PRISA y Mediapro contratan una empresa que realiza ataques informáticos contra páginas de streaming y P2P TV. Más de 1000 páginas fueron "atacadas durante el Madrid vs Barcelona" con el objetivo de entorpecer su señal
#2:
No se pero me da la impresión que eso es un ddos en toda la regla, lo quieran adornar como lo quieran adornar. Y según la ley es un delito que lleva pena de cárcel.
Bueno eso para el común de los mortales, para los que dan de comer a la casta, seguro que son chiquilladas.
#26:
"Un gran número de empresas de contenidos se ven obligadas a cerrar dejando sin trabajo a miles de personas."
Yo, yo, yo! me sé este juego!
- Un gran número de empresas realizan EREs dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas envían su producción a China dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas automatizan sus industrias dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas ahorran personal sobrecargando a sus trabajadores con horas extras dejando sin trabajo a miles de personas
#4:
#2 bastante sospechoso es eso de "acciones de exclusión” para la desincentivación del consumo ilegal."
Básicamente es una Denegación de Servicio en toda regla, a ver si ahora hay que denunciar a los que denuncian... Se están exponiendo a que se produzca el famoso OJO por OJO
#11:
el tema es que atacan a empresas de hosting y eso si que es delito, no hace falta que el portal X denuincie, basta con que denuncien los hosters
#31:
Para quien le interese, la empresa es INSTITUTO PARA LA PROTECCION DE DERECHOS EN EL ENTORNO DIGITAL SL (nombre comercial IPRODED), http://www.iproded.com/
#10:
#5 ¿Y por qué tendrían que autoinculparse? Bastaría con que demostraran el ddos y el contrato para que el fiscal actue de oficio. Además es un delito, mientras que lo otro, como mucho es objeto de demanda.
#12:
#5 Si veo a mi vecino quemarme el coche, y en vez de llamar a la policía, lo que hago es ir a quemar el suyo, soy tan culpable como el.
#27:
#25 ¿No intentaste ver el R.Madrid- Barça por Yomvi el otro día, verdad? 9,62€ por ver un partido en mala calidad, con hasta 30 segundos de retraso respecto a la señal original y con cortes varios, entre los que me perdí 2 goles. ¿Sabes qué hice? Enchufé el sopcast, pillé un canal en HD y lo vi de p.madre y sin tener que pagar nada por el servicio que me prestaron. ¿Que lo comentan en Ruso? Para lo que dicen los comentaristas españoles, prefiero a los rusikis.
#38:
#2#6#14 Lo primero que se me ha ocurrido al leerlo ha sido esto:
Si se hace un ataque DDoS, en realidad se hace a su servicio de hosting, donde está alojada. Servicio de hosting que es compartido con otras webs.
No conlleva esto un ataque DDoS implícito a las otras webs o servicios alojados (que pueden no tener nada que ver) en ese mismo hosting, en esos mismos servidores, en esas mismas conexiones?
Si es así me parece que de legal tendría poco. De hecho me parecería algo muy grave.
Una cosa es la actividad notificar infracciones de copyright y otra la actividad de atacar webs tal y como reconoce la noticia; "Una empresa lanzó un ataque para cerrar 1.000 páginas durante el clásico". "Fue un espectáculo silencioso, dirigido desde un despacho en Madrid en conexión con un par de Data Centers, uno de ellos fuera de España. Fue un ataque legal, que permitió localizar alrededor de mil páginas y señales de streaming con contenidos piratas para cerrarlas o colapsarlas".
#5:
#2 Estas webs deberían denunciar a PRISA/Mediapro.
Señor juez, que estábamos emitiendo la señal de Canal+ sin autorización para ofrecerla por la cara en nuestros portales con ánimo de lucro y nos hicieron un ddos.
#80:
Para #76 y #73. En #23 no solo no he pedido votar negativo a #14, sino que cuando he visto que iba mal de karma le he dado un positivo. Creí y creo que @Fingolfin enlazó a ese medio sin darse cuenta. Solo pretendía advertirlo y darle un consejo. A partir de ahí cada uno que haga lo que quiera y se atenga a las consecuencias democráticas de la premisa en Menéame, un usuario, un voto.
Gracias #74, veo que o me conoces o has captado la idea desde el principio.
#74:
#71 Y los políticos también nos roban pero no hay modo de meterles mano en un juzgado.
RojaDirecta podría denunciar a la empresa que le hace denegación de servicios.
Eso es lo que va a mirar un juez y no va a entrar en si RojaDirecta está comunicando contenidos con derechos de autor, que es otro asunto.
#73 Actualmente se abusa mucho de la palabra fascista.
No se pero me da la impresión que eso es un ddos en toda la regla, lo quieran adornar como lo quieran adornar. Y según la ley es un delito que lleva pena de cárcel.
Bueno eso para el común de los mortales, para los que dan de comer a la casta, seguro que son chiquilladas.
#2 bastante sospechoso es eso de "acciones de exclusión” para la desincentivación del consumo ilegal."
Básicamente es una Denegación de Servicio en toda regla, a ver si ahora hay que denunciar a los que denuncian... Se están exponiendo a que se produzca el famoso OJO por OJO
#2#4#6 Ofrecer contenido que en España está licenciado para cierta empresa tambiém lo es. El tema es que esas webs operan desde el extranjero, al igual que IPRODED, que también actuan en el extranjero por lo que la ley española no les aplica.
#2 Estas webs deberían denunciar a PRISA/Mediapro.
Señor juez, que estábamos emitiendo la señal de Canal+ sin autorización para ofrecerla por la cara en nuestros portales con ánimo de lucro y nos hicieron un ddos.
#5 ¿Y por qué tendrían que autoinculparse? Bastaría con que demostraran el ddos y el contrato para que el fiscal actue de oficio. Además es un delito, mientras que lo otro, como mucho es objeto de demanda.
Artículo 270 del Código Penal. De los delitos relativos a la propiedad intelectual
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
No obstante, en los casos de distribución al por menor, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo siguiente, el Juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días. En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se castigará el hecho como falta del artículo 623.5.
#12 Lo que ocurre aquí en españa es que la policia no hará nada porque tu vecino te queme el coche, asi que iras tu a quemarle el suyo y despues te caerá la de Cristo.
Es lo que tiene vivir en un sitio donde no todo el mundo es igual.
#5 No vi este partido en concreto pero normalmente emiten señales de televisiones de otros países, y a veces hasta el audio (de países de latinoamérica, por ejemplo). Así que realmente PRISA/MierdaPro no tienen realmente nada que denunciar mas que una pataleta porque una cosa muy grande y muy malota que se llama internet les está fastidiando la estafa negocio del futbol en concreto y de la TV de pago en general.
Justamente en la fuente de la noticia, ADSLZone, hay un artículo sobre si merece la pena pagar por la TV de pago. Seguro que ahora las compañias volverían atrás en el tiempo y pondrían precios menos abusivos cuando la TV de pago era realmente una alternativa a la TV convencional, ya que todavía no se había producido la expansión de Internet de los últimos años.
#5 tal como indica la web de la noticia:
"Las plataformas de televisión de pago han pasado a la acción después de recibir varios varapalos judiciales que impiden el cierre de páginas como Rojadirecta."
Entonces, creo estás intentando manipular.
Espero y deseo que denuncien los ataques. En ese sentido sí hay varias sentencias judiciales.
#5 Se me ocurre que el DDoS no solo afecta a la web objetivo, sino que afecta también a los servidores en los que está alojada (y que pueden tener contenidos de muchas otras empresas, incluso de mediapro), o incluso a algún proxy intermedio.
Se me ocurre que cualquiera de los afectados podría denunciar el ataque.
#5 Señor juez, somos una página legal que referencia y enlaza pero que no comunica ni distribuye contenido digital bajo propiedad intelectual. Estas dos empresas me están atacando mi web legal con DDoS.
Otra cosa es que el Juez no consienta pero están infringiendo la ley.
