La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado que la instrucción del caso del suicidio asistido de María José Carrasco, la enferma terminal de esclerosis múltiple que se quitó la vida con la ayuda de su marido, continúe en el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer que ya lo investigaba.
Violencia de género y luego le juzgamos por delito de odio y por terrorismo y así ya demostramos que estas leyes no tienen ni puñetero sentido tal cual están hechas.
#10:
La justicia solamente está aplicando la ley antihombres de violencia de género y la doctrina con perspectiva de género del Tribunal Supreno.
Cualquier acto de un hombre (pareja o ex pareja,) hacia una mujer, que provoque un daño, es violencia de género porque vivimos en un sistema patriarcal. Incluso si al defenderte de una agresión u intento de homicidio, si la mujer resulta dañado,aunque sea psicológicamente, aplicando la perspectiva, la ley y doctrina el hombre debe ser juzgado por Violencia de Género.
Cualquier otra interpretación del caso sería vulnerar la Ley, la doctrina del Tribunal Supremo y la perspectiva de género. Quién se va a atrever a que le inhabiliten?
#30:
#18 bajo la ley de violencia de genero actual, es posible, ya que según la doctrina del tribunal supremo, todo acto de agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero, da igual la motivación o lo que haya detrás.
Pues este hombre, en base a esto debe ir a la carcel.
La ley cuando se hace mal pues pasa esto.
#21:
No estoy en absoluto de acuerdo. Pero luego me meto en el cuerpo de la noticia y cambia un poco el asunto. Es decir: sigo estando en desacuerdo, pero el titular es un poco erróneo.
Vale: en cualquier proceso penal está la fase de instrucción y la fase de juicio oral. En la fase de instrucción se investiga. El juez de instrucción no juzga, excepto algunos (no todos) delitos leves, que no es el caso.
El titular es: "La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se juzgue como violencia de género".
Y no es así. El titular real es:
"La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se instruya [investigue] como violencia de género"
Pero los periodistas en su línea de cultura jurídica. Literalmente la Audiencia dice que es demasiado pronto como para saber si debe juzgarse o no por esa vía. Ahí, en el cuerpo de la noticia.
El criterio de la Audiencia es este: "No es el momento procesal para determinar si es o ya podemos excluir que sea VG, así que vamos a dejar que lo instruyan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer por si acaso; luego, de la instrucción (investigación) ya se verá".
Así que guardemos las antorchas.
#4:
Claro que si! El mayor acto de amor y compasión que he visto en mi vida y no solo es delito sino que encima es delito de genero. Con un par.
Hay países con eutanasia legalizada y aquí el caso se lleva al matadero de género para juzgarlo. Asco de país en el que vivimos.
#3:
Las leyes de mierda nunca salen gratis. Demencial todo esto.
#1:
Por un fin un tribunal que juzga según la perspectiva de género.
A ver si de una buena vez legislan sobre la eutanasia, que ya están tardando.
#53:
#30 No es ciertamente así. Es; toda agresión de hombre a mujer que haya tenido o tenga relación sentimental con la víctima, en ese caso, SÍ se considera violencia de género.
A mí me parece una puta locura ya de por sí, no hace falta exagerar los términos.
#13:
la hijadeputa ésta estará orgullosa de la noticia....
#232:
#78 "que lo juzgue un tribunal de violencia de genero no significa que sea "
Lo fascinante del asunto es que si fuera al revés, que él fuera el enfermo y ella le hubiera ayudado a morir, ella no sería juzgada ni por violencia de género ni por este tribunal, independientemente de que los hechos fueran los mismos, porque este tribunal solo juzga hombres y lo primero que hace es mirar la entrepierna para ver lo que hay, y según lo que cuelga juzga o no. A esa aberración, hoy día se le llama "igualdad de todos ante la ley".
#288:
#10 a ver si te crees que la ingeniería social se ha inventado hace dos días.
Te cuelan leyes represivas y logran que los/las papanatas que DICEN ser de izquierdas las aplaudan hasta con las orejas, aludiendo a seres imaginarios como el heteropatriarcado.
Que tú tengas un mínimo de sentido crítico y puedas ver que es un atropello a los derechos de parte de la sociedad, es considerado una rareza. Y los raros que tienen cosas raras como sentido crítico están muy mal visto y deben de ser excluídos.
#18:
#2 no si encima que el pobre hombre lleva años sufriendo por la enfermedad de su mujer, lo juzgen y le metan en prision. Esto ya seria de locos.
#67:
#4 es la consecuencia lógica de una ley pensada con el coño en lugar de la cabeza.
#205:
#29
- Primero defendéis que esta ley sólo afectará a quién ejerza violencia de género -> Errásteis,
- Luego cuando un juez hizo propuesta de enviar este caso al tribunal de LIVG decíais que esa propuesta sería rechazada -> Errásteis
- Ahora decís que cuando empiece el juici se comprobará que hubo petición expresa de la víctima-> Por favor espero que en esta acertéis...
#32:
#20 Por seguir la ley? o seguir la doctrina del tribunal supremo? Me parece que no. Están haciendo su trabajo y es correcto de acuerdo a lo que pone en la ley.
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia."
Violencia de género y luego le juzgamos por delito de odio y por terrorismo y así ya demostramos que estas leyes no tienen ni puñetero sentido tal cual están hechas.
#18 bajo la ley de violencia de genero actual, es posible, ya que según la doctrina del tribunal supremo, todo acto de agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero, da igual la motivación o lo que haya detrás.
Pues este hombre, en base a esto debe ir a la carcel.
La ley cuando se hace mal pues pasa esto.
#30 No es ciertamente así. Es; toda agresión de hombre a mujer que haya tenido o tenga relación sentimental con la víctima, en ese caso, SÍ se considera violencia de género.
A mí me parece una puta locura ya de por sí, no hace falta exagerar los términos.
#70 el respeto debería ser lo primero en Menéame. Ninguno aquí somos unos lumbreras y cometemos errores que hay que aceptar de buenísimo grado. Los lumbreras que faltan el respeto a los demás no existen, eso es contradictorio.
Se puede comprobar que la violencia de género es de aplicación a ámbitos fuera de las relaciones de pareja.
Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
Extracto del artículo 2. Las formas de violencia anteriormente descritas pueden manifestarse en alguno de los
siguientes ámbitos:
ámbito de la pareja, ex pareja o relación de afectividad análoga,
ámbito familiar,
ámbito laboral,
ámbito social o comunitario
#53 Pues vaya, precisamente en el caso que nos ocupa, ha habido una relacion sentimental bastante importante, con lo cual, mas razón si cabe para meterla dentro del saco de la violencia de genero, tal como está redactada ahora.
espera no sea que me esté colando, yo hablo de agravante de género y tú de violencia de género. En un principio he pensado que es lo mismo, lo mismo hay matices que hacen que sean cosas distintas.
#53 en realidad en Castilla y León han ampliado esa ley trasladándose al ámbito social, por lo que puede ser violencia de género incluso fuera de cualquier relación de pareja.
Y no es de ahora llevamos desde el 2010 con eso.
