A partir del 1 de enero de 2023 se estableció que todos los municipios con más de 50.000 habitantes debían contar con su propia ZBE. En municipios de más de 20.000 habitantes que superen los niveles límite de contaminación atmosférica, también deberán imponerse. Ahora bien, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dejó en poder de los propios municipios el establecimiento de estas zonas de bajas emisiones, y como esto es España, ¿adivina qué?; se han inclumplido los plazos y en la actualidad,
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5. Todo vehículo que circule o estacione en las vías públicas urbanas del término municipal de Madrid cuando esté
clasificado medioambientalmente según su potencial contaminante, en el Registro de Vehículos (en adelante, RV)
de la Dirección General de Tráfico (en adelante, DGT), en una categoría que disponga del correspondiente distintivo
ambiental, deberá exhibirlo durante su circulación y estacionamiento en los términos previstos en el Reglamento
General de Vehículos, aprobado mediante Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (en adelante, RGV) y la
disposición transitoria primera de esta ordenanza.
Eso si, el impuesto de circulación no lo retiramos, que hay que seguir amasando a costa de los de siempre.
Soy residente y no pretendo entrar más allá de la M30, pero prohibirme sacar el coche en mi propio barrio, bién alejado del centro... ¡No tienen vergüenza!.
cuando no es así, son asesinos comeniños, que fomentan la destrucción territorial y encima pretenden que los toros se extingan.