#69 Si bueno, jugar con las palabras suele funcionar, pero en el fondo saben perfectamente que se están lucrando a costa del trabajo de otros. Lo cual puede ser "legal", pero las justificaciones éticas sobran.
#71 Y los políticos también nos roban pero no hay modo de meterles mano en un juzgado.
RojaDirecta podría denunciar a la empresa que le hace denegación de servicios.
Eso es lo que va a mirar un juez y no va a entrar en si RojaDirecta está comunicando contenidos con derechos de autor, que es otro asunto.
#73 Actualmente se abusa mucho de la palabra fascista.
#75 Perdona pero a mi me parece perfectamente ético un índice a retransmisiones deportivas y también me lo parece que alguien emite un contenido sin ánimo de lucro. Ganar dinero con el trabajo de otros es lo normal, no conozco ningún negocio donde eso no suceda. Es más, estás en una web que gana dinero con los meneos de otros, con los artículos de otros e incluso con tus comentarios. Evidentemente hay casos en los que no me parece ético pero esos curiosamente son los que ya protege la ley.
En cualquier caso aquí la ética es lo de menos cuando se está hablando de si determinadas empresas podrían estar cometiendo un delito atacando a múltiples personas y personas jurídicas muchas de ellas como efectos colaterales (empresas que hacen interconexiones, proveedores de hosting, etc.)
#82 Pero es que no emiten sin ánimo de lucro. Esas páginas tienen publicidad fraudulenta, cuentas premium y otros medios cuestionables para ganar dinero.
Y lo habitual es que para que ganes dinero a costa del trabajo de otro, es que previamente le hayas pagado a ese otro.
#83 Páginas amarillas gana dinero con el trabajo de otros y no sólo no paga sino que le pagan. Existen multitud de negocios en donde no existe ninguna falta ética por no pagar a alguien del que te beneficia su trabajo, incluso aunque tu actividad perjudique a ese otro.
#85 Pero es que el propósito de Páginas Amarillas es precisamente dar publicidad a los negocios que se anuncian en ellas, es decir, hacerles ganar dinero. No es comparable ni mucho menos, ya que las páginas amarillas no sustituyen al servicio que anuncian.
#88 Es decir, que ya no se trata de si ganan dinero o no con el trabajo de otros, tal y como yo había dicho, sino que se tienen que dar muchas otras circunstancias para que a ti no te parezca ético.
¿Meneame no es ético porque sustituye a grandes medios, se aprovecha del conjunto de los mismos y no les paga? Ah pero como le envía algo de tráfico entonces ya es ético? Meneame es legal y es ética, y si su negocio perjudica a grandes medios pues es un problema competitivo que por ejemplo hubiesen solucionado con un servicio que hiciese sombra a meneame.
#90 Meneame genera visitas a los medios a los que enlaza, ya que no pone las noticias completas y para leerlas hace falta dirigirse al medio, y por lo tanto también les genera beneficio. No sustituye al medio, ni mucho menos (aunque muchas veces la gente ni se lea la noticia y se limite a leer la entradilla, pero eso es un mal uso de meneame)
Para #76 y #73. En #23 no solo no he pedido votar negativo a #14, sino que cuando he visto que iba mal de karma le he dado un positivo. Creí y creo queFingolfin enlazó a ese medio sin darse cuenta. Solo pretendía advertirlo y darle un consejo. A partir de ahí cada uno que haga lo que quiera y se atenga a las consecuencias democráticas de la premisa en Menéame, un usuario, un voto.
Gracias #74, veo que o me conoces o has captado la idea desde el principio.
#84 Es lo que suele hacerse cuando uno se queda sin argumentos. Encima cuando fue para recriminar a 14, que daba un dato importante, no te importó "ensuciar" la noticia
#87 No la ensucia. AEDE va en contra de los intereses de menéame. Y como usuarios habituales de menéame que creemos que dentro de sus (muchos para mi) defectos sigue siendo muy útil, estamos en contra de la tasa google y de sus implicaciones (por ejemplo, que menéame despareciera).
La mayoría estamos de acuerdo en el boicot, y cuando ese usuario avisa para que no se pongan enlaces de AEDE, lo hace como recordatorio de una norma que aunque no venga en ningún lado hemos adoptado la mayoría.
Por cierto, usar tan a la ligera la palabra fascista lo veo irresponsable.
Así que mientras las operadoras esperan mayor comprensión del Parlamento en el redactado de la nueva Ley de Propiedad Intelectual y que algunas sentencias en Europa allanen el camino, han decidido pasar a la ofensiva. La estrategia ha cambiado: PRISA y Mediapro, rivales encarnizados, juegan ahora en el mismo equipo junto a la Liga Profesional y combaten cada semana, partido a partido, contra los piratas. Utilizan empresas especializadas como IPRODED y un programa apellidado Hermes. Hermes es un híbrido entre abogado e informático: en realidad el operativo está formado por abogados, administrativos e informáticos. El objetivo es entorpecer la señal por medios legales, barriendo el espectro de la cadena de servidores de páginas, servidores de streaming, proxies, operadores, registradores de dominio, proveedores, blogs que intervienen, y mediante convenios ya firmados con estos actores o requerimientos, actúen automáticamente y bloqueen la página. Cada jornada, Hermes envía una media de 500 peticiones.
Una cosa es la actividad notificar infracciones de copyright y otra la actividad de atacar webs tal y como reconoce la noticia; "Una empresa lanzó un ataque para cerrar 1.000 páginas durante el clásico". "Fue un espectáculo silencioso, dirigido desde un despacho en Madrid en conexión con un par de Data Centers, uno de ellos fuera de España. Fue un ataque legal, que permitió localizar alrededor de mil páginas y señales de streaming con contenidos piratas para cerrarlas o colapsarlas".
#23 Pues en realidad, con la ley en la mano...el enlace a AEDE es legal (vamos que no hay que pagarle)...copiar el texto de su articulo es justo lo que les da derecho a canon (parece que solo ellos tienen derecho de cita, vamos)
#2#6#14 Lo primero que se me ha ocurrido al leerlo ha sido esto:
Si se hace un ataque DDoS, en realidad se hace a su servicio de hosting, donde está alojada. Servicio de hosting que es compartido con otras webs.
No conlleva esto un ataque DDoS implícito a las otras webs o servicios alojados (que pueden no tener nada que ver) en ese mismo hosting, en esos mismos servidores, en esas mismas conexiones?
Si es así me parece que de legal tendría poco. De hecho me parecería algo muy grave.
#6 De la misma manera que la mayoría de webs que ofrecen esos partidos pirateados están alojados en servidores extranjeros, no hace falta realizar un ataque DDOS desde España, basta con que la empresa contratada se organice para que las peticiones en masa le lleguen desde diversos puntos del planeta, cosa que supongo no es tan dificil. Sigue siendo ilegal ostigar o incitar a eso, pero ¿cómo van a demostrarlo? Se aprovechan de la maraña de vacios legales que rodea internet que a su vez utilizan los hackers para ofrecer sus servicios de contenidos pirateados.
#29: Si no puedes contratar a un sicario extranjero para matar a alguien, dudo que puedas contratar a un cibersicario extranjero para "matar" a una página web. Eso si, no dudes de que el fiscal de confianza no actuará de oficio.
#54 No, si se puede probar que existe defensa propia. Además, aquí nadie ha disparado a nadie ni ha matado a nadie, no nos pongamos a sacar las cosas de quicio que no tiene nada que ver.
#55 Si te ha hurtado sin violencia no existe defensa propia a un disparo, ya que la defensa tiene que ser proporcional
En cualquier caso no tiene porqué demandar ninguna de esas dos partes, esto ha sido publicado por uno de los principales medios escritos de España y podría actuar de oficio por ejemplo un juez, como ya ha sucedido en el pasado. Y además podría haber multitid de empresas que hayan sufrido los daños del ataque ya sean proveedores de alojamiento, empresas que hacen interconexiones, etc.
#59 Lo cual hace más lógico que las empresas que tienen los permisos tengan que buscar otros medios para evitar que otras páginas se lucren a su costa. Al final se resume en ver quien la tiene más gorda, nada más.