#53 Para estos casos que cuentas en los que no se contempla lo que ha dicho #30 existe el agravante por razones de género, o lo que es lo mismo un agravante cuando el delito por pequeño que este sea es cometido por un hombre hacia una mujer.
"Son circunstancias agravantes:
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad."
Como se puede ver ver ya hay un agravante por sexo por lo que incluir en la revisión de 2015 el agravante por razones de género sería redundante en caso de ser lo mismo, por lo que no es el mismo agravante.
Con todo esto tenemos que cualquier delito que cometa un hombre siendo la persona damnificada una mujer las penas en la mayoría de casos se impondrán en su mitad superior, o lo que es lo mismo, las condenas serán más altas.
El cálculo se realiza restando el límite inferior de la pena impuesta al superior, dividiendo entre 2 la diferencia resultante y restando el resultado al limite superior de dicha pena para así obtener la pena mínima en la mitad superior.
Por ejemplo, una pena entre los 8 y los 14 años de cárcel en su mitad superior sería entre los 11 y los 14 años de cárcel. ((14-8)/2)-14
Por lo que a este hombre muy probablemente le condenen a 6 años de cárcel menos un día ya que al haber agravante de género le impondrán la pena inferior en grado pero en su mitad superior en el caso de que le encausen por asistencia al suicidio hasta el punto de llegar a ejecutarse la muerte.
También depende del juez, aunque tratándose de violencia de género no creo que le imponga la pena en dos grados inferior.
"3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo."
Por suerte hay grabaciones donde se ve que ella estaba piediendo que quería morir y que su marido le iba a ayudar, sino como mínimo le caen 10 años en caso de suicidio asistido, en el caso de homicidio 15 años no se lo quita nadie y actualmente se está empezando a juzgar estos casos como homicidio con alevosía (indefensión por parte de la víctima) por lo que se aplica el Artículo 139 que tiene penas entre los 15 y 25 años de cárcel.
#30 La ley de violencia solo agrava la condena. La eutanasia ya es delito de homicidio, lo que ocurre que no querían mezclar la LVG con este caso para que no se evidenciara la incongruencia.
Con la ley en la mano sólo procede condena con violencia de género y petición del juez de indulto.
#30 Pues que se pudra por asesino...Ah no espera, que en este caso da penita y... miercoles!!! no todos los hombres somos malos malotes. Que marrooon!!
#30 Pues si no estoy mal enterado, el tipo este es partidario del rollo feminata con perspectiva de género y génera, así que si come trena que le den por culo.
#18 Que lo juzguen no significa que lo vayan a condenar, y que lo juzgue un tribunal de violencia de genero no significa que sea violencia de genero. Pero vamos, que ya tenemos meses de conversación para los alterados del feminaziapocalipsis, que es de lo que se trata.
#29 ya, pero eso no da para noticia sensacionalista
#20 Por seguir la ley? o seguir la doctrina del tribunal supremo? Me parece que no. Están haciendo su trabajo y es correcto de acuerdo a lo que pone en la ley.
#71 la Sala considera que "no concurre en este concreto instante del proceso, de forma notoria", la causa de exclusión que mantiene la magistrada del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 5'.
#56 No estoy yo muy seguro que no tendrá consecuencias penales.
Le auguro una condena de 6 años menos un día a la sombra por asistencia al suicidio por petición expresa del suicidado que ha sido llevado a ejecución (Art. 143.3 y 143.4 del Código Penal), con además un agravante por razón de género. (Art. 22 quáter del Código Penal)
#20 Por supuesto que no, el juez sigue la ley.
Los que sí deberían ir a psiquiatra son otros. Los que hicieron la ley y los que la apoyan, pues esta ley sí es una locura (y una aberración).
#2 ¿Te has leído la noticia? Una vez empiece el juicio, sea en el tribunal que sea, se comprobará que hubo una petición expresa de la víctima, así que se va a descartar la violencia de género sí o sí.
Lo único que dice la Audiencia es que, en la fase en la que estas ahora, eso no está probado hasta que no empiece el juicio.
#29 Una persona, mujer en este caso, que no está al 100% de salud, no puede haber dado un consentimiento que no esté bajo coacción.
Recordemos que él es hombre, por lo tanto fisicamente superior, y ella está desamparada y enferma.
Aplicando los argumentos que se han esgrimido hasta ahora, este hombre debería ir a la carcel, aunque suene así de triste, sino tendremos una justicia poco objetiva.
Ojalá le dejen libre, pero de acuerdo a la ley y a lo establecido hasta ahora por el supremo y por otros juicios, no debería ser así.
#35 Claro que lo condenarán a prisión, porque posiblemente sea culpable del delito de asistencia al suicidio. Pero no por ser hombre, ni por lo de la superioridad física ni chorradas de esas. Lo van a condenar igual que si fuese una mujer que hubiese ayudado a suicidarse a su pareja.
#66#169 Eso es lo que a todos nos gustaría que pasara, lamentablemente no es lo que va a pasar, por gracia del Supremo. Parece que no vais a despertar hasta que lleve 10 años entre rejas.
#29
- Primero defendéis que esta ley sólo afectará a quién ejerza violencia de género -> Errásteis,
- Luego cuando un juez hizo propuesta de enviar este caso al tribunal de LIVG decíais que esa propuesta sería rechazada -> Errásteis
- Ahora decís que cuando empiece el juici se comprobará que hubo petición expresa de la víctima-> Por favor espero que en esta acertéis...
#29 El agravante de género sigue existiendo ya que el TS sentó jurisprudencia al respecto en Enero de este año.
"no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo"
"Los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad"
Según el TS todo es violencia de género independientemente del motivo, como por ejemplo para defenderte de una mujer, que es lo que ocurrió cuando el TS sentó jurisprudencia con el Tribunal Constitucional en contra diciendo que el TS podría haber vulnerado el Artículo 14 de la constitución.
Por otro lado, que haya petición expresa de la víctima no quita que la asistencia al suicidio por mandato de la persona suicidada no sea un delito penado con penas de 6 a 10 años de cárcel en uno o dos grados inferiores.
Artículo 143.3 y 143.4 del Código Penal.
3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.
#2 el monstruo del feminismo creado por el pensamiento progresista devorandose los derechos de la eutanasia (también del ideario progre pero más aceptado por la sociedad que el feminazismo)
#4 Ni es delito ni es delito de género, pero tiene que haber un juicio. O que quereis? que estas cosas no se juzguen? Una persona ha acabado con la vida de otra, con lo que, por cojones, tiene que ser juzgada. Además el acusado es el marido de la víctima, y dado que tenemos unos tribunales especializados en ver si una agresion ha sido o no violencia de género, la ley obliga a usarlos. Cojonudo, no veo el problema.
Vería un problema muy serio si lo condenan por asesinato o por violencia de genero, por supuesto, pero veo imposible que eso pase.... ¿Exactamente cual es el problema? porque en serio, no lo entiendo....
#2 El problema es que con la ley actual (una puta mierda hecha a medida para contentar a las feministas) no podían hacer otra cosa.
A ver si esto sirve para algo más y la cambian
#2 Veo tu delito de odio y terrorismo y subo a sedición y rebelión. Total, la justicia de este país últimamente es de traca así que no me sorprendería nada que la AP se viniera arriba, aún más. Hagan juego señores!!
