Si pagas impuestos para costear la educación, y luego cuando envías a tu hijo a un colegio privado no tienes derecho a una prima, estás pagando por ambas cosas.
#16 permítame decirle que es usted muy atrevido emprendiendo una huida hacia delante sin destino alguno. Verá no voy a seguirle más el juego. Sólo le haré una recomendación: aprenda a ser más respetuoso y si quiere hablar de Derecho estudie, fórmese o al menos aprenda a escuchar y no disparar comentarios de cualquier ocurrencia que tenga solo por el hecho de que suena bien en su cabeza. Así se ahorrará tiempo y ridículos.
Por mi parte ya ha recibido más atención de la que merecía así que tenga usted un muy buen día.
#14 comenzaré por responder a su última consideración; ésa de que no me ha faltado al respeto. Lo ha hecho en su anterior comentario hablando de mi ignorancia y lo vuelve a hacer ahora alegando, en primer lugar, a una supuesta falta de consideración a abogados y procuradores con los que trabajo y que considero mis compañeros pq nuestro trabajo conjunto hace la justicia. En segundo lugar pq supura un prejuicio y un menosprecio a la función pública poniendo en duda si realizo mi trabajo. Un comentario verdaderamente que es digno de barra de bar. ¿Cómo se atreve?. ¿Qué licencia se toma para hacer semejante comentario?. Dice no faltar al respeto pero su carencia del mismo es más que notable. No contento con eso, se viene arriba diciendo que los juzgados incumplen sistemáticamente los plazos procesales. ¿Sabe usted de lo que habla, señor mío?. Los plazos procesales se otorgan por los juzgados a las partes para realizar actuaciones dentro de un proceso y no a la inversa. Es ahora cuando le pongo un ejemplo de por qué no abrir una notificación por un profesional en su buzón de lexnet supone una vulneración de la tutela judicial y de la práctica deontológica: si un profesional no abre una notificación con un plazo de actuación a los tres días se tiene por notificado. El plazo avanza y si no se actúa dentro del mismo precluye la actuación con el consiguiente perjuicio para su cliente. Por ejemplo no responder a un recurso o a una reconvención. Ahí lleva el perjuicio para la tutela judicial.
En cuanto al asunto en cuestión. En primer lugar estamos hablando de un fallo del TC. Le ánimo a que enuncie argumentos jurídicos sólidos para retirarlo y vaya hasta el tribunal de derechos humanos si hace falta.
Por otro lado trataré de explicarle por qué su idea de que un abogado o un procurador puedan cogerse vacaciones un mes al año cuando les parezca puede vulnerar esa tutela judicial efectiva. Pongamos como ejemplo las citaciones a vistas orales o juicios: imaginemos que tenemos… » ver todo el comentario
#11 hay cosas en Menéame que me producen mucho desagrado como es que la gente se muestre irrespetuosa en sus respuestas hacia otros usuarios a los que no conocen. Usted, no está exento de esta queja como puedo comprobar.
Por otro lado, los argumentos que he expresado son bastante claros así que no voy a añadir una coma más. Entenderlos no me corresponde a mi. Eso sí, le diré que sé bien de lo que hablo porque yo soy funcionario de carrera en un juzgado y con larga experiencia. Por tanto, no le voy a permitir que me tache de ignorancia.
#5 ese mes ya existe: agosto
En cualquier caso, y por si alguien hace mención a que hay jurisdicciones en las que no hay meses inhábiles como la social o la penal, hay que incidir en que un abogado es un profesional liberal y que la justicia no para y por tanto el derecho de sus clientes a obtener una tutela judicial efectiva depende de su actuación. Un abogado y un procurador, profesionales liberales en muchos casos (no olvidemos esto) se organizan su trabajo para procurarse sus vacaciones como lo hace el peluquero, el pescatero o el electricista. Cosa distinta sería hablar de un abogado o procurador con un contrato por cuenta ajena.
Por otro lado, eso de habilitar meses "a la carta" ya le digo yo que no es viable en la práctica judicial ni compatible con una tutela judicial efectiva
#20 amén. Deberían despedir a todo el organismo y reestructurarlo desde cero de forma digital. Que le den por culo a ineptos que amargan la vida a los demás.
#18 No, hay centros de salud que te dan cita para el medico que es el que tiene que decidir si te hacen la prueba o no dentro de semana y media y te sueltan un "quédese en su casa mientras tanto" así en plan cutre, y si les dices algo en plan "oiga, y la baja?" te sueltan un..."eso lo tiene que decidir el medico pero bueno, yo lo anoto aquí a ver si le puede llamar antes"
#18 depende del medico, en mi trabajo a 2 personas que compartian coche con un positivo para ir a trabajar y que tienen distinto medico, a uno le dieron la baja y a otro no. Esta maravilla de pais en el q no hay un protocolo igual en todas partes ni siquiera para esto...
#93 Se ve que no sé leer. O sea, que dices que alguien está en esa situación porque quiere (señalando a una de las partes) y dices que no culpabilizas a nadie y que yo tergiverso. Te mereces un grandísimo aplauso. Explícame qué estoy entendiendo mal, por favor.
#44en la inmensa mayoría de los casos quien trabaja en negro es porque quiere <-- O sea, que culpas al trabajador de la situación en la que se encuentra en lugar de al empresario que es el que podría hacer que trabajase legalmente con su contrato y pagando sus impuestos
#53 Apostaría a que llevo en el mundo real mucho más que tú. Es cierto que hay quien no quiere que se le de alta para no perder la prestación. Pero en la mayoría de los casos el patrón o no te da de alta ("es lo que hay") o te da de alta media hora para trabajar doce horas.
#30#40 Pues espero que os vaya muy bien en la vida y ni vosotros ni vuestros hijos tengáis que trabajar nunca en B para poder pagar vuestra vivienda.
Y dejo el tema. Solo que me he preocupado por mi hijo pero, sobre todo, por otros que están en su caso. A él le puedo pagar la casa si me parece pero todos no tienen esa suerte.
#44 Claro, por supuesto. ¿Quién cojones va a querer cobrar una pensión cuando se jubile pudiendo ahorrarle al patrón las cotizaciones de la seguridad social?