Ah, claro, si la medida tomada es ilegal lo debe decidir un juez. ¡Espero no tarden!
Añado, para dejar constancia, que yo estoy en contra de las webs que tienen este lucro, de esta forma. Pero lo que no puedo aceptar, es que la medida para evitarla sea rozando/entrando en la ilegalidad.
#63 A mi que sea legal o no me da lo mismo. Ninguna de las dos partes han actuado de forma ética, y aunque luego sea un juez el que decida quien tiene razón, en el fondo no es más que lo que he dicho antes: ver quien la tiene más gorda.
#6 No es que esta "forma de defensa de sus intereses" me parezca bien (sea legal o ilegal...); pero a mi me parece mejor que su forma de defensa habitual: SGAE, AEDE o "convencer" a políticos para que les hagan leyes a medida.
"Un gran número de empresas de contenidos se ven obligadas a cerrar dejando sin trabajo a miles de personas."
Yo, yo, yo! me sé este juego!
- Un gran número de empresas realizan EREs dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas envían su producción a China dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas automatizan sus industrias dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas ahorran personal sobrecargando a sus trabajadores con horas extras dejando sin trabajo a miles de personas
#26 Un gran número de empresas (como por ejemplo envasadoras de cocacola) cierran varias centrales para concentrar su producción en unos pocos sitios y aumentar sus grandes beneficios echando cientos de empleados a la calle.
Para quien le interese, la empresa es INSTITUTO PARA LA PROTECCION DE DERECHOS EN EL ENTORNO DIGITAL SL (nombre comercial IPRODED), http://www.iproded.com/
#17 Puede que sea legal, ilegal, alegal o lo que sea. Pero desde luego lo que no veo es la "mafia" en hacer streaming de un partido (que por cierto el que "estrimea" sí ha pagado).
#18 Lo primero que pensé al leer el titular, GL con eso
#17 Seguro que tú nunca has usado un Windows sin pagar. Nunca has grabado cassettes con doble pletina, nunca le dejarías tu ticket de la zona azul con tiempo sobrante antes de irte a quién acaba de llegar. Nunca has pagado nada sin IVA en tu vida. Si le dejas un libro(editorial de la casta) a un amigo un fin de semana llega el lunes y se lo reclamas dos veces, el martes se lo reclamas tres veces y el miércoles le fundes el teléfono y le dices que se muera y que se vaya al infierno.
Reconozco que lucrarse sin generar contenido es más fácil que generandolo, pero primero vamos a conseguir que el precio de las cosas necesarias (luz, vivienda, calefacción, medicinas, material escolar y libros de texto, alimentación, internet) sea razonable, bajemos de verdad el número de parados y después, cumplido todo lo anterior, empecemos a apoyar en serio a los creadores que no quieren vivir del cuento. ¿ Que opinas?
Equiparas situaciones y acciones muy alejadas de lo que hacen las webs. No es lo mismo usar un windows sin pagar, grabar un cassete..... que montarte una web, con publicidad/cuentas premium, poniendo el trabajo que han hecho otras personas.
Tú no gastas en crear contenido, solo lo copias y lo vendes quedándote el beneficio de otro.
Por otro lado, comparar necesidades básicas con ver un partido de fútbol, me parece sensacionalismo barato.
- Usar el terrorismo(control através del miedo) y cambiar la Ley, porque los jueces no os dan la razón.
- Inflar las cifras de taquillas, para que os paguen las subvenciones.
- Usar ingeniería fiscal para estafar millones de dólares/euros,... generando que los presupuestos de inflen artificialmente (es decir que si tenemos un presupuesto de 100 millones de euros y tenemos unos beneficios de 120 millones en una película, manipular el presupuesto poniéndolo a 200 millones de euros, para así poder decir que perdemos millones por culpa de las descargas y la piratería)
- Hacer actos ilegales, para ir contra una presunta ilegalidad (y digo presunta porque casi el 100% de las sentencias dicen que es legal).
- Censurar webs con millones de archivos, porque habéis encontrado una minoría de archivos con copyright. Y aunque hubiese un 99% de archivos con copyright y un 1% libre o con licencias no restrictivas, seguiría siendo censura.
- Luego que abogados que dicen defender la ley y cometen ilegalidades, algunas muy graves (y no me refiero sólo a este caso sino a ciertos bufetes de abogados de California, que usaban "todo tipo de contenidos ilícitos" que renombraban con nombres de películas, y ya sabéis a lo que me refiero. Para coger, a la gente "pirata" y destrozarles la vida. Curiosamente toda la información sobre ese caso desapareció de Internet).
#9 También hay ataques de DDoS para P2P, basta con que haya miles de equipos enviando paquetes erróneos a los demás y descargando a tope solo de las fuentes originales.
#30 Muy bien, en linux sopcast no anda muy fino se cuelga y por eso lo uso. Permite emitir varios canales de audio como en canales del tipo Euronews y pero predominan los canales Rusos, suerte que Discovery, NG y SKYsport traen VO. Te puedes montar tu propio servidor sin necesidad de un tracker como en Sopcast.
#33 que raro,vamvan gasta el sopcast en linux y lo hemos usado para visionar streaming y no recuerdo que le diese problemas, es más, siempre he pensado que los clientes de linux y os X le daban mil patadas al de windows
A mí desde luego las webs de streaming de fútbol no me parecen nada bien. Hay un claro ánimo de lucro y están emitiendo en vivo y en directo contenidos por los que no han pagado derechos. Eso sin contar el tufo a "mercado negro" con esas imágenes y sonido de pésima calidad rodeadas de banners y posibles coladeros de troyanos amén de números premium.
#45 Te gustaría pagar por poder escuchar esos partidos de fútbol en cualquier radio? El razonamiento es el mismo, si no lo intentaron entonces es porque no había medios para intentarlo.
A ningún genio de las plataformas digitales se le ocurrió, en los antiguos tiempos del PPV, que hubiera sido un éxito implementar un sistema que permitiera a los que ya eran abonados de algún equipo de ligas de fútbol profesionales tener grandes descuentos para los partidos de su equipo como visitante.
#58
¿Y eso qué tiene que ver con ofrecer partidos con pésima calidad y sin que los emisores paguen un duro por los derechos y tratando de engañar a los espectadores?
Los servicios gratuitos de streaming en la actualidad ya son suficientes para permitir ver cualquier partido de fútbol sin cortes y con una calidad de imagen superior a la TV de toda la vida.
Con lo poco que hubiese costado que Madrid TV y Barca TV emitiesen TODOS los partidos de los respectivos equipos a un precio razonable.
Esto pasa por pensar en ver cuánto le sacamos al espectador en lugar de en el espectador en sí.
#25 ¿No intentaste ver el R.Madrid- Barça por Yomvi el otro día, verdad? 9,62€ por ver un partido en mala calidad, con hasta 30 segundos de retraso respecto a la señal original y con cortes varios, entre los que me perdí 2 goles. ¿Sabes qué hice? Enchufé el sopcast, pillé un canal en HD y lo vi de p.madre y sin tener que pagar nada por el servicio que me prestaron. ¿Que lo comentan en Ruso? Para lo que dicen los comentaristas españoles, prefiero a los rusikis.
#27 según me han contado, esos canales rusos en sopcast llevan como unos 57s de retraso. Si lo quieres escuchar en español, te bajas el radiodelay y listo.
#27 No me cansare de repetirlo, cuando la "via pirata" es mejor que la legal, entonces la legal no tiene ninguna posibilidad de combatirla. La gente no va a pagar por algo peor, por el simple hecho de no ser "ilegal".
Se ve venir que Internet tal y como lo conocemos va a desaparecer. A medio plazo para enviar un byte a la red va a hacer falta una licencia y va a ser ilegal recibir bytes de alguien que no tenga licencia.
A los contemporaneos del futuro les va a parecer lo más normal, igual que hoy nos parece normal que enjaulen al panadero si nos intercambia pan y no se lo dice a nadie más.