La justicia solamente está aplicando la ley antihombres de violencia de género y la doctrina con perspectiva de género del Tribunal Supreno.
Cualquier acto de un hombre (pareja o ex pareja,) hacia una mujer, que provoque un daño, es violencia de género porque vivimos en un sistema patriarcal. Incluso si al defenderte de una agresión u intento de homicidio, si la mujer resulta dañado,aunque sea psicológicamente, aplicando la perspectiva, la ley y doctrina el hombre debe ser juzgado por Violencia de Género.
Cualquier otra interpretación del caso sería vulnerar la Ley, la doctrina del Tribunal Supremo y la perspectiva de género. Quién se va a atrever a que le inhabiliten?
#10 al final el neofeminismo implosiona solo, porque resulta que si hay que proteger a la mujer y tutelarla continuamente por el mero hecho de ser mujer, lo que se está asumiendo es que la mujer es inferior al hombre. Eso no es feminista.
#10 a ver si te crees que la ingeniería social se ha inventado hace dos días.
Te cuelan leyes represivas y logran que los/las papanatas que DICEN ser de izquierdas las aplaudan hasta con las orejas, aludiendo a seres imaginarios como el heteropatriarcado.
Que tú tengas un mínimo de sentido crítico y puedas ver que es un atropello a los derechos de parte de la sociedad, es considerado una rareza. Y los raros que tienen cosas raras como sentido crítico están muy mal visto y deben de ser excluídos.
#10 En mi opinión no es estrictamente antihombres. Tiene mucho de discriminación por sexo, sin duda , pero mucho también de ideología. ¿Ideología supremacista quizá?.
Es por las ideas. Pensar A es malo, pensar B es bueno. Una mujer, cualquier mujer, que no esté de acuerdo con la corriente de pensamiento es atacada tan indiscriminadamente como un hombre que tampoco lo esté. Al revés también funciona. Los hombres de la cuerda son bien acogidos en el sistema.
Es un caso único; desde una posición de inferioridad asumida y reconocida por el feminismo (desigualdad de oportunidades, machismo consentido socialmente, etc) se toma una actitud supremacista disfrazada de búsqueda de la igualdad pero pasando por otra desigualdad.
Y ahora, al menos, estas cosas empiezan a aparecer en algunos medios y a poder hablarse en libertad, cuando lo habitual ha sido machacar cualquier conato de queja ante una leyes y unas ideologías que es evidente que presentan deficiencias.
#4 por hacer de abogado del diablo, no dicen que sea delito de género sino que lo debe juzgar un tribunal especializado en esos delitos. Luego, lo normal será que resuelvan que no hubo delito de género. Pero lo debe decir el tribunal especializado en eso. ¿Es una tontería? Sí, dadas las circunstancias. ¿Es una aberración jurídica? No diría tanto.
#95 Si mal no recuerdo ese tribunal declaro que no debería ser juzgado como violencia de genero, por lo que no veo muy lógica la orden de la audiencia.
#98 Ningún problema. Se supone que le va a juzgar gente preparada para ello. No tardarán ni un segundo en darse cuenta de que no ha sido una cuestión de violencia de género.
No estoy en absoluto de acuerdo. Pero luego me meto en el cuerpo de la noticia y cambia un poco el asunto. Es decir: sigo estando en desacuerdo, pero el titular es un poco erróneo.
Vale: en cualquier proceso penal está la fase de instrucción y la fase de juicio oral. En la fase de instrucción se investiga. El juez de instrucción no juzga, excepto algunos (no todos) delitos leves, que no es el caso.
El titular es: "La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se juzgue como violencia de género".
Y no es así. El titular real es:
"La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se instruya [investigue] como violencia de género"
Pero los periodistas en su línea de cultura jurídica. Literalmente la Audiencia dice que es demasiado pronto como para saber si debe juzgarse o no por esa vía. Ahí, en el cuerpo de la noticia.
El criterio de la Audiencia es este: "No es el momento procesal para determinar si es o ya podemos excluir que sea VG, así que vamos a dejar que lo instruyan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer por si acaso; luego, de la instrucción (investigación) ya se verá".
#21 por mucho que se encargue de la instrucción pone de manifiesto que es una ley de autor con tribunales de excepción, ¿de verdad está tan mal hecha la ley que un juzgado normal no puede determinar que no hay ni por asomo violencia de género? Sí, la ley se centra en el sexo del autor en vez de en los hechos y obliga a que se trate exclusivamente por tribunales ideologizados y creados excepcionalmente para esta ley.
#50 No creo que sean tribunales de excepción. No encajan en la definición en absoluto. El criterio de la Audiencia es cauto, aunque yo comparta el criterio de la fiscal.
#54 Pero sí es una ley de autor que considera distintas penas y agravantes por el mismo acto, sólo por el sexo de víctima y victimario. Por lo tanto completamente fuera del estado de derecho por mucha gimnasia mental que hayáis hecho para intentar rebatirlo.
Sabéis perfectamente que la LIVG jamás debería haber sido aprobada y mucho menos ratificada por ciertos jueces del TC. Defendéis lo indefendible.
#21 si no fuese un caso tan mediático y llega a instrucción a este mismo tribunal... dime a ver cómo acaba.
En este caso puede que resuelvan distinto a lo que se está haciendo porque el rechazo social acongoja, pero si a ti te toca defender a un yayo en iguales condiciones y que no haya salido por la tele...
#21 Venía a escribir lo mismo que tú pero lo de "guardemos las antorchas" no lo vas a conseguir.
En puridad lo que dice la Audiencia es muy correcto.
Hay un hecho incontrovertido "un hombre ha matado presuntamente a su esposa" y eso puede ser violencia de género.
Por la prensa todos sabemos multitud de detalles sobre el caso y ya hemos decidido si es culpable o inocente y la pena que debe cumplir o si debe ser absuelto, pero la justicia de manera fehaciente lo único que sabe es "que un hombre ha matado presuntamente a su esposa"
Por lo tanto tu resumen ""No es el momento procesal para determinar si es o ya podemos excluir que sea VG, así que vamos a dejar que lo instruyan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer por si acaso; luego, de la instrucción (investigación) ya se verá". Es exactamente de lo que va esta noticia.
Voy a por unos extintores a ver si conseguimos algo.
#21 Espero que se quede en nada. Es normal que la gente se estire de los pelos al leer cosas como éstas, y más si se escriben de forma sensacionalista/errónea. De todas formas, ¿no hay pruebas que aclaran que, en principio, no tiene nada que ver con violencia de género? Supongo que sería más normal investigarlo fuera de esa vía. No sé, yo veo un error el hecho de, por defecto (porque sí), tratar un caso como VG por el simple hecho de que la víctima es mujer, cuando su muerte no tiene nada que ver con ser mujer.
Veo normal que sea tan polémico. Y lo siguiente, es que algún partido pase a aprovecharlo como siempre para atacar a la LVG.
Respecto al caso, no, no se va a juzgar por violencia de genero, esta es solo la instrucción, se va a investigar si es o no violencia de genero, pero no se le va a juzgar por violencia de genero.
pasapollo en #21 lo explica mucho mejor que yo (para no variar)
#392 No debo haber leido bien la notícia. ¿Donde ves la posible duda?
