#28:
Alguien dijo: "Nuestro país no necesita muchas leyes nuevas; bastaría con que se cumplieran las ya existentes". Para eso hay que conocerlas, claro.
ANEXO I
2. Peatón: Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.
Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y los impedidos que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.
Artículo 121. Circulación por zonas peatonales.
Excepciones.
1. Los peatones están obligados a transitar por la zona peatonal, salvo cuando ésta no exista o no sea practicable; en tal caso, podrán hacerlo por el arcén o, en su defecto, por la calzada, de acuerdo con las normas que se determinan en este capítulo (artículo 49.1 del texto articulado).
2. Sin embargo, aun cuando haya zona peatonal, siempre que adopte las debidas precauciones, podrá circular por el arcén o, si éste no existe o no es transitable, por la calzada:
...
c) El impedido que transite en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del paso humano.
#3:
No entiendo; va con su silla de ruedas motorizada por la calzada, ya que no hay aceras, y se tira en dirección contraria.
Tener minusvalía creo que no te exime de ir por dirección contraria con un vehículo motorizado.
Debió ir por otra calle que sí cumpliese el sentido; si un coche baja y se la come qué-
#1:
Qué manía de escribir "amig@s", con lo fácil que es poner "amigxs" o "amigos/as".
#2:
#1 ¿Y el queridos?
¿Es que las amigas no pueden ser queridas?
#15:
#3 una persona en silla de ruedas es catalogada como peatón
#9 Cabe recordar que La RAE está formada en su gran mayoría por viejos y viejas (pocas) chochos y chochas que quizá no limpian, fijan y dan explendor acorde a criterios contemporáneos, comunmente aceptados (...y aceptadas).
#4#7#15
Si no es vehículo es peatón y como peatón te pueden multar por ir por la calzada.
Tema aparte es que para la acera no sea transitable y que normalmente no se multa a los peatones por ello, pero multarte pueden multarte.
Hay unas cuantas leyes que afectan a los peatones que la gente desconoce, como la que da preferencia al que va por la acera que está al lado derecho(según el sentido en el que te desplazas) o la que prohíbe quedarse parado en la acera(excepto para ciertas cosas).
#21 Creo que lo de prohibir quedarse parado lo quitaron no hace mucho. Incluso si haces grupos de esos con carritos de compra, de bebé, perros y correas extensibles incluidos, obligando a los peatones a bajar a la calzada, no es ilegal (ojo, me lo dijeron ante mis arranques de "síndrome tourette" cuando encontraba semejantes obstáculos, como diciendo... si si, tu despotrica y así te desahogas).
#27 Parece que si, el del 2003 (lo puso el PP) lo ha cambiado también el PP el año pasado(ademas de cambiar el nombre)
Aunque según un borrador que he visto llevan desde el 2011 redactándolo.
El "Reglamento general de circulación" ahora se llama "Reglamento general de circulación urbana e interurbana".
Me ha llamado la atención este punto, que seguramente lo de "aparatos mecánicos de movilidad personal" puede se aplique a este caso: 6. Los aparatos mecánicos de movilidad personal únicamente podrán
usarse en las vías, condiciones y supuestos que expresamente autorice la
autoridad municipal, quedando prohibida su circulación por vías interurbanas y
travesías.
#38 Ojo, que en el reglamento que dices he encontrado esto:
2. Aún cuando haya zona peatonal, podrán circular por el arcén o, si éste
no existe o no es suficiente, por la calzada adoptando las debidas precauciones y
salvo prohibición de circulación:
a) Quienes lleven algún objeto voluminoso o empujen o arrastren un
vehículo de reducidas dimensiones que no sea de motor, si su circulación por la
zona peatonal o por el arcén pudiera constituir un estorbo considerable para los
demás peatones.
b) Todo grupo de peatones dirigido por una persona o que forme cortejo.
c) Quienes transiten en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del
paso humano.
Por tanto, puede circular por la calzada.
#39 Exacto, sillas de ruedas con o sin motor pueden circular por la calzada.
