Las querellas contra de los grupos ultras por delitos contra los sentimientos religiosos no tienen recorrido, pero suponen un despilfarro de recursos que la Justicia no tiene
#1:
Para parar este desproposito, bastaria con empezar a aplicar el artículo 456 del Código Penal contra la parte denunciante:
Articulo: Sanciona a quien imputare a alguna persona hechos que de ser ciertos constituirían infracción penal si lo hiciere con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio por la verdad ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación. Jurisprudencia y doctrina han señalado, generalmente, que el bien jurídico protegido en este delito es doble: de un lado el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia (que se perjudica al verse en la precisión de llevar a cabo actuaciones procesales penales basadas en hechos cuya falsedad consta desde el inicio a quien los pone en su conocimiento) y de otro el honor de la persona a la que se imputan los hechos falsos (que se ve afectado negativamente al aparecer como imputado en una causa penal).
Pena: Prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave
Ya veriais que rapido se disuelve esta panda de mafiosos cristofascistas
#3:
Lógicamente, cuando la denuncia friki cae en manos de un juez o jueza en sus cabales y con sentido común, el papelajo termina donde tiene que estar: en la papelera, o vertedero de la historia, sin más. Archivada, finiquitada, caso cerrado. Sin embargo, otras veces esa misma denuncia que no pasa el filtro por disparatada acaba en poder de una toga falangista, que se toma la cosa tan a pecho como si fuese el mismísimo caso GAL.
Ese es el quid de la cuestión,según sea el juez así aplicará la justicia.
#10:
#_1 Ese artículo del código penal habla de denuncias falsas. Una denuncia falsa es denunciar que me has robado la cartera si en realidad no me has robado la cartera. Una denuncia falsa es decir que Wyoming se ha vestido de obispo en un gag humorístico si en realidad no lo ha hecho. Pero decir que Wyoming se ha vestido de obispo y que quieres que el juez analice si eso es un delito, no es en ningún caso una denuncia falsa, porque si hubieras entendido lo que has subrayado en negrita sabrías que los hechos denunciados sí han existido (hay literalmente una imagen de los hechos en la noticia del envío)
Cuando copiéis algo así del argumentario, mejor leedlo antes, porque por más que aviséis al resto de ciber voluntarios para que os voten positivo el mensaje, para cualquier persona con el graduado escolar en regla estáis haciendo el ridículo
#4 Te cito para que no se pierda el hilo, supongo que esta no es la primera vez que dejo en evidencia a esta cuenta clon.
Para parar este desproposito, bastaria con empezar a aplicar el artículo 456 del Código Penal contra la parte denunciante:
Articulo: Sanciona a quien imputare a alguna persona hechos que de ser ciertos constituirían infracción penal si lo hiciere con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio por la verdad ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación. Jurisprudencia y doctrina han señalado, generalmente, que el bien jurídico protegido en este delito es doble: de un lado el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia (que se perjudica al verse en la precisión de llevar a cabo actuaciones procesales penales basadas en hechos cuya falsedad consta desde el inicio a quien los pone en su conocimiento) y de otro el honor de la persona a la que se imputan los hechos falsos (que se ve afectado negativamente al aparecer como imputado en una causa penal).
Pena: Prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave
Ya veriais que rapido se disuelve esta panda de mafiosos cristofascistas
#_1 Ese artículo del código penal habla de denuncias falsas. Una denuncia falsa es denunciar que me has robado la cartera si en realidad no me has robado la cartera. Una denuncia falsa es decir que Wyoming se ha vestido de obispo en un gag humorístico si en realidad no lo ha hecho. Pero decir que Wyoming se ha vestido de obispo y que quieres que el juez analice si eso es un delito, no es en ningún caso una denuncia falsa, porque si hubieras entendido lo que has subrayado en negrita sabrías que los hechos denunciados sí han existido (hay literalmente una imagen de los hechos en la noticia del envío)
Cuando copiéis algo así del argumentario, mejor leedlo antes, porque por más que aviséis al resto de ciber voluntarios para que os voten positivo el mensaje, para cualquier persona con el graduado escolar en regla estáis haciendo el ridículo
#4 Te cito para que no se pierda el hilo, supongo que esta no es la primera vez que dejo en evidencia a esta cuenta clon.
#10 el delito de ofensa a los sentimientos religiosos no debería existir, porque ningún juez puede establecer lo que ofende o no los sentimientos de ninguna persona.
CC #3
#11 Bueno, tiene que ser con cosas reales, como un bar que pusiera dibujos de Jesús en los urinarios para que la gente los mee. en ningún caso parodias como la procesión del chumino enfadao o vestirte de monja en carnabal.
#10 a ver, siendo q eres tú pues igual ni algo tan simple entiendes, pero a lo q se refieren no es q se disfrazase de obispo si no q al hacerlo y decir lo q hayan dicho ofenden a esa religion en concreto. Lo último evidentemente es lo q se dice q es mentira, repito, alguien tan mermado igual no lo ve claro...