En que esto es la instrucción del caso, no el juicio. pasapollo en #21 lo explica mucho mejor que yo (para no variar, y perdona pasapollo por referenciarte todo el rato)
Con una pena mayor debido a la agravante de la violencia de género.
Si no me equivoco, en el delito de asistencia al suicidio la pena es la misma sea o no viogen ¿tienes tu un dato distinto?
#13 En realidad están preocupados porque con el absurdo de este caso corren en peligro sus chiringuitos. Hay que aplicar medidas de emergencia (pero solo en este caso).
#13 Que este comentario sea uno de los más votados y esté resaltado en la noticia, en vez de penalizado, dice mucho de en que se está convirtiendo Menéame.
#6 Dudo que lo hagan, tienen negocios importantes alrededor de esa ley.
. Probablemente, en este caso, hagan una excepción para saltarse la ley, pero no para hacer justicia, sino para no hacerle daño al sistema de chiringuitos, que es lo único que les importa.
#6 Mientras todos los partidos parlamentarios salvo los de extrema derecha la apoyan dificilmente se va a revisar. Actualmente todos saben que la ley está repleta de agujeros y que las propias premisas que se manejan (todo asesinato de un hombre a una mujer de su ámbito sentimental se debe a causas de dominación machista etc.), son erróneas. Pero también saben que si se muestran críticos mañana tienen a todo el aparato mediático del país tachándolos de ultraderechistas, de complices de asesinos, etc. Los partidos no quieren eso y prefieren no mojarse.
#36 Decir lo contrario sería prevaricar, ir en contra de la ley que dice que toda agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero.
Estas pidiendoles a los jueces que no cumplan la ley? Que se la salten?
Yo no quiero eso en ningún concepto, lo que hay que tener son leyes bien hechas, no chapuzas, y así luego no habrá problemas.
#68 Si? Me extraña que hayas buscado, si solo ha pasado 1 minuto jajajajaja
Prueba otra vez y esta vez abre al menos el navegador anda, esa cosa con un icono de colorines jajajaja
#60 Se que no es lo que buscas, porque buscas literalmente palabra a palabra; pero la ley lo que dice es:
Artículo 14: Ley de enjuiciamiento criminal:
"Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer serán competentes en las siguientes materias, en todo caso de conformidad con los procedimientos y recursos previstos en esta Ley:
a) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexuales o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación, siempre que se hubiesen cometido contra quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, así como de los cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente, cuando también se haya producido un acto de violencia de género."
Dentro de la ley orgánica 10/1995 del código penal, título 1, homicidios y sus formas:
Artículo 143: "El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años."
El suicidio asistido se considera homicidio, el homicidio como delito penal hacia alguien que sea esposa, o mujer o este ligada por afectividad o convivencia se juzga por el juzgado de violencia sobre la mujer.
#60 La ley dice textualmente que debe ser juzgado en ese juzgado específico. La condena podrá tener o no matices pero la instrucción no cabe en otra parte sin saltarse la ley.
Me ha costado medio minuto encontrarlo. Quizás tú tienes otras dificultades para buscarlo, que no son dificultades técnicas. Me refiero a dificultades del tipo de negarse a ver lo que no interesa.
#60 Que te parece el agravante por cuestión de género. Al existir un agravante las penas siempre se impondrán en su mitad superior.
Artículo 22 del Código penal.
Son circunstancias agravantes:
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad.
En 2015 se incluyó en el artículo 22 el agravante por razón de género existiendo ya un agravante por discriminación por el sexo de la persona, y como la ley no es redundante este agravante va dirigido a los hombres que discriminen a la mujer por cuestión de género, según dejó claro en Enero de este año el TS cualquier delito por pequeño que sea de un hombre hacia una mujer es violencia de género ya que lo ha hecho como muestra de su superioridad y dominio sobre la mujer.
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia."
#96 ostia, estaba pensando yo ahora, yo llevo 10 años divorciado de mi ex, cero problemas, también casi cero relación (no hay niños por medio), no hemos discutido ni una vez, el caso es que si (por lo que sea) un día se cruza conmigo y me da una ostia y yo se la devuelvo (con resultado de lesiones iguales para los dos) resulta que me juzgan por violencia de género! tiene caducidad la ex? una ex es para siempre?
Lo curioso es ver comentarios que se sorprenden de esa decisión. No se sorprendieron cuando se aprobó esa aberración de ley. Mira tú por donde la acción de este hombre en período electoral no sólo ha puesto sobre la palestra la ausencia y necesidad de legislación sobre eutanasia, sino también la ley de violencia de género
Todo esto no tiene ningún sentido. Si las leyes se interpretan, no entiendo cómo no pueden interpretarla correctamente en este caso. Supongo que porque la ley no da pie a otras interpretaciones, porque no me lo explico. Este hombre ha cuidado a su mujer media vida y al final, con mucho dolor, ha decidido conceder el que fue su deseo reiterado durante años. ¿Violencia contra la mujer por el mero hecho de serlo? Amos, no me jodas. Un monumento le tendrían que hacer y un reconocimiento a lo Rosa Parks.
Que algún partido abra los ojos y revise esta ley de una vez.
#7 Ya hay un partido que ha propuesto una revision e intenta que los demas abran los ojos, pero le acusan de machista por ello entre otras cosas, como por ejemplo querer regular la inmigracion y por ello llamarles xenófobos. No hay mas ciego que el que no quiere ver.
#17 No sé muy bien de qué partido hablas, ¿Cual es su postura respecto a la eutanasia, que es el auténtico tema de este meneo, o la muerte digna en general?
Espero respuesta.
#7 Es que las leyes no se interpretan, se interpretan los hechos para ver a que ley se ajusta. Las leyes dicen lo que dicen, a no ser que sean ambiguas. El problema es que es una ley de mierda.
#24 La interpretación de la ley es el proceso interpretativo que consiste en establecer algún sentido de las normas jurídicas que forman el derecho legislado. Se trata de un tipo de interpretación jurídica. En particular es realizado por los jueces que deciden de un caso de acuerdo con la legislación aplicable al mismo. Además de que solo los legisladores son los que pueden manifestar la oscuridad de una ley en donde deben recurrir a la historia o en general a los métodos de interpretación de la ley y determinar su sentido. Y en los casos de que no se utilicen los métodos para la interpretación de la ley se interpretará del modo en que más parezca. https://es.wikipedia.org/wiki/Interpretaci%C3%B3n_de_la_ley
La interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios. En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo. De ahí que la interpretación de la ley sea una especie de interpretación jurídica. https://es.wikipedia.org/wiki/Interpretaci%C3%B3n_jur%C3%ADdica
#7 No es el caso (repito NO ES EL CASO), pero imagina una situación:
El hombre ha cuidado de su mujer media vida. Y cuando peor se encontraba ella, él se ha enamorado de otra y se ha cansado, y ha decidido librarse de ella.
(Sigo repitiendo: no es el caso).