La cuestión es si el triciclo que llevaba ella se considera silla o se considera vehículo, y parece que ni los policías lo tenían claro, ya que como se ve en la foto donde pone "tipo de vehículo" lo han dejado en blanco
#3 ¿Lleva matrícula?
Pues si no lleva matrícula y el minusválido no tiene carnet, el poli se extralimitó,
o por el contrario estaría detenido por conducir sin carnet.
#7 Las bicicletas tampoco y sin embargo tienen que comportarse de la misma manera que los vehículos cuando usan las vías públicas. Otra cosa es que no lo hagan pero el código de la circulación así lo establece.
#26 no se comportan como coches, porque no tienen las limitaciones de ese medio.
¿Te imaginas un atasco de ciclistas todos puestos en fila India para comportarse igual que los vehículos como los que dicen que les van a multar?
Obedecer las mismas leyes con que se castiga a los coches puede resultar mortal, y lo que digan unas leyes incapaces de garantizar la seguridad debería sudar la polla.
1. Seguridad conduciendo.
2. Leyes abstractas de tráfico para coches.
Google: "women cyclist die run over by lorries because they obey traffic lights"
#29 A lo que me refiero es que tienen que respetar el código de la circulación al que están sometidos. No pueden saltarse semáforos en rojo, no pueden circular por las aceras, no pueden cruzar por los pasos de peatones de un lado a otro de la calle, no pueden ir por dirección prohibida ni hacer giros no permitidos, etc.
Mi comentario era como contestación al usuario que decía que no se le podía multar por no tener matrícula y yo hacía la comparativa con las bicicletas.
Por cierto, los peatones tampoco llevan matrícula y les pueden multar si cruzan con el semáforo en rojo para ellos, creo que son 100 euros.
#32 no tienes por qué repetir la misma bazofia de siempre.
Los ciclistas pueden y deben saltarse el semáforo en rojo, porque así se garantizar la seguridad personal y ajena. Ya sé que cocha contra tus prejuicios, pero está estudiado y demostrado comparando las muertes de mujeres con las de los hombres.
Google: "women cyclist die run over by lorries because they obey traffic lights"
#33 Lo primero que hay que tener en cuenta es que la bici se rige por el Reglamento General de la Circulación como si de un coche se tratase. Por lo tanto, saltarse un semáforo supone una sanción de 200 euros, y no detenerse en un stop una de 120. Y por supuesto, nada de alcohol. Las sanciones pueden llegar hasta 500 euros en función de la tasa de alcoholemia, y negarse a realizar la prueba está penado con 400 euros.
#3 A ver, que estamos hablando de alguien que escribe "amig@s". Probablemente tenga algún tipo de minusvalía psíquica que le impide distinguir el sentido de las calles o las normas ortográficas más elementales.
No puedo ver la noticia porque tengo bloqueado Facebook, esa herramienta de espionaje, pero hoy iba con el Opel Corsa y me veo a un tipo caminando por el centro de la carretera en dirección a mí, así que disminuí la velocidad, me aparté lo que pude al arcén, y el tipo siguió su camino y me hizo la señal de la cruz. Yo no sé lo que está pasando, pero cada vez hay más sonados sueltos, cada día hay más zumbados a su bola.
ANEXO I
2. Peatón: Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.
Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y los impedidos que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.
Artículo 121. Circulación por zonas peatonales.
Excepciones.
1. Los peatones están obligados a transitar por la zona peatonal, salvo cuando ésta no exista o no sea practicable; en tal caso, podrán hacerlo por el arcén o, en su defecto, por la calzada, de acuerdo con las normas que se determinan en este capítulo (artículo 49.1 del texto articulado).
2. Sin embargo, aun cuando haya zona peatonal, siempre que adopte las debidas precauciones, podrá circular por el arcén o, si éste no existe o no es transitable, por la calzada:
...
c) El impedido que transite en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del paso humano.
#28 Entonces si esto es así, un juez le dará la razón y asunto zanjado, el estado pagara las costas y una indemnización y aquí no ha pasado nada.
¿Cual es el problema?
