Hace 5 horas | Por nereira a epe.es
Publicado hace 5 horas por nereira a epe.es

A los agentes que protagonizaron una 'patada en la puerta' para frenar una fiesta que se estaba celebrando en plena pandemia en un piso en Madrid no les basta que la justicia les absuelva de un delito de allanamiento de morada. Quieren que, además, que se reconozca que actuaron correctamente durante su intervención.

Comentarios

HijosdeKroker

#8 y eso es excusa para que entre la policía en tu casa con una patada en la puerta?

Menudo precedente queréis marcaros.

Esku

#9 Yo no he mencionado la actuacion policial ni la he justificado, solo hablaba de la comparacion entre los dos ejemplos de #2.

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Y así fue, y si llego a ser yo además les cruzo la cara a los gilipollas del piso, por prepotentes, ridículos e insolidarios.

Esku

#2 Comparas usar un taladro, aunque sea de noche, lo cual haces tu solo, con invitar a varios colegas a una fiesta en tu casa con la musica a tope y gritos en un momento donde no te podias reunir con nadie?

l

#1 Ni tanto ni tan calvo.
Está muy bien que todo el mundo tuviese ganas de cruzarles la cara a los insolidarios, pero este tipo de actuación justificada es un primer paso (y de gigante) a un estado policial.

cocolisto

#1 Si hubiera sido en Vallecas no hubiera hecho falta tu intervención,ya se hubieran bastado ellos.Vivir el el barrio de Salamanca tiene sus ventajas,allí protestaban con sus cacerolas en plena pandemia a su libre albedrío mientras eran perseguidos ciudadanos a poco que se pasaran un pelín.

v

Les encantaría crear precedente

sxentinel

#3 Es lo que buscaban desde el principio... Rodear la ley para garantizarse entrar en las casas cuando les dé la gana con esa excusa. Aquí debería entrar el constitucional, que esto es muy grave.

CharlesBrowson

los mandos y los de arriba se tienen que estar partiendo la polla con estos pringaos

S

Literalmente, lo que dice la sentencia es que “el jefe del operativo dio la orden de abrir la puerta en la creencia de que actuaba en el ejercicio legítimo de su profesión y que la orden de abrir la puerta era legal”, lo que resulta suficiente para absolverle.

Dónde se ha quedado lo de no conocer la ley, no te exime de cumplirla?