¿Entiendes porqué los juzgados se tienen que andar con pies de plomo al tratar cualquier muerte (en realidad, cualquier delito, pero bueno).
#7 Las leyes se interpretan cuando su redacción permite un margen de interpretación. Léete la sentencia del TS y podrás comprobar como han escogido las palabras exactas para impedir ninguna interpretación, nunca, en ninguna circunstancia.
#7 El TS sentó jurisprudencia al respecto este Enero pasado.
Da igual cual sea el motivo o la intencionalidad si el hombre ejerce cualquier tipo de violencia por pequeña o grande que esta sea sobre la mujer.
"Los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad"
"no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo"
Una pareja implicada (hombre,mujer) y ella muerta. Si procede un juicio para dictaminar la situación parece claro que encaja dentro de lo que establece la ley como posible violencia de género. Puede que la ley te parezca absurda pero si existe hay que aplicarla.
El articulo lo han leido 3. Ya que a querer saber más que unos jueces (o en general expertos en su sector) lo minimo no seria leer los argumentos que se dan?
Segun tenia entendido, el estado de derecho ha de garantizar la proteccion del inocente, incluso si eso significa beneficiar potencialmente a 100 que son culpables.
Por eso existe la presuncion de inocencia o la politica de reinsercion.
No sera este caso sintomatico de que la ley, tal y como esta planteada, deja un reguero de inocentes por el camino?
No estoy en contra de una especial proteccion para las mujeres puesto que si pienso que estan mas expuestas dadas ciertas condiciones sociales y culturales (muchos de vosotros estareis en desacuerdo, lo respeto), pero desde luego que casos como este ejemplifican a gritos la locura que es la presuncion de culpabilidad del hombre en estos casos.
Vergonzoso, flaco favor le hace esta legislacion a aquellas personas que si merecen medidas legales adicionales.
#62 Porque si en un caso tan mediatico, que deja tan clara la inexistencia de este tipo de violencia en el transcurso de los hechos, es juzgado como un potencial caso de violencia machista, con cuantas pruebas o justificacion se admiten a tramite este tipo de denuncias?
Para que un juez sopese la aplicacion de jurisprudencia especifica ha de tener indicios que lo justifiquen. En este caso, los indicios han de ser 0 o menos de 0, y sin embargo permanece abierta la posible aplicacion de esta normativa.
En otras palabras, si este senyor no tiene pruebas suficientes para que no se admita a tramite un caso de violencia de genero, entonces quien narices tiene pruebas para desestimar la motivacion de violencia de genero en su propia situacion? Nadie.
#97 Es instruido como un caso de VG. Si se juzga como VG estaré obviamente en contra.
Pero estás mezclando cosas. Tiene que haber una instrucción porque hay indicios razonables de delito. El tema aquí es si instruye un juzgado especializado, como ha sucedido, o uno genérico de instrucción, pero tiene que haber instrucción siempre.
No es así. La competencia es del juzgado de violencia, no porque se haya demostrado una determinada motivación, ni porque los jueces la presuman, sino porque la ley dice que todos los delitos de determinadas categorías, incluyendo el homicidio y otros relacionados, cometidos por un hombre contra la que sea o haya sido su pareja, son competencia del juzgado de violencia.
Los jueces (en esta ocasión) han hecho lo que la ley les obligaba a hacer. ¿La ley está mal? Por supuesto, pero esa es otra historia.
Yo tengo hablado y en breve por escrito con mi compañera, que si algún dia nos diagnostican una enfermedad grave (demencias, etc) no queremos seguir viviendo.
El problema es que el afectado, no se da cuenta que padece eso, y claro... ¿como se hace?
Disculpr que escriba así, pero me afecta de cerca (como a casi todos supongo) y es una pesadilla para el afectado y entorno ese tipo de enfermedades sin retorno.
#5 ¿Y cómo lo harías si el afectado no se da cuenta de que está enfermo y se lo llevan para ser eutanasiado contra su voluntad en ese momento?
Estás planteando que tu perspectiva actual es imposible que cambie, cuando eso no es así. Es fácil caer en la impresión de que tomarías una decisión determinada en una determinada situación y que luego cambies de opinión cuando te enfrentas a ella.
#5#9 Solo decir que me parece que este tema efectivamente es complicado, yo puedo consentir a eutanasia en un momento en el que esté plenamente en mis facultades, pero luego cambiar de opinión, o que mi interpretación de ese "momento" sea diferente a la que otro pueda tergiversar para asesinarme legamente.
De todas formas, creo que cualquier cosa que hagamos tendrá insertidumbres, y que algo se podrá hacer para reducirla de forma razonable. Todo esto hablando de que fuera legal y que se determine un protocolo con las mejores garantías.
#5 Simplemente no se puede hacer como están las leyes. Precisamente el hombre de la noticia lo publicó en internet todo el proceso para denunciar que no existiera una ley para estos casos.
Se está denunciando la Ley de Violencia de Genero pero en este caso el problema es la falta de la una dey de muerte digna que al no haberla es un homicidio y eso deriva en ser juzgado en este juzgado.
#5 Lo primero, ante notario, testamento vital, no solo lo de la eutanasia y tu voluntad ante cuidados paliativos si estas inconsciente, sino ya de paso donacion de organos, etc, etc, etc.
Lo segundo, hacerte residente de un pais donde la eutanasia sea legal, porque aqui nuestros culos siguen siendo propiedad del estado.
#26 Jueces..., esas personas de buenas familias que en muchos casos solo demuestran tener la virtud de poseer una memoria extraordinaria para aprobar semejante oposición, nada más.
Iba a comentar algo, pero es que es tan ridícula esta noticia que ya no se ni que cojones escribir, ni los monty python podrían emular semejante absurdo
#80 El absurdo puede seguir. Una condena de 25 años para el esposo de la víctima, o mejor aún, una condena permanente revisable, no vaya a ser que le diera a este señor, una vez cumplidos los 25 años de prisión, por montar una empresa de eutanasias a domicilio. VIVIMOS EN EL PEOR PAÍS POSIBLE.
Qué vergüenza. Luego se quejan de que los ciudadanos no confíen en las instituciones. Seguro que este caso no tarda 4 años en juzgarse, que es lo normal en un caso ordinario.
#34 No. Precisamente en el caso de esta ley lo que se ha buscado expresamente es acabar con esos matices e interpretaciones y este es el resultado. Lo que se busca concretamente es que toda violencia de un hombre hacia una mujer sea juzgado como violencia de género e independientemente de los motivos o de que haya existido relación afectiva entre ellos.
Y que se de con un canto en los dientes, que también se pretende que el feminicidio tenga mayor pena que un homicidio.
#27#34 Yo diría que tanto la ley como los jueces tienen su parte de culpa en este caso, es una lástima por qué el juzgado que investigaba este caso originalmente determino que no debería juzgarse como violencia de genero y la audiencia podría haberlo aprovechado para juzgarlo como suicidio asistido, por lo que con la ley en la mano se podría condenado por suicidio asistido aprovechando la interpretación los jueces del juzgado especializado en la violencia de genero.
#34 Vaya por dios, nos pasamos AÑOS diciendo que gilipolleces como la que aquí nos ocupa iban a suceder porque la ley está redactada con el ojete, pero ahora resulta que cuando ocurren es la culpa del juez, que no lo ha entendido.