#35 A mí me parece un problema que un policía local desconozca (o aplique mal a sabiendas, que sería peor) la normativa sobre la que tiene que ejercer sus competencias, no sé a ti.
Lo del contencioso-administrativo, las tasas (50% importe de la sanción recurrida), las costas (ver art 139.1 LJCA) y la "indemnización" (¿indemnización?), mejor lo dejamos para otro rato.
ya me puse en contacto con la alcaldía,con el defensor del pueblo andaluz y con los medios de comunicación Canal sur Radio , Antena 3 ,Diario Sur. El Pais
Y en facebook. Y en meneame. Pero con un abogado no.
Tal vez la multa deberían ponérsela al alcalde y exalcaldes del pueblo, lo mismo así arreglaban el problema.
P.D. Espero que el cacharro ese tenga buenos frenos...
#58 Hay que ser@admin para dirimir ciertas cuestiones. No se vota contra el mensajero —se vota contra el envío. Y oye, sí, voto negativo a lo que provenga de facebook o no, según mi cambiante criterio. ¿Te molesta? Lamento que te sientas ofendido. Ya te desofenderás. O no. Es cosa tuya.
Comentarios
Qué manía de escribir "amig@s", con lo fácil que es poner "amigxs" o "amigos/as".
#1 ¿Y el queridos?
¿Es que las amigas no pueden ser queridas?
#1 Pues en las comunicaciones de la guardería de mi hijo ponen la puta @, menos mal que no los enseñan a escribir ahí.
#5 ¿Escriben put@ ? Pues vaya cosas que les enseñan...
#1 Y sin embargo amigas y amigos es correcto como lo es señoras y señores
#6 Según la RAE no
http://www.rae.es/consultas/los-ciudadanos-y-las-ciudadanas-los-ninos-y-las-ninas
#9 Claro que no es correcto lo de niños y niñas, además es de mala educación, lo correcto es niñas y niños, ciudadanas y ciudadanos, primero ellas.
#10 Y además dos veces, una solas y luego con el resto.
#9 Cabe recordar que La RAE está formada en su gran mayoría por viejos y viejas (pocas) chochos y chochas que quizá no limpian, fijan y dan explendor acorde a criterios contemporáneos, comunmente aceptados (...y aceptadas).
#45 Una persona que escribe explendor no debería de hablar mucho.
#49 ...touché
#1 ¿como se lee "amigxs"?
#46 Tal y como lo has leído tú,
#47 yo siempre lo leo así: "amijjs"
#46 hamijos
#1 "amigxs"? POR FAVOR NO.
No entiendo; va con su silla de ruedas motorizada por la calzada, ya que no hay aceras, y se tira en dirección contraria.
Tener minusvalía creo que no te exime de ir por dirección contraria con un vehículo motorizado.
Debió ir por otra calle que sí cumpliese el sentido; si un coche baja y se la come qué-
#3 Sí, te exime.
#4 Sacto. Y ademas tiene privilegio
c/c #3
#4 #7 #15
Si no es vehículo es peatón y como peatón te pueden multar por ir por la calzada.
Tema aparte es que para la acera no sea transitable y que normalmente no se multa a los peatones por ello, pero multarte pueden multarte.
Hay unas cuantas leyes que afectan a los peatones que la gente desconoce, como la que da preferencia al que va por la acera que está al lado derecho(según el sentido en el que te desplazas) o la que prohíbe quedarse parado en la acera(excepto para ciertas cosas).
#21 Creo que lo de prohibir quedarse parado lo quitaron no hace mucho. Incluso si haces grupos de esos con carritos de compra, de bebé, perros y correas extensibles incluidos, obligando a los peatones a bajar a la calzada, no es ilegal (ojo, me lo dijeron ante mis arranques de "síndrome tourette" cuando encontraba semejantes obstáculos, como diciendo... si si, tu despotrica y así te desahogas).
#27 Parece que si, el del 2003 (lo puso el PP) lo ha cambiado también el PP el año pasado(ademas de cambiar el nombre)
Aunque según un borrador que he visto llevan desde el 2011 redactándolo.
El "Reglamento general de circulación" ahora se llama "Reglamento general de circulación urbana e interurbana".
