que registrarse además, y no lo estoy.
#17 Ah, ya veo. Hay un tope de 10 noticias al mes.
#18 https://www.hidemyass-freeproxy.com/proxy/es-es/aHR0cHM6Ly93d3cuZWxkaWFyaW8uZXMvcmFzdHJlYWRvci9oZXJtYW5uLXRlcnRzY2gtY3VtcGxlLWNvbmRlbmEtdHdpdHRlci1yZWxhY2lvbmFyLXBhZHJlLXBhYmxvLWlnbGVzaWFzLWFzZXNpbmF0b18xMjlfODgzOTcxNC5odG1s
#16 Yo tampoco pago ni un duro y la puedo leer sin ningún tipo de problemas y no estoy ni registrado, ni nada por el estilo
#14 Pues yo, harto de quejarme de los medios tradicionales manipuladores, lacayos de sus oligarcas, he decido tomar acción y me suscribí la semana pasada a publico.es (en un futuro, no descarto hacer alguna donación también a diario.es)
Acabo de descubrir que Hermann Tertsch me tiene bloqueado en Twitter
#9 ¡Enhorabuena!
#9 ¿Cómo lo has hecho?
#12 pues supongo que en algún momento le habré increpado y yo no soy de insultar mucho así que me parece que será un bloqueo sectario.
#15 Coño, a mi también me dice que estoy bloqueado y no escribo nada desde hará cinco años o así.
#15 Y sin insultar, a mi me bloqueo por alabar su higado.
#12 suéltame algún improperio que hoy está "calentito",bueno, más de lo normal.
Cc: #9
#12 Tú solo recuérdale sus problemillas con el alcohol
#41 Si no tiene ningún problema con el alcohol, tiene todo el que quiere, cuando quiere
#9 Algo estarás haciendo bien
Cómo le jode a sus nazitos
#3 #31
Hay un detalle perverso y retorcido en todo esto del que la mayoría no parece darse cuenta. La sentencia indica explícitamente que deberá borrar 2 tweets de su perfil. Supongo que ya lo habrá hecho. Pero él mismo sube las imágenes del fallo judicial a su propio perfil, lo cual, en cierto modo hace que el mensaje de esos tweets siga ahí. Es un cabronazo de mucho cuidado…
#70 La propia sentencia le obliga a ambas cosas.
Y conste que para mí defender a este ser me da urticaria, alergia y dentera.
#13 Como en muchos medios solo tienes que borrar cookis y ya esta...es un muro de pago poroso. Y debemos de acostumbrarnos ya que son cada vez mas los medios que utilizan esta formula de x noticias mes. Si no solo vamos a tener acceso a las hojas parroquiales. Yo tengo configurados muchos medios para que cuando cierre el navegados borre los datos de visitas ... así me evito de hacerlo manualmente.
#42 El problema es que hay páginas en las que sí quiero mantener las cookies, como Meneame. ¿Hay alguna manera de borrar las cookies solo de un sitio, en móvil?
#49 o en versión escritorio (Firefox)
Mis dieses serían suyos.
#55 En versión escritorio de Firefox es muy fácil: candado al lado de la url y limpiar cookies.
En chrome:
Le das al candado al lado de la url, le das a cookies, y en el cuadro que te abre, le vas dando a "quitar" a todas.
( Edito porque puse primero la de chrome pensando que estaba en FF )
#72 Gracias!
#49 sí hay una extensión, creo es DELETE ALL COOKIES, y tiene una lista blanca de no borrar.
#49 En Edge puedes decidir que webs borras al salir... supongo que el resto de los navegadores también.
Si te fijas en la parte alta de la barra de navegación cuando entras en un sitio los puedes borrar al vuelo...
Esto es en Firefox por ejemplo ...o en todos los navegadores será lo mismo sin necesidad de entra en configuración. Son dos cliks.
#63 Gracias, no lo sabía.
#42 Ábrelo en una ventana de incógnito o borra las cookies y almacenamiento de sesiión, local, etc y listo
Muro de pago.
#1 Pues yo la he leído sin problema.
Por cierto hay lágrimas de facha, hay meneo.
#3 Ya, imagino que si pagas podrás leerla sin problema. Pero quienes no estamos suscritos no podemos acceder.
Aquí, por ejemplo, está accesible:
https://www.elplural.com/politica/espana/hermann-tertsch-condenado-por-llamar-terrorista-padre-pablo-iglesias_286171102
#13 A mi tampoco me salta muro de pago, se ve perfectamente desde el principio.