Pues primero, te diré que te saques las oposiciones y te metas tu a juez antes de decir papanatadas, y segundo, son magistrados, que quiere decir que son varios jueces, y además no son cuatro mindundis que se han juntado, son gente con ya una cierta experiencia.
Comentarios
jajajaja y vamos para bingo!
Violencia de género y luego le juzgamos por delito de odio y por terrorismo y así ya demostramos que estas leyes no tienen ni puñetero sentido tal cual están hechas.
#2 no si encima que el pobre hombre lleva años sufriendo por la enfermedad de su mujer, lo juzgen y le metan en prision. Esto ya seria de locos.
#18 bajo la ley de violencia de genero actual, es posible, ya que según la doctrina del tribunal supremo, todo acto de agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero, da igual la motivación o lo que haya detrás.
Pues este hombre, en base a esto debe ir a la carcel.
La ley cuando se hace mal pues pasa esto.
#30 No es ciertamente así. Es; toda agresión de hombre a mujer que haya tenido o tenga relación sentimental con la víctima, en ese caso, SÍ se considera violencia de género.
A mí me parece una puta locura ya de por sí, no hace falta exagerar los términos.
#53 ok, es cierto que se dijo de ampliarlo, pero de momento se ha dejado solo dentro del ambito conjugal/sentimental.
Gracias por la matización.
#58 gracias a ud. Por aceptar el matiz de buen grado. #MakeMeneameGreatAgain
#70 el respeto debería ser lo primero en Menéame. Ninguno aquí somos unos lumbreras y cometemos errores que hay que aceptar de buenísimo grado. Los lumbreras que faltan el respeto a los demás no existen, eso es contradictorio.
#MakeMeneameGreatAgain
#58
#53, #58, #70, #106, #126, #79, #96, etc.
Antes de leer mi mensaje por favor preguntaos:
¿Fuera del ámbito de una relación sentimental tendría sentido aplicar la LVG?
Aquí, en esta ley disponible en:
https://www.google.com/url?q=https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-20072-consolidado.pdf&sa=U&ved=2ahUKEwjRqaOXj9XiAhUsx4UKHU8mB9gQFjAAegQIBhAB&usg=AOvVaw14-vwptDXhbfGIbu3Ml_88
Se puede comprobar que la violencia de género es de aplicación a ámbitos fuera de las relaciones de pareja.
Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
Extracto del artículo 2.
Las formas de violencia anteriormente descritas pueden manifestarse en alguno de los
siguientes ámbitos:
ámbito de la pareja, ex pareja o relación de afectividad análoga,
ámbito familiar,
ámbito laboral,
ámbito social o comunitario
#53 Pues vaya, precisamente en el caso que nos ocupa, ha habido una relacion sentimental bastante importante, con lo cual, mas razón si cabe para meterla dentro del saco de la violencia de genero, tal como está redactada ahora.
#53 Tienes razón en el estado actual de las cosas, pero Carmen Calvo querría que fuese como dice #30
#53, uhm, el tribunal supremo dijo que de hecho ni es necesario que el agresor conozca a la víctima.
Tribunal supremo
La agravante de género debe aplicarse aunque no haya una relación entre agresor y víctima
http://www.rtve.es/noticias/20181121/agravante-genero-debe-aplicarse-aunque-no-haya-relacion-entre-agresor-victima/1841513.shtml
#53 ¿Cual es la agresión en este caso?
Te paso el video del momento del deceso para ayudarte:
#53 en realidad en Castilla y León han ampliado esa ley trasladándose al ámbito social, por lo que puede ser violencia de género incluso fuera de cualquier relación de pareja.
Y no es de ahora llevamos desde el 2010 con eso.
#53 A ver chicos, que esto no es la sentencia, se abre juicio con ese delito como posible tipo. Es obvio que no pisará la cárcel.
#53 y se dan casos locos de matar a golpes a una prostituta y no ser violencia de género porque no tenian relación. Es dantesco.
#53 Pues siento decirte que te equivocas, no hace falta relación sentimental. Noticia de RTVE: http://www.rtve.es/noticias/20180201/cgpj-contabilizara-como-violencia-genero-toda-agresion-hombre-mujer-hecho-serlo/1671665.shtml
#53 Para estos casos que cuentas en los que no se contempla lo que ha dicho #30 existe el agravante por razones de género, o lo que es lo mismo un agravante cuando el delito por pequeño que este sea es cometido por un hombre hacia una mujer.
Artículo 22 quáter del Código Penal
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t1.html#c4
"Son circunstancias agravantes:
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad."
Como se puede ver ver ya hay un agravante por sexo por lo que incluir en la revisión de 2015 el agravante por razones de género sería redundante en caso de ser lo mismo, por lo que no es el mismo agravante.
Con todo esto tenemos que cualquier delito que cometa un hombre siendo la persona damnificada una mujer las penas en la mayoría de casos se impondrán en su mitad superior, o lo que es lo mismo, las condenas serán más altas.
El cálculo se realiza restando el límite inferior de la pena impuesta al superior, dividiendo entre 2 la diferencia resultante y restando el resultado al limite superior de dicha pena para así obtener la pena mínima en la mitad superior.
Por ejemplo, una pena entre los 8 y los 14 años de cárcel en su mitad superior sería entre los 11 y los 14 años de cárcel. ((14-8)/2)-14
Por lo que a este hombre muy probablemente le condenen a 6 años de cárcel menos un día ya que al haber agravante de género le impondrán la pena inferior en grado pero en su mitad superior en el caso de que le encausen por asistencia al suicidio hasta el punto de llegar a ejecutarse la muerte.
También depende del juez, aunque tratándose de violencia de género no creo que le imponga la pena en dos grados inferior.
Artículo 143.3 y 143.4 del Código Penal.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t1.html#a143
"3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo."
Por suerte hay grabaciones donde se ve que ella estaba piediendo que quería morir y que su marido le iba a ayudar, sino como mínimo le caen 10 años en caso de suicidio asistido, en el caso de homicidio 15 años no se lo quita nadie y actualmente se está empezando a juzgar estos casos como homicidio con alevosía (indefensión por parte de la víctima) por lo que se aplica el Artículo 139 que tiene penas entre los 15 y 25 años de cárcel.
#30 La ley de violencia solo agrava la condena. La eutanasia ya es delito de homicidio, lo que ocurre que no querían mezclar la LVG con este caso para que no se evidenciara la incongruencia.
Con la ley en la mano sólo procede condena con violencia de género y petición del juez de indulto.
#30 Pues que se pudra por asesino...Ah no espera, que en este caso da penita y... miercoles!!! no todos los hombres somos malos malotes. Que marrooon!!
#30 Pues si no estoy mal enterado, el tipo este es partidario del rollo feminata con perspectiva de género y génera, así que si come trena que le den por culo.
#30 Habría que matizar también lo que es y puede ser una "agresión"... que luego todo son sorpresas:
#18 Que lo juzguen no significa que lo vayan a condenar, y que lo juzgue un tribunal de violencia de genero no significa que sea violencia de genero. Pero vamos, que ya tenemos meses de conversación para los alterados del feminaziapocalipsis, que es de lo que se trata.