Me ha llamado la atención este punto, que seguramente lo de "aparatos mecánicos de movilidad personal" puede se aplique a este caso:
6. Los aparatos mecánicos de movilidad personal únicamente podrán
usarse en las vías, condiciones y supuestos que expresamente autorice la
autoridad municipal, quedando prohibida su circulación por vías interurbanas y
travesías.
#38 Ojo, que en el reglamento que dices he encontrado esto:
2. Aún cuando haya zona peatonal, podrán circular por el arcén o, si éste
no existe o no es suficiente, por la calzada adoptando las debidas precauciones y
salvo prohibición de circulación:
a) Quienes lleven algún objeto voluminoso o empujen o arrastren un
vehículo de reducidas dimensiones que no sea de motor, si su circulación por la
zona peatonal o por el arcén pudiera constituir un estorbo considerable para los
demás peatones.
b) Todo grupo de peatones dirigido por una persona o que forme cortejo.
c) Quienes transiten en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del
paso humano.
Por tanto, puede circular por la calzada.
#39 En el anterior también, por eso ya dije originalmente "Tema aparte es que para la acera no sea transitable".
#40 Que es el caso de la foto, ok, disculpa, no lo había leído
#39 Exacto, sillas de ruedas con o sin motor pueden circular por la calzada.
La cuestión es si el triciclo que llevaba ella se considera silla o se considera vehículo, y parece que ni los policías lo tenían claro, ya que como se ve en la foto donde pone "tipo de vehículo" lo han dejado en blanco
#43 Como para quedarse la silla sin batería a media cuesta.
#3 ¿Lleva matrícula?
Pues si no lleva matrícula y el minusválido no tiene carnet, el poli se extralimitó,
o por el contrario estaría detenido por conducir sin carnet.
#7 claro campeón, y si no llevas calzoncillos tampoco.
#12 Ahora es la camisa, te pueden multar por conducir sin camisa
#7 Las bicicletas tampoco y sin embargo tienen que comportarse de la misma manera que los vehículos cuando usan las vías públicas. Otra cosa es que no lo hagan pero el código de la circulación así lo establece.
#26 no se comportan como coches, porque no tienen las limitaciones de ese medio.
¿Te imaginas un atasco de ciclistas todos puestos en fila India para comportarse igual que los vehículos como los que dicen que les van a multar?
Obedecer las mismas leyes con que se castiga a los coches puede resultar mortal, y lo que digan unas leyes incapaces de garantizar la seguridad debería sudar la polla.
1. Seguridad conduciendo.
2. Leyes abstractas de tráfico para coches.
Google: "women cyclist die run over by lorries because they obey traffic lights"
#29 A lo que me refiero es que tienen que respetar el código de la circulación al que están sometidos. No pueden saltarse semáforos en rojo, no pueden circular por las aceras, no pueden cruzar por los pasos de peatones de un lado a otro de la calle, no pueden ir por dirección prohibida ni hacer giros no permitidos, etc.
Mi comentario era como contestación al usuario que decía que no se le podía multar por no tener matrícula y yo hacía la comparativa con las bicicletas.
Por cierto, los peatones tampoco llevan matrícula y les pueden multar si cruzan con el semáforo en rojo para ellos, creo que son 100 euros.
#32 no tienes por qué repetir la misma bazofia de siempre.
Los ciclistas pueden y deben saltarse el semáforo en rojo, porque así se garantizar la seguridad personal y ajena. Ya sé que cocha contra tus prejuicios, pero está estudiado y demostrado comparando las muertes de mujeres con las de los hombres.
Google: "women cyclist die run over by lorries because they obey traffic lights"
Aquí te lo explican si sabes inglés:
http://news.bbc.co.uk/2/hi/uk_news/magazine/8296971.stm
#33 Lo primero que hay que tener en cuenta es que la bici se rige por el Reglamento General de la Circulación como si de un coche se tratase. Por lo tanto, saltarse un semáforo supone una sanción de 200 euros, y no detenerse en un stop una de 120. Y por supuesto, nada de alcohol. Las sanciones pueden llegar hasta 500 euros en función de la tasa de alcoholemia, y negarse a realizar la prueba está penado con 400 euros.