Fomentando el terrorismo informático, sin siquiera esgrimir la defensa de los derechos fundamentales como excusa... muy bien muy bien, pero sepan que la mayoría de nosotros podemos vivir sin fútbol televisivo... algunos que abandonen esa adicción hasta mejorarán su vida.
Los que defendéis lo que estan haciendo los de PRISA y Mediapro, estais diciendo que: Si yo veo a alguien por la calle que ha cometido un delito, pero un juez no lo ha condenado por el motivo que sea, le puedo dar una paliza o pegarle un tiro, ¿es eso?
Por que en cierta forma estais justificando el cometer un delito, un ataque de DDoS digan como lo digan, contra gente que esta cometiendo otro (aunque un juez no los considere culpables).
¿Podemos extender este criterio cualquier otro caso en el mundo físico? ¿Os dais cuenta que un ataque de DDoS puede perjudicar a servicios 100x100 legales que esten hospedados en el mismo centro de datos?
Hay sistemas para ver el fútbol por internet por p2p, lo cual haría imposible este tipo de ataques, pero claro, lo suyo es tener una web con anuncios para emitir una señal que no es tuya.
¿que pasaria si les hiciesen un ataque similar a servicios como canal+ con su servicio jomvi u otros servicios online que ofrecen la señal de los partidos online, o incluso dos radiolectricos como los de los inhibidores de señal?
Me hacen gracia las abultadas cifras de pérdidas que dicen tener. Casi me gustaría que todo ese "streaming" desapareciera, para ver que nueva cabeza de turco se inventan, y seguir exprimiendo "el circo".
Si la piratería consigue cargarse la mafia del futbol tal y como es hoy, bienvenida sea. Por el bien de todos los otros deportes a los que éste da por culo.
Base de Datos de Legislación
Vigente
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
* Ficha
* Versiones/revisiones
Ficha:
* Órgano JEFATURA DEL ESTADO
* Publicado en BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995
* Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Esta revisión vigente desde 17 de Enero de 2013
Versiones/revisiones:
* Redacción anterior al texto vigente
o Vigente desde 24/May/1996 hasta 24/Nov/1996
o Vigente desde 24/Nov/1996 hasta 17/Jun/1998
o Vigente desde 17/Jun/1998 hasta 7/Oct/1998
o Vigente desde 7/Oct/1998 hasta 21/May/1999
o Vigente desde 21/May/1999 hasta 10/Jun/1999
o Vigente desde 10/Jun/1999 hasta 30/Ene/2000
o Vigente desde 30/Ene/2000 hasta 1/Feb/2000
o Vigente desde 1/Feb/2000 hasta 24/Dic/2000
o Vigente desde 24/Dic/2000 hasta 13/Ene/2001
o Vigente desde 13/Ene/2001 hasta 23/Ene/2001
o Vigente desde 23/Ene/2001 hasta 24/May/2002
o Vigente desde 24/May/2002 hasta 12/Dic/2002
o Vigente desde 12/Dic/2002 hasta 12/Mar/2003
o Vigente desde 12/Mar/2003 hasta 2/Jul/2003
o Vigente desde 2/Jul/2003 hasta 1/Oct/2003
o Vigente desde 1/Oct/2003 hasta 27/Dic/2003
o Vigente desde 27/Dic/2003 hasta 1/Oct/2004
o Vigente desde 1/Oct/2004 hasta 24/Jun/2005
o Vigente desde 24/Jun/2005 hasta 29/Jun/2005
o Vigente desde 29/Jun/2005 hasta 12/Oct/2005
o Vigente desde 12/Oct/2005 hasta 22/Feb/2007
o Vigente desde 22/Feb/2007 hasta 21/Nov/2007
o Vigente desde 21/Nov/2007 hasta 2/Dic/2007
o Vigente desde 2/Dic/2007 hasta 1/May/2008
o Vigente desde 1/May/2008 hasta 5/Jul/2010
o Vigente desde 5/Jul/2010 hasta 23/Dic/2010
o Vigente desde 23/Dic/2010 hasta 30/Ene/2011
o Vigente desde 30/Ene/2011 hasta 17/Ene/2013
* Normas Vigentes
o Vigente desde 17/Ene/2013
Recíba nuestro boletín
Consultar último boletín
Your browser does not support the video tag.
TÍTULO XX
Delitos contra la Administración de Justicia
CAPÍTULO PRIMERO
De la prevaricación
Artículo 446
El Juez o Magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado:
*
* 1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.
*
* 2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por falta.
*
* 3.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.
Artículo 447
El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.
Artículo 448
El Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años.
Artículo 449
1. En la misma pena señalada en el artículo anterior incurrirá el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima.
2. Cuando el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el apartado anterior, se le impondrá la pena indicada, en su mitad inferior.
CAPÍTULO II
De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
Artículo 450
1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.
2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.
CAPÍTULO III
Del encubrimiento
Artículo 451
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:
*
* 1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
*
* 2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.
*
* 3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
o
o
o a) Que el hecho encubierto sea constitutivo de traición, homicidio del Rey, de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero de la Corona, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, homicidio, piratería, trata de seres humanos o tráfico ilegal de órganos. Ir a Norma modificadora Letra a) del apartado 3.º del artículo 451 redactada por el apartado centésimo trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010
o
o b) Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas. En este caso se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave.
Artículo 452
En ningún caso podrá imponerse pena privativa de libertad que exceda de la señalada al delito encubierto. Si éste estuviera castigado con pena de otra naturaleza, la pena privativa de libertad será sustituida por la de multa de seis a veinticuatro meses, salvo que el delito encubierto tenga asignada pena igual o inferior a esta, en cuyo caso se impondrá al culpable la pena de aquel delito en su mitad inferior.
Artículo 453
Las disposiciones de este capítulo se aplicarán aun cuando el autor del hecho encubierto sea irresponsable o esté personalmente exento de pena.
Artículo 454
Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451.
Código penal:
CAPÍTULO IV: De la realización arbitraria del propio derecho
Artículo 455
1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses.
Perdonad el comentario anterior, se me ha vuelto loco el Pc y ahora no me deja editarlo. Pretendía copiar el artículo 455 del código penal, que creo que encaja perfectamente con esta conducta.
Es decir, que los negocios según tú sólo son éticos si cuando sacas provecho de un tercero le beneficias? Si yo hago una página que se dedica a indicar que restaurantes no se deben visitar por su en mi opiniónn baja relación calidad/precio es inmoral, pero si hago uno indicando los que no se deben visitar y los que sí entonces ya es moral porque aportas beneficio a algunos restaurantes?
Como te decía al principio, ganar dinero con el trabajo de terceros no lo hace necesariamente inmoral y mucho menos ilegal. La mayoría de los casos significa que otro, y en particular los más afectados, no han ocupado el lugar de mercado existente que tú si has logrado ocupar.
Se llama ROBO,y no me gusta nada el furbol, eso se llama robo y ya se han cargado los cines y la música.
Se le pueden dar muchas vueltas, pero así de simple es, aunque lo popular es robar claro.
Comentarios
No se pero me da la impresión que eso es un ddos en toda la regla, lo quieran adornar como lo quieran adornar. Y según la ley es un delito que lleva pena de cárcel.
Bueno eso para el común de los mortales, para los que dan de comer a la casta, seguro que son chiquilladas.
#2 bastante sospechoso es eso de "acciones de exclusión” para la desincentivación del consumo ilegal."
Básicamente es una Denegación de Servicio en toda regla, a ver si ahora hay que denunciar a los que denuncian... Se están exponiendo a que se produzca el famoso OJO por OJO
#4 ¿Por qué tengo que pagar para ver fútbol? Si yo me conecto por streaming a una televisión asiática o sudamericana.
Estoy en mi derecho de elegir un medio de pago o no (si me interesa ahorrármelo y tener peor calidad)
#2 #4 #6 Ofrecer contenido que en España está licenciado para cierta empresa tambiém lo es. El tema es que esas webs operan desde el extranjero, al igual que IPRODED, que también actuan en el extranjero por lo que la ley española no les aplica.