#29 ya, pero eso no da para noticia sensacionalista
#18 con leyes de locos sentencias de locos.
#18
#18 seguro que Pedro Sànchez está preparando el indulto como a Juana Arribas
#2 El que no tiene sentido es el juez. Debería como mínimo ir al psiquiatra.
#20 Por seguir la ley? o seguir la doctrina del tribunal supremo? Me parece que no. Están haciendo su trabajo y es correcto de acuerdo a lo que pone en la ley.
#32 Lo curioso es que decidir lo contrario también sería su trabajo y correcto de acuerdo a lo que pone la ley.
Espero que recurran. A ver si tiene dinero suficiente.
#32 el problema es la ley, no el juez. Apunta bien!
#20 el juez aplica la ley, la culpa es del que las hace...
#37 No es así. El juez la interpreta y aplica. Por eso existen las sentencias razonadas.
Yo me quejo de. la interpretación que hace este juez, que produce arcadas por muy jurídicamente correcta que sea.
#40 En este caso no interpreta porque no ha juzgado... no hay sentencia, solo se ha decidido qué juzgado deba instruirlo según la ley.
Dicho esto.. pobre señor, ya bastante mal lo ha tenido que pasar para que ahora le vengan con estas...
#42 Claro que interpreta. Y en base a esa. interpretación ha tomado la. decisión.
Una. decisión que jurídicamente no tendrá consecuencias pero que es humillante para las. víctimas de la. situación.
Una. puta verguenza.
#56 Lee bien la noticia...
#71 la Sala considera que "no concurre en este concreto instante del proceso, de forma notoria", la causa de exclusión que mantiene la magistrada del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 5'.
Que más quieres que lea?
#56 Una puta verguenza es la LIVG
#56 No estoy yo muy seguro que no tendrá consecuencias penales.
Le auguro una condena de 6 años menos un día a la sombra por asistencia al suicidio por petición expresa del suicidado que ha sido llevado a ejecución (Art. 143.3 y 143.4 del Código Penal), con además un agravante por razón de género. (Art. 22 quáter del Código Penal)
#40 es la interpretación del supremo melón
#40 Estas pidiendo que el juez prevarique, creo que lo te gusta es la ley.
#20 El juez solo cumple la ley
#20 La decisión es impecable. Quienes deberían ir al psiquiatra son los políticos que aprueban las leyes.
#20 Por supuesto que no, el juez sigue la ley.
Los que sí deberían ir a psiquiatra son otros. Los que hicieron la ley y los que la apoyan, pues esta ley sí es una locura (y una aberración).
#20 Es la audiencia, por tanto varios jueces. Y aplican la ley, la jurisprudencia del supremo.
#20 Aquí el problema está en el legislativo, que por lo visto no ha sido capaz de reflejar lo que querían hacer en el texto redactado.
#2 ¿Te has leído la noticia? Una vez empiece el juicio, sea en el tribunal que sea, se comprobará que hubo una petición expresa de la víctima, así que se va a descartar la violencia de género sí o sí.
Lo único que dice la Audiencia es que, en la fase en la que estas ahora, eso no está probado hasta que no empiece el juicio.
Fin.
#29 Una persona, mujer en este caso, que no está al 100% de salud, no puede haber dado un consentimiento que no esté bajo coacción.
Recordemos que él es hombre, por lo tanto fisicamente superior, y ella está desamparada y enferma.
Aplicando los argumentos que se han esgrimido hasta ahora, este hombre debería ir a la carcel, aunque suene así de triste, sino tendremos una justicia poco objetiva.
Ojalá le dejen libre, pero de acuerdo a la ley y a lo establecido hasta ahora por el supremo y por otros juicios, no debería ser así.
#35 Claro que lo condenarán a prisión, porque posiblemente sea culpable del delito de asistencia al suicidio. Pero no por ser hombre, ni por lo de la superioridad física ni chorradas de esas. Lo van a condenar igual que si fuese una mujer que hubiese ayudado a suicidarse a su pareja.
#66 Eso no es posible en un juzgado de delito por violencia de genero, eso va a en juzgado ordinario.
#73 No hasta que no se demuestre que no hubo violencia de género. Vamos, que lo dicen en la noticia clarísimamente.
#66 Menos mal, una persona razonable en este hilo...
#66 Ya veremos, de momento no lo están tratando igual que si una mujer hubiese ayudado a suicidarse a su pareja.
#66 Si, evidentemente, pero eso lo hará un juzgado de violencia de género, que es lo que la notícia dice, y no otra cosa.
#66 #169 Eso es lo que a todos nos gustaría que pasara, lamentablemente no es lo que va a pasar, por gracia del Supremo. Parece que no vais a despertar hasta que lleve 10 años entre rejas.
#29
- Primero defendéis que esta ley sólo afectará a quién ejerza violencia de género -> Errásteis,
- Luego cuando un juez hizo propuesta de enviar este caso al tribunal de LIVG decíais que esa propuesta sería rechazada -> Errásteis
- Ahora decís que cuando empiece el juici se comprobará que hubo petición expresa de la víctima-> Por favor espero que en esta acertéis...
#29 Aunque la víctima de una agresión pida al agresor que le agreda, eso no exime del delito.
Aunque la notícia no va de eso, sino de que la LdVdG es aplicable, porque lo es siempre sin importar nada.
#29 El agravante de género sigue existiendo ya que el TS sentó jurisprudencia al respecto en Enero de este año.
"no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo"
"Los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad"
Según el TS todo es violencia de género independientemente del motivo, como por ejemplo para defenderte de una mujer, que es lo que ocurrió cuando el TS sentó jurisprudencia con el Tribunal Constitucional en contra diciendo que el TS podría haber vulnerado el Artículo 14 de la constitución.
https://www.20minutos.es/noticia/3531841/0/supremo-agresion-reciproca-hombre-mujer-distinto-delito-violencia-genero
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/estupor-magistrados-constitucional-sentencia-supremo-violencia-genero/20190109175737120237.html
Por otro lado, que haya petición expresa de la víctima no quita que la asistencia al suicidio por mandato de la persona suicidada no sea un delito penado con penas de 6 a 10 años de cárcel en uno o dos grados inferiores.
Artículo 143.3 y 143.4 del Código Penal.
3. Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4. El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo.
#2 el monstruo del feminismo creado por el pensamiento progresista devorandose los derechos de la eutanasia (también del ideario progre pero más aceptado por la sociedad que el feminazismo)
#4 Ni es delito ni es delito de género, pero tiene que haber un juicio. O que quereis? que estas cosas no se juzguen? Una persona ha acabado con la vida de otra, con lo que, por cojones, tiene que ser juzgada. Además el acusado es el marido de la víctima, y dado que tenemos unos tribunales especializados en ver si una agresion ha sido o no violencia de género, la ley obliga a usarlos. Cojonudo, no veo el problema.
Vería un problema muy serio si lo condenan por asesinato o por violencia de genero, por supuesto, pero veo imposible que eso pase.... ¿Exactamente cual es el problema? porque en serio, no lo entiendo....
