Marta es una mujer valenciana soltera que, a sus 33 años, está decidida a tener un hijo. Lleva unos meses estudiando las opciones que la legislación española le permite, las cuales se reducen a acudir a una clínica de fertilidad en la que le asesoren sobre qué método le conviene más (básicamente, inseminación artificial o fecundación in vitro) o encontrar un "donante" del que quedarse embarazada mediante el coito.
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Pasando totalmente.
fresco... Calentito del día recién extraído.#21 ese derecho solo existe en tu cabeza, porque en las leyes no está.
www.conceptosjuridicos.com/manutencion/
La manutención es un beneficio que tienen por derecho todos los menores de edad desde su nacimiento.
www.legalitas.com/actualidad/manutencion-hijos-pension-alimentos
A los hijos menores de edad nunca se les puede privar de pensión alimenticia. Esta obligación, derivada de la propia patria potestad, se regula en el artículo 154 del Código Civil al disponer, dentro de los deberes de los progenitores, velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
De lo que dice esta ley, que no derecho, al supuesto "derecho a tener padre" que dice #21 hay un mundo, y de hecho no tiene absolutamente nada que ver.
En fin, que no eres más que un cuñado y lo demuestras comentario tras comentario.
#34 para empezar, en todos los países en los que hay bancos de semen para inseminación artificial en parejas no fértiles.
Como te gusta hablar sin saber de lo que estás hablando.. esto tiene un nombre: cuñado.
Edito: vale, es el contenedor en el que se envía el semen. Pero... MENUDO NOMBRE
Suerte para el novio cornudo, sino hubiera estado criando o quizas pagando una pension a el hijo de otro sin saberlo