#3 una persona en silla de ruedas es catalogada como peatón
#3 A ver, que estamos hablando de alguien que escribe "amig@s". Probablemente tenga algún tipo de minusvalía psíquica que le impide distinguir el sentido de las calles o las normas ortográficas más elementales.
No puedo ver la noticia porque tengo bloqueado Facebook, esa herramienta de espionaje, pero hoy iba con el Opel Corsa y me veo a un tipo caminando por el centro de la carretera en dirección a mí, así que disminuí la velocidad, me aparté lo que pude al arcén, y el tipo siguió su camino y me hizo la señal de la cruz. Yo no sé lo que está pasando, pero cada vez hay más sonados sueltos, cada día hay más zumbados a su bola.
#14 Facebook, Scribd, apps, los grandes hijos de puta de internet
Alguien dijo: "Nuestro país no necesita muchas leyes nuevas; bastaría con que se cumplieran las ya existentes". Para eso hay que conocerlas, claro.
Reglamento General de Circulación http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html
ANEXO I
2. Peatón: Persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.
Son también peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de impedido o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y los impedidos que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor.
Artículo 121. Circulación por zonas peatonales.
Excepciones.
1. Los peatones están obligados a transitar por la zona peatonal, salvo cuando ésta no exista o no sea practicable; en tal caso, podrán hacerlo por el arcén o, en su defecto, por la calzada, de acuerdo con las normas que se determinan en este capítulo (artículo 49.1 del texto articulado).
2. Sin embargo, aun cuando haya zona peatonal, siempre que adopte las debidas precauciones, podrá circular por el arcén o, si éste no existe o no es transitable, por la calzada:
...
c) El impedido que transite en silla de ruedas con o sin motor, a velocidad del paso humano.
#28 muy sabio ese Alguien.
Conocer las leyes nos ahorra debates pueriles.
#28 Entonces si esto es así, un juez le dará la razón y asunto zanjado, el estado pagara las costas y una indemnización y aquí no ha pasado nada.
¿Cual es el problema?
#35 A mí me parece un problema que un policía local desconozca (o aplique mal a sabiendas, que sería peor) la normativa sobre la que tiene que ejercer sus competencias, no sé a ti.
Lo del contencioso-administrativo, las tasas (50% importe de la sanción recurrida), las costas (ver art 139.1 LJCA) y la "indemnización" (¿indemnización?), mejor lo dejamos para otro rato.
ya me puse en contacto con la alcaldía,con el defensor del pueblo andaluz y con los medios de comunicación Canal sur Radio , Antena 3 ,Diario Sur. El Pais
Y en facebook. Y en meneame. Pero con un abogado no.
#20 Es que pagar a un abogado vale más que pagar la multa
#23 lo mismo el abogado le diría que haber respetado el sentido.
Es un viral del Restaurante Rufino Benahavis
Tal vez la multa deberían ponérsela al alcalde y exalcaldes del pueblo, lo mismo así arreglaban el problema.
P.D. Espero que el cacharro ese tenga buenos frenos...
#8 es electrica. Solo funciona cuando das al joystick
#16 Lo digo por la cuestecita de las fotos
#17 A, sí, es empinada de cojones.
#56 Facha
#58 Negativo por suponer demasiado
#58 Hay que ser@admin para dirimir ciertas cuestiones. No se vota contra el mensajero —se vota contra el envío. Y oye, sí, voto negativo a lo que provenga de facebook o no, según mi cambiante criterio. ¿Te molesta? Lamento que te sientas ofendido. Ya te desofenderás. O no. Es cosa tuya.
#56 Creatividad a tutiplén.
#57 hay que ser cabrón por votar negativo a la señora sólo porque no te guste Facebook.
¿Seguro que no le multaron también por no llevar el casco?
Err@ne@ p@r invent@rse p@l@br@s
#42 Errónea por feisbuc.
#52 También
#52 #42 Negativos por inventarse negativos.