Hay q ser muy mermado para soltar la estúpida falacia q has soltado
Por cierto, esa mierda de argumentario es la q os han pasado hoy? Vaya basura... Encima diciendo q dejas en evidencia a otro jajajajajajjajajaja
#10 Vestirse de obispo no es delito y tu lo sabes, tampoco es delito hacer una parodia sobre un personaje publico. Si yo te denuncio porque has ofendido escribiendo en meneame cosas que no me gustan es una denuncia false aunque lo que hayas escrito no me guste porque escribir tus opiniones no es delito.
#1 Ya, pero ahí ya hemos estado, y el mismísimo supremo ha desautorizado a quienes condenaron a "manos limpias", y dieron el pistoletazo de salida a esta nueva algarada judicial.
"¿Qué pasa si estos creyentes futboleros salen un día en la tele entonando su propio Diego nuestro, en lugar del padrenuestro que estás en los cielos de la Iglesia católica?"
Yo creo, y seguro que me equivoco, que el problema viene más por "quiénes " son los ministros de esas confesiones de coña que por la mofa en sí, de ahí que nadie vaya contra el "papa" del Palmar de Troya o contra esos Obispos "sucedáneos" que tanto les gusta. Me parece que es Wyoming en este caso el problema.
#1 ese artículo aplica a personas demandantes, pero resulta que cuando quien demanda es una asociación no puede ser condenada en costas. Así que la única esperanza es que la demanda no sea admitida a trámite. Si es admitida, ya han ganado aunque sea por el ruido.
#1 Más sencillo : La parte acusadora recibirá multa y se hará cargo de las costas si se resuelve que la acusación no procede. Vamos clarísimo : cuando el acusado ha quedado absuelto.
Lógicamente, cuando la denuncia friki cae en manos de un juez o jueza en sus cabales y con sentido común, el papelajo termina donde tiene que estar: en la papelera, o vertedero de la historia, sin más. Archivada, finiquitada, caso cerrado. Sin embargo, otras veces esa misma denuncia que no pasa el filtro por disparatada acaba en poder de una toga falangista, que se toma la cosa tan a pecho como si fuese el mismísimo caso GAL.
Ese es el quid de la cuestión,según sea el juez así aplicará la justicia.
#8 No, las costas solo son el precio (o solo parte del precio, si son caros), de los abogados de la parte contraria, no los gastos de la administración de justicia, que los pagamos todos.
Que sea un despilfarro, si.
Pero es muchisisisisimo más despilfarro la cantidad ingente de denuncias, querellas y demás gilipolleces que se ponen todo el mundillo televisivo ente ellos, a saber: políticos, stremers o "creadores de contenido", mundillo de la farándula rosa, toreros, futbolistas y demás fauna que lo único que hace es mancillar y gastar los recursos de este país....
Y a ese problema se le suman los que saben que "ofendiendo" a esa gente, éstos se van a querellar contra ellos y así van a obtener publicidad gratis. A veces sólo en sitios como menéame, pero otras veces incluso en telediarios y otro tipo de medios de difusión nacional y en horas de máxima audiencia.
Eventos o cosas de las que en la vida te enterarías, acaban saliendo en medios nacionales porque usan a propósito la estrategia de "ofender" a los de abogados cristianos.
Despilfarro supone el sueldo de los jueces que aceptan a trámite estas demandas, el de los que votaron esa ley y el los que todavía no la han derogado. O sea, mucho despilfarro.
Comentarios
Para parar este desproposito, bastaria con empezar a aplicar el artículo 456 del Código Penal contra la parte denunciante:
Articulo:
Sanciona a quien imputare a alguna persona hechos que de ser ciertos constituirían infracción penal si lo hiciere con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio por la verdad ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación. Jurisprudencia y doctrina han señalado, generalmente, que el bien jurídico protegido en este delito es doble: de un lado el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia (que se perjudica al verse en la precisión de llevar a cabo actuaciones procesales penales basadas en hechos cuya falsedad consta desde el inicio a quien los pone en su conocimiento) y de otro el honor de la persona a la que se imputan los hechos falsos (que se ve afectado negativamente al aparecer como imputado en una causa penal).
Pena:
Prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave
Ya veriais que rapido se disuelve esta panda de mafiosos cristofascistas
#1 como demuestras que conocen la falsedad? Porque el temerario desprecio por la verdad no se sostiene si ha sido publicado en prensa
#_1 Ese artículo del código penal habla de denuncias falsas. Una denuncia falsa es denunciar que me has robado la cartera si en realidad no me has robado la cartera. Una denuncia falsa es decir que Wyoming se ha vestido de obispo en un gag humorístico si en realidad no lo ha hecho. Pero decir que Wyoming se ha vestido de obispo y que quieres que el juez analice si eso es un delito, no es en ningún caso una denuncia falsa, porque si hubieras entendido lo que has subrayado en negrita sabrías que los hechos denunciados sí han existido (hay literalmente una imagen de los hechos en la noticia del envío)
Cuando copiéis algo así del argumentario, mejor leedlo antes, porque por más que aviséis al resto de ciber voluntarios para que os voten positivo el mensaje, para cualquier persona con el graduado escolar en regla estáis haciendo el ridículo
#4 Te cito para que no se pierda el hilo, supongo que esta no es la primera vez que dejo en evidencia a esta cuenta clon.