#66 Sí, ya está aclarado. Es un límite mensual.
#1 A mí también me aparece de pago.
Pero entrando en modo incógnito se puede leer todo.
Añado, se ve que Tertsch es reincidente:
"No es la primera vez que el columnista de Vox debe dar explicaciones a la Justicia por vulnerar el honor de la familia de Iglesias. Ya en julio de 2017 un juzgado de Zamora le condenó por decir en un artículo del diario ABC que el abuelo del exvicepresidente del Gobierno “fue condenado a muerte por participar en sacas, es decir en la caza de civiles inocentes desarmados en la retaguardia en Madrid”.
Y al mismo tiempo se ve que le suda la polla.
Tengo el convencimiento de que a pesar de las multas y las denuncias, aún le cunde económicamente y en términos de popularidad, las polémicas estas estúpidas que se trae entre manos.
la derechona borracha
"Acato", dice el mentecato.
A mí me obliga el juez a retractarme de lo que sea aquí,en mnm,y me parto el ojete.
#2 Y lo harías. Y punto. Y cuando el juez te dictase la sentencia se te cerraría tanto el culo que cagarías por la boca.
#6 Obedecería,por supuesto.
Y me partiría la caja.
Pocas cosas veo más vacías que un "lo siento,me equivoqué,no volverá a ocurrir"
#2 ¿Y por los 15.000 pavos, y la condena en costas tambien?
#26 la parte de retractarse...en las redes
#27 Pues como la de Urdaci en el Telediario...
https://es.wikipedia.org/wiki/Ce_ce_o_o
¿Que otra condena crees que merecería?
#28 100.000€ y cincuenta latigazos
#30 yo pagaba eso por dárselos
Tertsch tiene más de 290 mil seguidores en Twitter, con lo que esos mensajes, según indica el magistrado, son “susceptibles” de ser “difundidos por las redes sociales, llegando incluso a publicarse en algún periódico digital”
Definitivamente hay gente pa tó...
#34 Ya te digo, hay que ser imbécil para seguir a ese infecto trozo de carne
¿Es ya Hermann Tertsch el mayor financiador individual de Podemos? si no lo es poco le debe faltar. 😂
La derechita antisistema
Veis, Vox no es solamente músculo obrero, también está trufado de intelectuales de renombre como el maestro Tertsch.
vaya, con lo duros q parecen estos de Vox y despues se humillan a si mismos teniendo q rectificar bulos
Creo q le voy a dar positivo a ese tweet para q se comparta y se haga lo mas popular
Las mentiras se pagan.
#50 joer, me esmero en detallar eso en mi comentario, y ni por esas...
Otra cosa son las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas.
Lo mismo con las multas, muchas de ellas son infracciones recogidas en reglamentos, no en leyes. Pero lo que hablamos, está recogido en una ley concreta.
Muro de pago.
#32 Prueba en modo incógnito.
¿Y este no pierde su acta de eurodiputado ni le expulsan de la cámara?
A pagar.
Recordemos de quien es hijo el bueno de Herrrrmann...
Hail!!
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Ekkehard_Tertsch
Que importa esto? Si vas a su cuenta de Twitter y todos sus fans diciendo que si, que lo condenaron por intromisión al honor pero no por mentir y que da igual lo que ponga la sentencia que ellos saben que lo que dijo es verdad. Y así con todo. Da igual que suelten bulos porque aunque los desmientan con pruebas, aunque haya un juez que juzgue esos bulos y sentencie en contra o sea lo que sea, tienen tanto odio que ellos quieren creer lo que quieren creer por eso no paran de soltar bulos porque saben que se los van a creer pase lo que pase.
Una ayudita para los bloqueados...
A ver Hermann Tertsch no escribe el en twitter.... Le han hecho seguimiento de las horas a las que escribia cosas en twitter, y habia dias que escribia algo en todas y cada una de las 24h del dia, asi que o se mete farlopa (Que no lo descarto) o escriben mas personas por el
Es que lo era. Era un asesino
Acata, hiena carroñera, acata
Hermann Tertsch es una caricatura de sí mismo. Menudo retrasado...
Un soplapollas con una condena ínfima en comparación al daño perpetrado. Que pongan su puta cara en un cartel en todas las sedes de los derecharras, a cuenta de su partido, molaría bastante más.
¡Qué cobardemente sucinto! Bien que se esparramó cuando difamó.