Es decir, circulen que aquí no está pasando nada.
#2 Estas webs deberían denunciar a PRISA/Mediapro.
Señor juez, que estábamos emitiendo la señal de Canal+ sin autorización para ofrecerla por la cara en nuestros portales con ánimo de lucro y nos hicieron un ddos.
#5 No funcionaría. Los piratas de PRISA/Mediapro tienen la patente de corso.
#5 ¿Y por qué tendrían que autoinculparse? Bastaría con que demostraran el ddos y el contrato para que el fiscal actue de oficio. Además es un delito, mientras que lo otro, como mucho es objeto de demanda.
#10 Lo otro también puede ser delito.
Artículo 270 del Código Penal. De los delitos relativos a la propiedad intelectual
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
No obstante, en los casos de distribución al por menor, atendidas las características del culpable y la reducida cuantía del beneficio económico, siempre que no concurra ninguna de las circunstancias del artículo siguiente, el Juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días. En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se castigará el hecho como falta del artículo 623.5.
#5 Si veo a mi vecino quemarme el coche, y en vez de llamar a la policía, lo que hago es ir a quemar el suyo, soy tan culpable como el.
#12 Lo que ocurre aquí en españa es que la policia no hará nada porque tu vecino te queme el coche, asi que iras tu a quemarle el suyo y despues te caerá la de Cristo.
Es lo que tiene vivir en un sitio donde no todo el mundo es igual.
#5 No vi este partido en concreto pero normalmente emiten señales de televisiones de otros países, y a veces hasta el audio (de países de latinoamérica, por ejemplo). Así que realmente PRISA/MierdaPro no tienen realmente nada que denunciar mas que una pataleta porque una cosa muy grande y muy malota que se llama internet les está fastidiando la
estafanegocio del futbol en concreto y de la TV de pago en general.Justamente en la fuente de la noticia, ADSLZone, hay un artículo sobre si merece la pena pagar por la TV de pago. Seguro que ahora las compañias volverían atrás en el tiempo y pondrían precios menos abusivos cuando la TV de pago era realmente una alternativa a la TV convencional, ya que todavía no se había producido la expansión de Internet de los últimos años.
#5 tal como indica la web de la noticia:
"Las plataformas de televisión de pago han pasado a la acción después de recibir varios varapalos judiciales que impiden el cierre de páginas como Rojadirecta."
Entonces, creo estás intentando manipular.
Espero y deseo que denuncien los ataques. En ese sentido sí hay varias sentencias judiciales.
#5 Se me ocurre que el DDoS no solo afecta a la web objetivo, sino que afecta también a los servidores en los que está alojada (y que pueden tener contenidos de muchas otras empresas, incluso de mediapro), o incluso a algún proxy intermedio.
Se me ocurre que cualquiera de los afectados podría denunciar el ataque.
#5 Señor juez, somos una página legal que referencia y enlaza pero que no comunica ni distribuye contenido digital bajo propiedad intelectual. Estas dos empresas me están atacando mi web legal con DDoS.
Otra cosa es que el Juez no consienta pero están infringiendo la ley.
#69 Si bueno, jugar con las palabras suele funcionar, pero en el fondo saben perfectamente que se están lucrando a costa del trabajo de otros. Lo cual puede ser "legal", pero las justificaciones éticas sobran.
#71 Y los políticos también nos roban pero no hay modo de meterles mano en un juzgado.
RojaDirecta podría denunciar a la empresa que le hace denegación de servicios.
Eso es lo que va a mirar un juez y no va a entrar en si RojaDirecta está comunicando contenidos con derechos de autor, que es otro asunto.
#73 Actualmente se abusa mucho de la palabra fascista.
#74 Pues eso, que la legalidad es muy maleable, pero éticamente ninguna de las dos partes tiene defensa posible.
#75 Perdona pero a mi me parece perfectamente ético un índice a retransmisiones deportivas y también me lo parece que alguien emite un contenido sin ánimo de lucro. Ganar dinero con el trabajo de otros es lo normal, no conozco ningún negocio donde eso no suceda. Es más, estás en una web que gana dinero con los meneos de otros, con los artículos de otros e incluso con tus comentarios. Evidentemente hay casos en los que no me parece ético pero esos curiosamente son los que ya protege la ley.
En cualquier caso aquí la ética es lo de menos cuando se está hablando de si determinadas empresas podrían estar cometiendo un delito atacando a múltiples personas y personas jurídicas muchas de ellas como efectos colaterales (empresas que hacen interconexiones, proveedores de hosting, etc.)
#82 Pero es que no emiten sin ánimo de lucro. Esas páginas tienen publicidad fraudulenta, cuentas premium y otros medios cuestionables para ganar dinero.
Y lo habitual es que para que ganes dinero a costa del trabajo de otro, es que previamente le hayas pagado a ese otro.
#83 Páginas amarillas gana dinero con el trabajo de otros y no sólo no paga sino que le pagan. Existen multitud de negocios en donde no existe ninguna falta ética por no pagar a alguien del que te beneficia su trabajo, incluso aunque tu actividad perjudique a ese otro.
#85 Pero es que el propósito de Páginas Amarillas es precisamente dar publicidad a los negocios que se anuncian en ellas, es decir, hacerles ganar dinero. No es comparable ni mucho menos, ya que las páginas amarillas no sustituyen al servicio que anuncian.
#88 Es decir, que ya no se trata de si ganan dinero o no con el trabajo de otros, tal y como yo había dicho, sino que se tienen que dar muchas otras circunstancias para que a ti no te parezca ético.
¿Meneame no es ético porque sustituye a grandes medios, se aprovecha del conjunto de los mismos y no les paga? Ah pero como le envía algo de tráfico entonces ya es ético? Meneame es legal y es ética, y si su negocio perjudica a grandes medios pues es un problema competitivo que por ejemplo hubiesen solucionado con un servicio que hiciese sombra a meneame.
#90 Meneame genera visitas a los medios a los que enlaza, ya que no pone las noticias completas y para leerlas hace falta dirigirse al medio, y por lo tanto también les genera beneficio. No sustituye al medio, ni mucho menos (aunque muchas veces la gente ni se lea la noticia y se limite a leer la entradilla, pero eso es un mal uso de meneame)
#74 Cuando alguien no hace nada en contra de las normas pero se le dice lo que ha de hacer, lo del fascismo le viene que ni pintado.
Para #76 y #73. En #23 no solo no he pedido votar negativo a #14, sino que cuando he visto que iba mal de karma le he dado un positivo. Creí y creo queFingolfin enlazó a ese medio sin darse cuenta. Solo pretendía advertirlo y darle un consejo. A partir de ahí cada uno que haga lo que quiera y se atenga a las consecuencias democráticas de la premisa en Menéame, un usuario, un voto.
Gracias #74, veo que o me conoces o has captado la idea desde el principio.
#80 ¿Donde está el consejo? Simplemente le has dicho lo que tiene que hacer.
Para #81. No voy a continuar con este debate, la noticia no lo merece. Edit #80 y #23
#84 Es lo que suele hacerse cuando uno se queda sin argumentos. Encima cuando fue para recriminar a 14, que daba un dato importante, no te importó "ensuciar" la noticia
#87 No la ensucia. AEDE va en contra de los intereses de menéame. Y como usuarios habituales de menéame que creemos que dentro de sus (muchos para mi) defectos sigue siendo muy útil, estamos en contra de la tasa google y de sus implicaciones (por ejemplo, que menéame despareciera).
La mayoría estamos de acuerdo en el boicot, y cuando ese usuario avisa para que no se pongan enlaces de AEDE, lo hace como recordatorio de una norma que aunque no venga en ningún lado hemos adoptado la mayoría.
Por cierto, usar tan a la ligera la palabra fascista lo veo irresponsable.
#5 Ellos no emiten nada... ellos te dan un enlace y tu verás lo que haces con él, por más que PRISA y MEDIAPRO quieran pintarlos como piratas...