#10 el delito de ofensa a los sentimientos religiosos no debería existir, porque ningún juez puede establecer lo que ofende o no los sentimientos de ninguna persona.
CC #3
#11 Bueno, tiene que ser con cosas reales, como un bar que pusiera dibujos de Jesús en los urinarios para que la gente los mee. en ningún caso parodias como la procesión del chumino enfadao o vestirte de monja en carnabal.
#10 a ver, siendo q eres tú pues igual ni algo tan simple entiendes, pero a lo q se refieren no es q se disfrazase de obispo si no q al hacerlo y decir lo q hayan dicho ofenden a esa religion en concreto. Lo último evidentemente es lo q se dice q es mentira, repito, alguien tan mermado igual no lo ve claro...
Hay q ser muy mermado para soltar la estúpida falacia q has soltado
Por cierto, esa mierda de argumentario es la q os han pasado hoy? Vaya basura... Encima diciendo q dejas en evidencia a otro jajajajajajjajajaja
#14 Papa, se ha disfrazado de Papa
#10 Vestirse de obispo no es delito y tu lo sabes, tampoco es delito hacer una parodia sobre un personaje publico. Si yo te denuncio porque has ofendido escribiendo en meneame cosas que no me gustan es una denuncia false aunque lo que hayas escrito no me guste porque escribir tus opiniones no es delito.
#1 Ya, pero ahí ya hemos estado, y el mismísimo supremo ha desautorizado a quienes condenaron a "manos limpias", y dieron el pistoletazo de salida a esta nueva algarada judicial.
"¿Qué pasa si estos creyentes futboleros salen un día en la tele entonando su propio Diego nuestro, en lugar del padrenuestro que estás en los cielos de la Iglesia católica?"
Yo creo, y seguro que me equivoco, que el problema viene más por "quiénes " son los ministros de esas confesiones de coña que por la mofa en sí, de ahí que nadie vaya contra el "papa" del Palmar de Troya o contra esos Obispos "sucedáneos" que tanto les gusta. Me parece que es Wyoming en este caso el problema.
#5 Pues sí. Te equivocas de cabo a rabo.
#1 Pues los abogados marranos ya deben deber como 1 siglo de prisión...
#1 ese artículo aplica a personas demandantes, pero resulta que cuando quien demanda es una asociación no puede ser condenada en costas. Así que la única esperanza es que la demanda no sea admitida a trámite. Si es admitida, ya han ganado aunque sea por el ruido.
#13 Eso es falso.
Existe la figura de la persona juridica.
#1 Más sencillo : La parte acusadora recibirá multa y se hará cargo de las costas si se resuelve que la acusación no procede. Vamos clarísimo : cuando el acusado ha quedado absuelto.
Lógicamente, cuando la denuncia friki cae en manos de un juez o jueza en sus cabales y con sentido común, el papelajo termina donde tiene que estar: en la papelera, o vertedero de la historia, sin más. Archivada, finiquitada, caso cerrado. Sin embargo, otras veces esa misma denuncia que no pasa el filtro por disparatada acaba en poder de una toga falangista, que se toma la cosa tan a pecho como si fuese el mismísimo caso GAL.
Ese es el quid de la cuestión,según sea el juez así aplicará la justicia.
No vaya ha ser que la justicia funcione y no prescriban los casos por falta de medios
Para ese tipo de cosas existen las condenas a costas, para que no nos cuesten un duro a los contribuyentes
#8 No, las costas solo son el precio (o solo parte del precio, si son caros), de los abogados de la parte contraria, no los gastos de la administración de justicia, que los pagamos todos.
Que sea un despilfarro, si.
Pero es muchisisisisimo más despilfarro la cantidad ingente de denuncias, querellas y demás gilipolleces que se ponen todo el mundillo televisivo ente ellos, a saber: políticos, stremers o "creadores de contenido", mundillo de la farándula rosa, toreros, futbolistas y demás fauna que lo único que hace es mancillar y gastar los recursos de este país....
Qué pena que trabaje para el corrupto de Ferreras...
Lo tengo bastante claro, como ya apuntan por aquí algunos comentarios y como ya existen algunos estudios: La principal culpa es de los jueces.
Y a ese problema se le suman los que saben que "ofendiendo" a esa gente, éstos se van a querellar contra ellos y así van a obtener publicidad gratis. A veces sólo en sitios como menéame, pero otras veces incluso en telediarios y otro tipo de medios de difusión nacional y en horas de máxima audiencia.
Eventos o cosas de las que en la vida te enterarías, acaban saliendo en medios nacionales porque usan a propósito la estrategia de "ofender" a los de abogados cristianos.
Es que ya le vale al wuayo, mira que disfrazarse de obispo de la religión aznariana, con la de creyentes que tiene. Que se de por jodido.
Despilfarro supone el sueldo de los jueces que aceptan a trámite estas demandas, el de los que votaron esa ley y el los que todavía no la han derogado. O sea, mucho despilfarro.