Vaya cámara de eco que está hecho twitter. Los comentarios a su twitt que veo si he iniciado sesión o si abro el twitt en una ventana incognito son completamente opuestos.
A veces reporto cuentas de fascistillas en twitter, pero con la de Hermann creo que sería contraproducente...
condenó a un delito de intromisión ilegítima
Y dale con el delito. Ese delito no existe. Ni a este ni a Echenique se les condenó por un delito (pero seguro que en el caso de Echenique El Ideario no se despista, con Echenique se despistarán los otros). Errónea.
#5
delito.
3. m. Der. Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley.
Ha cometido una acción voluntaria que está penada por la ley, por tanto, ha cometido un delito.
Otra cosa son las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas. Pero el derecho al honor está recogido por una ley:
artículos 7 y 8 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen
#48 entonces cualquier falta o multa es un delito. Lo que pasa es que la RAE no hace las leyes.
#50 #5
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-11196
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo primero
1. El derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, garantizado en el artículo dieciocho de la Constitución, será protegido civilmente frente a todo género de intromisiones ilegítimas, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley Orgánica.
2. El carácter delictivo de la intromisión no impedirá el recurso al procedimiento de tutela judicial previsto en el artículo 9.º de esta Ley. En cualquier caso, serán aplicables los criterios de esta Ley para la determinación de la responsabilidad civil derivada del delito.
#48 Delitos son las acciones y omisiones para las que la ley penal prevé un castigo. La LO 1/1982 no es ley penal, sino que regula acciones de naturaleza civil.
las faltas, que son cosas que no están penadas por leyes, sino por normas
Esa afirmación carece del más mínimo sentido, empezando porque no se sabe a qué te refieres con "faltas", si a las antiguas faltas penales, a las infracciones administrativas o a alguna invención tuya, continuando porque las leyes son normas también y terminando porque el art. 25 de la Constitución proclama el principio de legalidad en materia penal y sancionadora, que impide que los poderes públicos impongan sanciones, penales o no, por infracciones que no estén previstas en normas con rango de ley. Con matices.
#57 Vale, ahora léete lo que has puesto. Por si no eres capaz, te lo explico: la LO 1/1982 prevé acciones civiles (está en el nombre) para la protección del derecho al honor (y otros, pero aquí hablamos de derecho al honor). El art. 1.2 lo que dice es:
Primero, que puede hacerse uso del procedimiento civil previsto en la ley incluso frente a intromisiones ilegítimas en el derecho al honor que sean constitutivas de delito. No que todas las lesiones del derecho al honor recogidas en esa ley sean delito, porque no es ley penal, sino que, en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, no por ello está el perjudicado obligado a acudir a un procedimiento penal sino que puede utilizarse alternativamente el mecanismo civil previsto en la ley, que igualmente es aplicable a intromisiones ilegítimas que no sean constitutivas de delito.
Segundo, que en el supuesto de que una lesión del derecho al honor sea constitutiva de delito, y se obtenga una condena penal, a la hora de determinar la responsabilidad civil se aplicarán los mismos criterios que se aplicarían si (con independencia de si es delito o no) se acude al mecanismo civil previsto en la ley.
Puedes mirar el fallo de la sentencia en Twitter, y ver que no dice nada de ningún delito ni impone ninguna pena.
#57 y #48 ¿Os imagináis que yo, por ejemplo, sin tener ni idea de programación, cogiera el código fuente de un programa y me pusiera a hacer comentarios con lo que yo entiendo que pone en ese código fuente? Pues eso pasa muchísimo aquí, que interpretáis textos normativos sin haber pasado por una facultad de Derecho, pensando que estáis entendiendo lo que pone cuando no es así. #5 Tiene razón, Hermann no ha sido condenado por "un delito de intromisión ilegítima", ha sido condenado por una intromisión ilegítima (sin delito), que no es lo mismo.
#60 lo ha explicado muy bien.
#61 No lo van a entender porque no se entendería que una LO de ese año no incluyera los cambios en los delitos y faltas posteriores a la gran reforma del 83 que es la, por así llamarla, democrática sin responsabilidad objetiva (el que es causa de la cáusa es causa del mal causado) o el posterior código del 95. Juraría que en esa ley del 81 se tipificaban los delitos y faltas empezando en “crímenes” con base en 1870: todo eso debe interpretarse
Y eso solo para empezar a comentarlo porque una LO de esa fecha, su interpretación, ya no es la que aparece en la letra por razones obvias
Muy buen ejemplo el ejemplo del código