#2 Es legal, de hecho hay empresas especializadas
Así que mientras las operadoras esperan mayor comprensión del Parlamento en el redactado de la nueva Ley de Propiedad Intelectual y que algunas sentencias en Europa allanen el camino, han decidido pasar a la ofensiva. La estrategia ha cambiado: PRISA y Mediapro, rivales encarnizados, juegan ahora en el mismo equipo junto a la Liga Profesional y combaten cada semana, partido a partido, contra los piratas. Utilizan empresas especializadas como IPRODED y un programa apellidado Hermes. Hermes es un híbrido entre abogado e informático: en realidad el operativo está formado por abogados, administrativos e informáticos. El objetivo es entorpecer la señal por medios legales, barriendo el espectro de la cadena de servidores de páginas, servidores de streaming, proxies, operadores, registradores de dominio, proveedores, blogs que intervienen, y mediante convenios ya firmados con estos actores o requerimientos, actúen automáticamente y bloqueen la página. Cada jornada, Hermes envía una media de 500 peticiones.
http://sociedad.elpais.com/sociedad/2014/03/29/actualidad/1396120398_309664.html
#14
Una cosa es la actividad notificar infracciones de copyright y otra la actividad de atacar webs tal y como reconoce la noticia; "Una empresa lanzó un ataque para cerrar 1.000 páginas durante el clásico". "Fue un espectáculo silencioso, dirigido desde un despacho en Madrid en conexión con un par de Data Centers, uno de ellos fuera de España. Fue un ataque legal, que permitió localizar alrededor de mil páginas y señales de streaming con contenidos piratas para cerrarlas o colapsarlas".
Para #14. No enlaces a medios AEDE. Cuenta lo mismo con tus propias palabras y arreando.
#23 Ya están los fascistas diciéndole a los demás lo que deben de hacer.
#23 Pues en realidad, con la ley en la mano...el enlace a AEDE es legal (vamos que no hay que pagarle)...copiar el texto de su articulo es justo lo que les da derecho a canon (parece que solo ellos tienen derecho de cita, vamos)
#23 No puedes dictar lo que se puede o no se puede hacer.
Por mi, cualquiera puede añadir en sus comentarios a medios AEDE. Eso sí, me gustaría que lo advirtieran.
#2 #6 #14 Lo primero que se me ha ocurrido al leerlo ha sido esto:
Si se hace un ataque DDoS, en realidad se hace a su servicio de hosting, donde está alojada. Servicio de hosting que es compartido con otras webs.
No conlleva esto un ataque DDoS implícito a las otras webs o servicios alojados (que pueden no tener nada que ver) en ese mismo hosting, en esos mismos servidores, en esas mismas conexiones?
Si es así me parece que de legal tendría poco. De hecho me parecería algo muy grave.
#2 las leyes son para el populacho.
Realizar un ataque DDoS es ilegal en España.
#6 De la misma manera que la mayoría de webs que ofrecen esos partidos pirateados están alojados en servidores extranjeros, no hace falta realizar un ataque DDOS desde España, basta con que la empresa contratada se organice para que las peticiones en masa le lleguen desde diversos puntos del planeta, cosa que supongo no es tan dificil. Sigue siendo ilegal ostigar o incitar a eso, pero ¿cómo van a demostrarlo? Se aprovechan de la maraña de vacios legales que rodea internet que a su vez utilizan los hackers para ofrecer sus servicios de contenidos pirateados.
#29: Si no puedes contratar a un sicario extranjero para matar a alguien, dudo que puedas contratar a un cibersicario extranjero para "matar" a una página web. Eso si, no dudes de que el fiscal de confianza no actuará de oficio.
#6 Reproducir un partido sin permiso también. Tiene que ser gracioso ver quien denuncia a quien.
#52 Si alguien hurta sin violencia una propieda tuya esa persona comete una falta, si tu respondes disparándole cometes un delito.
#54 No, si se puede probar que existe defensa propia. Además, aquí nadie ha disparado a nadie ni ha matado a nadie, no nos pongamos a sacar las cosas de quicio que no tiene nada que ver.
#55 Si te ha hurtado sin violencia no existe defensa propia a un disparo, ya que la defensa tiene que ser proporcional
En cualquier caso no tiene porqué demandar ninguna de esas dos partes, esto ha sido publicado por uno de los principales medios escritos de España y podría actuar de oficio por ejemplo un juez, como ya ha sucedido en el pasado. Y además podría haber multitid de empresas que hayan sufrido los daños del ataque ya sean proveedores de alojamiento, empresas que hacen interconexiones, etc.
#52 olvidas (o quieres olvidar) que, según se pone en la noticia, ya se han tomado medidas judiciales sin que se considere se deba cerrar la web.
http://www.latercera.com/noticia/tendencias/2012/08/659-480763-9-rojadirecta-le-gana-juicio-a-eeuu-y-recuperara-todos-sus-dominios-bloqueados.shtml
#59 Lo cual hace más lógico que las empresas que tienen los permisos tengan que buscar otros medios para evitar que otras páginas se lucren a su costa. Al final se resume en ver quien la tiene más gorda, nada más.
#62 tomando medidas que son ilegales?
Ah, claro, si la medida tomada es ilegal lo debe decidir un juez. ¡Espero no tarden!
Añado, para dejar constancia, que yo estoy en contra de las webs que tienen este lucro, de esta forma. Pero lo que no puedo aceptar, es que la medida para evitarla sea rozando/entrando en la ilegalidad.
#63 A mi que sea legal o no me da lo mismo. Ninguna de las dos partes han actuado de forma ética, y aunque luego sea un juez el que decida quien tiene razón, en el fondo no es más que lo que he dicho antes: ver quien la tiene más gorda.
#52 ¿El propietario del datacenter al cual le esta causando un perjucio al resto de sus clientes?
#6 No es que esta "forma de defensa de sus intereses" me parezca bien (sea legal o ilegal...); pero a mi me parece mejor que su forma de defensa habitual: SGAE, AEDE o "convencer" a políticos para que les hagan leyes a medida.
"Un gran número de empresas de contenidos se ven obligadas a cerrar dejando sin trabajo a miles de personas."
Yo, yo, yo! me sé este juego!
- Un gran número de empresas realizan EREs dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas envían su producción a China dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas automatizan sus industrias dejando sin trabajo a miles de personas
- Un gran número de empresas ahorran personal sobrecargando a sus trabajadores con horas extras dejando sin trabajo a miles de personas
Para #26. Buen aporte. No hay nada como dejar en evidencia a toda la casta y compartirlo a nivel global.
#26 Un gran número de empresas (como por ejemplo envasadoras de cocacola) cierran varias centrales para concentrar su producción en unos pocos sitios y aumentar sus grandes beneficios echando cientos de empleados a la calle.
#26 eres bueno tío! Comentario 10
el tema es que atacan a empresas de hosting y eso si que es delito, no hace falta que el portal X denuincie, basta con que denuncien los hosters
Para quien le interese, la empresa es INSTITUTO PARA LA PROTECCION DE DERECHOS EN EL ENTORNO DIGITAL SL (nombre comercial IPRODED), http://www.iproded.com/
Es una empresa de Lehmann & Cabaleiro Abogados http://www.lehmann-cabaleiro.com/
El chiringuito es de Ricardo Gómez Cabaleiro http://www.lehmann-cabaleiro.com/socio-director
Un partido de fútbol tiene de todo menos propiedad intelectual.
... y no ironizo
Por lo que pude ver, esta vez no se ganaron el sueldo...
Una mafia usando técnicas mafiosas, vamos lo normal...
Salu2
#16 Técnica mafiosa es retransmitir ilegalmente por Internet un contenido que no es tuyo.
#17 Puede que sea legal, ilegal, alegal o lo que sea. Pero desde luego lo que no veo es la "mafia" en hacer streaming de un partido (que por cierto el que "estrimea" sí ha pagado).
#18 Lo primero que pensé al leer el titular, GL con eso
#17 Seguro que tú nunca has usado un Windows sin pagar. Nunca has grabado cassettes con doble pletina, nunca le dejarías tu ticket de la zona azul con tiempo sobrante antes de irte a quién acaba de llegar. Nunca has pagado nada sin IVA en tu vida. Si le dejas un libro(editorial de la casta) a un amigo un fin de semana llega el lunes y se lo reclamas dos veces, el martes se lo reclamas tres veces y el miércoles le fundes el teléfono y le dices que se muera y que se vaya al infierno.
Reconozco que lucrarse sin generar contenido es más fácil que generandolo, pero primero vamos a conseguir que el precio de las cosas necesarias (luz, vivienda, calefacción, medicinas, material escolar y libros de texto, alimentación, internet) sea razonable, bajemos de verdad el número de parados y después, cumplido todo lo anterior, empecemos a apoyar en serio a los creadores que no quieren vivir del cuento. ¿ Que opinas?
#51 lo que dices.... no tiene mucho sentido.
Equiparas situaciones y acciones muy alejadas de lo que hacen las webs. No es lo mismo usar un windows sin pagar, grabar un cassete..... que montarte una web, con publicidad/cuentas premium, poniendo el trabajo que han hecho otras personas.
Tú no gastas en crear contenido, solo lo copias y lo vendes quedándote el beneficio de otro.
Por otro lado, comparar necesidades básicas con ver un partido de fútbol, me parece sensacionalismo barato.
#17 Técnicas mafiosas son las siguientes:
- Usar el terrorismo(control através del miedo) y cambiar la Ley, porque los jueces no os dan la razón.
- Inflar las cifras de taquillas, para que os paguen las subvenciones.
- Usar ingeniería fiscal para estafar millones de dólares/euros,... generando que los presupuestos de inflen artificialmente (es decir que si tenemos un presupuesto de 100 millones de euros y tenemos unos beneficios de 120 millones en una película, manipular el presupuesto poniéndolo a 200 millones de euros, para así poder decir que perdemos millones por culpa de las descargas y la piratería)
- Hacer actos ilegales, para ir contra una presunta ilegalidad (y digo presunta porque casi el 100% de las sentencias dicen que es legal).
- Censurar webs con millones de archivos, porque habéis encontrado una minoría de archivos con copyright. Y aunque hubiese un 99% de archivos con copyright y un 1% libre o con licencias no restrictivas, seguiría siendo censura.
- Luego que abogados que dicen defender la ley y cometen ilegalidades, algunas muy graves (y no me refiero sólo a este caso sino a ciertos bufetes de abogados de California, que usaban "todo tipo de contenidos ilícitos" que renombraban con nombres de películas, y ya sabéis a lo que me refiero. Para coger, a la gente "pirata" y destrozarles la vida. Curiosamente toda la información sobre ese caso desapareció de Internet).
Salu2
Viva el stream por p2p
#9 También hay ataques de DDoS para P2P, basta con que haya miles de equipos enviando paquetes erróneos a los demás y descargando a tope solo de las fuentes originales.
En teste puto país todo se oligopoliza en manos de cuatro cuatreros que se pasan la ética por el forro
viva el SOPCAST!!!
#18 Y el Acestream que?
#28 nunca lo he gastado porque con sopcast no he tenido problemas, ¿Qué tal está?
#30 Muy bien, en linux sopcast no anda muy fino se cuelga y por eso lo uso. Permite emitir varios canales de audio como en canales del tipo Euronews y pero predominan los canales Rusos, suerte que Discovery, NG y SKYsport traen VO. Te puedes montar tu propio servidor sin necesidad de un tracker como en Sopcast.
#33 que raro,vamvan gasta el sopcast en linux y lo hemos usado para visionar streaming y no recuerdo que le diese problemas, es más, siempre he pensado que los clientes de linux y os X le daban mil patadas al de windows
#43 alguna recomendación para Android? Mi padre tiene un tablet y le gustaría un cliente sopcast y a mi me gustaría que no le instalasen malware...
#44 Yo uso Libre Directo y va bastante bien. https://play.google.com/store/apps/details?id=com.lowlevel.libredirecto
#44 Existe una versión oficial de Sopcast para Android
Si no vierais el fútbol entonces si que se iban a acojonar.
#77 No pides tu poco ni na. La gente antes se muere de hambre.
#77 Denegación de Consumo de Contenidos (DoCC)!!! Mola!
Ataque a gran escala contra webs piratas durante el Madrid-Barça
Ataque a gran escala contra webs piratas durante e...
sociedad.elpais.comA mí desde luego las webs de streaming de fútbol no me parecen nada bien. Hay un claro ánimo de lucro y están emitiendo en vivo y en directo contenidos por los que no han pagado derechos. Eso sin contar el tufo a "mercado negro" con esas imágenes y sonido de pésima calidad rodeadas de banners y posibles coladeros de troyanos amén de números premium.
#45 Te gustaría pagar por poder escuchar esos partidos de fútbol en cualquier radio? El razonamiento es el mismo, si no lo intentaron entonces es porque no había medios para intentarlo.
A ningún genio de las plataformas digitales se le ocurrió, en los antiguos tiempos del PPV, que hubiera sido un éxito implementar un sistema que permitiera a los que ya eran abonados de algún equipo de ligas de fútbol profesionales tener grandes descuentos para los partidos de su equipo como visitante.
#58
¿Y eso qué tiene que ver con ofrecer partidos con pésima calidad y sin que los emisores paguen un duro por los derechos y tratando de engañar a los espectadores?
Matonismo cibernético.
Que se metan su puta cultura por el ojete.
Los servicios gratuitos de streaming en la actualidad ya son suficientes para permitir ver cualquier partido de fútbol sin cortes y con una calidad de imagen superior a la TV de toda la vida.
Con lo poco que hubiese costado que Madrid TV y Barca TV emitiesen TODOS los partidos de los respectivos equipos a un precio razonable.
Esto pasa por pensar en ver cuánto le sacamos al espectador en lugar de en el espectador en sí.
#25 ¿No intentaste ver el R.Madrid- Barça por Yomvi el otro día, verdad? 9,62€ por ver un partido en mala calidad, con hasta 30 segundos de retraso respecto a la señal original y con cortes varios, entre los que me perdí 2 goles. ¿Sabes qué hice? Enchufé el sopcast, pillé un canal en HD y lo vi de p.madre y sin tener que pagar nada por el servicio que me prestaron. ¿Que lo comentan en Ruso? Para lo que dicen los comentaristas españoles, prefiero a los rusikis.
#27 según me han contado, esos canales rusos en sopcast llevan como unos 57s de retraso. Si lo quieres escuchar en español, te bajas el radiodelay y listo.
#27 No me cansare de repetirlo, cuando la "via pirata" es mejor que la legal, entonces la legal no tiene ninguna posibilidad de combatirla. La gente no va a pagar por algo peor, por el simple hecho de no ser "ilegal".
Se ve venir que Internet tal y como lo conocemos va a desaparecer. A medio plazo para enviar un byte a la red va a hacer falta una licencia y va a ser ilegal recibir bytes de alguien que no tenga licencia.
A los contemporaneos del futuro les va a parecer lo más normal, igual que hoy nos parece normal que enjaulen al panadero si nos intercambia pan y no se lo dice a nadie más.
Al tiempo.
Fomentando el terrorismo informático, sin siquiera esgrimir la defensa de los derechos fundamentales como excusa... muy bien muy bien, pero sepan que la mayoría de nosotros podemos vivir sin fútbol televisivo... algunos que abandonen esa adicción hasta mejorarán su vida.
¿Y las hostias de los polis que son ahora?.
¿Una desincentivación de las expresiones públicas molestas para los prohombres?.
Lo digo por ir aprendiendo la neolengua.
Solo para entenderlo, que es domingo por la tarde
Los que defendéis lo que estan haciendo los de PRISA y Mediapro, estais diciendo que: Si yo veo a alguien por la calle que ha cometido un delito, pero un juez no lo ha condenado por el motivo que sea, le puedo dar una paliza o pegarle un tiro, ¿es eso?
Por que en cierta forma estais justificando el cometer un delito, un ataque de DDoS digan como lo digan, contra gente que esta cometiendo otro (aunque un juez no los considere culpables).
¿Podemos extender este criterio cualquier otro caso en el mundo físico? ¿Os dais cuenta que un ataque de DDoS puede perjudicar a servicios 100x100 legales que esten hospedados en el mismo centro de datos?
Hay sistemas para ver el fútbol por internet por p2p, lo cual haría imposible este tipo de ataques, pero claro, lo suyo es tener una web con anuncios para emitir una señal que no es tuya.
Pues que se jodan.
#93 Porque los programas P2P no tienen anuncios, ¿no?
#94 Serán los tuyos, mi Transmission y mi SoulSeek no tienen anuncios
¿que pasaria si les hiciesen un ataque similar a servicios como canal+ con su servicio jomvi u otros servicios online que ofrecen la señal de los partidos online, o incluso dos radiolectricos como los de los inhibidores de señal?
Y cuantos abonados han ganado con esta "medida"?
#61 O cuántos habrán perdido...
Pues muy bien no harían su trabajo, yo vi el partido por sopcast en alta definición, sin ni un corte, sacando los links de rojadirecta...
Me hacen gracia las abultadas cifras de pérdidas que dicen tener. Casi me gustaría que todo ese "streaming" desapareciera, para ver que nueva cabeza de turco se inventan, y seguir exprimiendo "el circo".
Crakers
Si la piratería consigue cargarse la mafia del futbol tal y como es hoy, bienvenida sea. Por el bien de todos los otros deportes a los que éste da por culo.
No podréis con Internet. Siempre iremos por delante de vosotros.Seguida gastando el dinero que no tenéis en estas empresuchas
inShare0
Base de Datos de Legislación
Vigente
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
* Ficha
* Versiones/revisiones
Ficha:
* Órgano JEFATURA DEL ESTADO
* Publicado en BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995
* Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Esta revisión vigente desde 17 de Enero de 2013
Versiones/revisiones:
* Redacción anterior al texto vigente
o Vigente desde 24/May/1996 hasta 24/Nov/1996
o Vigente desde 24/Nov/1996 hasta 17/Jun/1998
o Vigente desde 17/Jun/1998 hasta 7/Oct/1998
o Vigente desde 7/Oct/1998 hasta 21/May/1999
o Vigente desde 21/May/1999 hasta 10/Jun/1999
o Vigente desde 10/Jun/1999 hasta 30/Ene/2000
o Vigente desde 30/Ene/2000 hasta 1/Feb/2000
o Vigente desde 1/Feb/2000 hasta 24/Dic/2000
o Vigente desde 24/Dic/2000 hasta 13/Ene/2001
o Vigente desde 13/Ene/2001 hasta 23/Ene/2001
o Vigente desde 23/Ene/2001 hasta 24/May/2002
o Vigente desde 24/May/2002 hasta 12/Dic/2002
o Vigente desde 12/Dic/2002 hasta 12/Mar/2003
o Vigente desde 12/Mar/2003 hasta 2/Jul/2003
o Vigente desde 2/Jul/2003 hasta 1/Oct/2003
o Vigente desde 1/Oct/2003 hasta 27/Dic/2003
o Vigente desde 27/Dic/2003 hasta 1/Oct/2004
o Vigente desde 1/Oct/2004 hasta 24/Jun/2005
o Vigente desde 24/Jun/2005 hasta 29/Jun/2005
o Vigente desde 29/Jun/2005 hasta 12/Oct/2005
o Vigente desde 12/Oct/2005 hasta 22/Feb/2007
o Vigente desde 22/Feb/2007 hasta 21/Nov/2007
o Vigente desde 21/Nov/2007 hasta 2/Dic/2007
o Vigente desde 2/Dic/2007 hasta 1/May/2008
o Vigente desde 1/May/2008 hasta 5/Jul/2010
o Vigente desde 5/Jul/2010 hasta 23/Dic/2010
o Vigente desde 23/Dic/2010 hasta 30/Ene/2011
o Vigente desde 30/Ene/2011 hasta 17/Ene/2013
* Normas Vigentes
o Vigente desde 17/Ene/2013
Recíba nuestro boletín
Consultar último boletín
Your browser does not support the video tag.
TÍTULO XX
Delitos contra la Administración de Justicia
CAPÍTULO PRIMERO
De la prevaricación
Artículo 446
El Juez o Magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado:
*
* 1.º Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.
*
* 2.º Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por falta.
*
* 3.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.
Artículo 447
El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años.
Artículo 448
El Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley, será castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años.
Artículo 449
1. En la misma pena señalada en el artículo anterior incurrirá el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima.
2. Cuando el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el apartado anterior, se le impondrá la pena indicada, en su mitad inferior.
CAPÍTULO II
De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
Artículo 450
1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.
2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.
CAPÍTULO III
Del encubrimiento
Artículo 451
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes:
*
* 1.º Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
*
* 2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento.
*
* 3.º Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
o
o
o a) Que el hecho encubierto sea constitutivo de traición, homicidio del Rey, de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, de la Reina consorte o del consorte de la Reina, del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero de la Corona, genocidio, delito de lesa humanidad, delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, homicidio, piratería, trata de seres humanos o tráfico ilegal de órganos. Ir a Norma modificadora Letra a) del apartado 3.º del artículo 451 redactada por el apartado centésimo trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010
o
o b) Que el favorecedor haya obrado con abuso de funciones públicas. En este caso se impondrá, además de la pena de privación de libertad, la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años si el delito encubierto fuere menos grave, y la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años si aquél fuera grave.
Artículo 452
En ningún caso podrá imponerse pena privativa de libertad que exceda de la señalada al delito encubierto. Si éste estuviera castigado con pena de otra naturaleza, la pena privativa de libertad será sustituida por la de multa de seis a veinticuatro meses, salvo que el delito encubierto tenga asignada pena igual o inferior a esta, en cuyo caso se impondrá al culpable la pena de aquel delito en su mitad inferior.
Artículo 453
Las disposiciones de este capítulo se aplicarán aun cuando el autor del hecho encubierto sea irresponsable o esté personalmente exento de pena.
Artículo 454
Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1.º del artículo 451.
Código penal:
CAPÍTULO IV: De la realización arbitraria del propio derecho
Artículo 455
1. El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses.
Perdonad el comentario anterior, se me ha vuelto loco el Pc y ahora no me deja editarlo. Pretendía copiar el artículo 455 del código penal, que creo que encaja perfectamente con esta conducta.
Eso viene a ser la ley del embudo, según nos interese si es fuera de España no se hace nada,o lo contrario.
¿Alguien sabe por que no pueden cerrar esas paginas de forma legal? En vista de la medida esa ¿acaso no pueden porque realmente no es ilegal?
Es decir, que los negocios según tú sólo son éticos si cuando sacas provecho de un tercero le beneficias? Si yo hago una página que se dedica a indicar que restaurantes no se deben visitar por su en mi opiniónn baja relación calidad/precio es inmoral, pero si hago uno indicando los que no se deben visitar y los que sí entonces ya es moral porque aportas beneficio a algunos restaurantes?
Como te decía al principio, ganar dinero con el trabajo de terceros no lo hace necesariamente inmoral y mucho menos ilegal. La mayoría de los casos significa que otro, y en particular los más afectados, no han ocupado el lugar de mercado existente que tú si has logrado ocupar.
¿Cuanta gente que ve los partidos "importantes" de forma pirata pagaria por verlos pagando? No creo que el porcentaje sea muy significativo.
Se llama ROBO,y no me gusta nada el furbol, eso se llama robo y ya se han cargado los cines y la música.
Se le pueden dar muchas vueltas, pero así de simple es, aunque lo popular es robar claro.
#96 Otro que se ha creído lo de laSexta...
Ahí no hay robo ninguno ¿se ha impedido al proveedor de la señal emitir? ¿No? pués no hay robo ninguno. Porque no hay ninguna pérdida de patrimonio.
Salu2