CC #3 #59, etc
#2 Dicen que mientras ayudaba a la pobre mujer a morir él iba tarareando un rap y que en ocasiones la entretenía con guiñoles.
Ese tipo es carne de juzgado.
#89 Los giñoles son delito si el muñequito enseña algún cartelito. No se va a librar.
#2 El problema es que con la ley actual (una puta mierda hecha a medida para contentar a las feministas) no podían hacer otra cosa.
A ver si esto sirve para algo más y la cambian
#2 Veo tu delito de odio y terrorismo y subo a sedición y rebelión. Total, la justicia de este país últimamente es de traca así que no me sorprendería nada que la AP se viniera arriba, aún más. Hagan juego señores!!
Las leyes de mierda nunca salen gratis. Demencial todo esto.
#3 NO son leyes de mierda. Bueno, si eras un facha machista si.
#3 Yo creo que la audiencia está trolleando al legislativo con todas las de la ley.
La justicia solamente está aplicando la ley antihombres de violencia de género y la doctrina con perspectiva de género del Tribunal Supreno.
Cualquier acto de un hombre (pareja o ex pareja,) hacia una mujer, que provoque un daño, es violencia de género porque vivimos en un sistema patriarcal. Incluso si al defenderte de una agresión u intento de homicidio, si la mujer resulta dañado,aunque sea psicológicamente, aplicando la perspectiva, la ley y doctrina el hombre debe ser juzgado por Violencia de Género.
Cualquier otra interpretación del caso sería vulnerar la Ley, la doctrina del Tribunal Supremo y la perspectiva de género. Quién se va a atrever a que le inhabiliten?
#10 al final el neofeminismo implosiona solo, porque resulta que si hay que proteger a la mujer y tutelarla continuamente por el mero hecho de ser mujer, lo que se está asumiendo es que la mujer es inferior al hombre. Eso no es feminista.
#10 a ver si te crees que la ingeniería social se ha inventado hace dos días.
Te cuelan leyes represivas y logran que los/las papanatas que DICEN ser de izquierdas las aplaudan hasta con las orejas, aludiendo a seres imaginarios como el heteropatriarcado.
Que tú tengas un mínimo de sentido crítico y puedas ver que es un atropello a los derechos de parte de la sociedad, es considerado una rareza. Y los raros que tienen cosas raras como sentido crítico están muy mal visto y deben de ser excluídos.
#10 En mi opinión no es estrictamente antihombres. Tiene mucho de discriminación por sexo, sin duda , pero mucho también de ideología. ¿Ideología supremacista quizá?.
Es por las ideas. Pensar A es malo, pensar B es bueno. Una mujer, cualquier mujer, que no esté de acuerdo con la corriente de pensamiento es atacada tan indiscriminadamente como un hombre que tampoco lo esté. Al revés también funciona. Los hombres de la cuerda son bien acogidos en el sistema.
Es un caso único; desde una posición de inferioridad asumida y reconocida por el feminismo (desigualdad de oportunidades, machismo consentido socialmente, etc) se toma una actitud supremacista disfrazada de búsqueda de la igualdad pero pasando por otra desigualdad.
Y ahora, al menos, estas cosas empiezan a aparecer en algunos medios y a poder hablarse en libertad, cuando lo habitual ha sido machacar cualquier conato de queja ante una leyes y unas ideologías que es evidente que presentan deficiencias.
Claro que si! El mayor acto de amor y compasión que he visto en mi vida y no solo es delito sino que encima es delito de genero. Con un par.
Hay países con eutanasia legalizada y aquí el caso se lleva al matadero de género para juzgarlo. Asco de país en el que vivimos.
#4 es la consecuencia lógica de una ley pensada con el coño en lugar de la cabeza.
#67 con el coño no se piensa, se pare y se jode. Esa ley la han parido y jodido con el coño.
#67 La Ley esta bien. La aplicación mal.
#67 más la ausencia de una legislación sobre la eutanasia
#4 por hacer de abogado del diablo, no dicen que sea delito de género sino que lo debe juzgar un tribunal especializado en esos delitos. Luego, lo normal será que resuelvan que no hubo delito de género. Pero lo debe decir el tribunal especializado en eso. ¿Es una tontería? Sí, dadas las circunstancias. ¿Es una aberración jurídica? No diría tanto.
#95 Si mal no recuerdo ese tribunal declaro que no debería ser juzgado como violencia de genero, por lo que no veo muy lógica la orden de la audiencia.
#95 vamos a ver, si le juzga un JUZGADO CREADO EXPRESAMENTE PARA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, ¿De que crees que le acusan?
#4 Es lo que dice la ley. Punto.
Que la ley es injusta, eso ya es otra cosa que podemos hablar aparte.
#4 El argumento de que esté legalizado en algún sitio es "ligeramente" resbaladizo.
Otra cosa es que el caso de asco.
Por un fin un tribunal que juzga según la perspectiva de género.
A ver si de una buena vez legislan sobre la eutanasia, que ya están tardando.
#1 ¿Y con el eutanasio? ¿Que hacemos con él?
#83 Encerrar a sus padres por cabrones.
#1 #83 Y el perspectivo?
#83 Qué pasa con el eutanasio, ese nunca molesta a nadie, siempre está en las terrazas pasando el rato junto con Euripido, y Eulalia.
#83 que se joda, por machorro
#1 Esto es así gracias a la ley y a su interpretación que ha sido tan celebrada por el feminismo.
#98 Ningún problema. Se supone que le va a juzgar gente preparada para ello. No tardarán ni un segundo en darse cuenta de que no ha sido una cuestión de violencia de género.
#1 mientras tanto los jueces se marcan una reducción al absurdo de la ley actual, para que jueguen a la patata caliente los politicos.
No estoy en absoluto de acuerdo. Pero luego me meto en el cuerpo de la noticia y cambia un poco el asunto. Es decir: sigo estando en desacuerdo, pero el titular es un poco erróneo.
Vale: en cualquier proceso penal está la fase de instrucción y la fase de juicio oral. En la fase de instrucción se investiga. El juez de instrucción no juzga, excepto algunos (no todos) delitos leves, que no es el caso.
El titular es: "La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se juzgue como violencia de género".
Y no es así. El titular real es:
"La Audiencia ordena que el caso del suicidio asistido de Carrasco se instruya [investigue] como violencia de género"
Pero los periodistas en su línea de cultura jurídica. Literalmente la Audiencia dice que es demasiado pronto como para saber si debe juzgarse o no por esa vía. Ahí, en el cuerpo de la noticia.
El criterio de la Audiencia es este: "No es el momento procesal para determinar si es o ya podemos excluir que sea VG, así que vamos a dejar que lo instruyan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer por si acaso; luego, de la instrucción (investigación) ya se verá".
Así que guardemos las antorchas.
#21 Veo que a algunos no les gusta lo de guardar antorchas. Parece que el conocimiento de algo no es divertido si no coincide con tus creencias.
#21 por mucho que se encargue de la instrucción pone de manifiesto que es una ley de autor con tribunales de excepción, ¿de verdad está tan mal hecha la ley que un juzgado normal no puede determinar que no hay ni por asomo violencia de género? Sí, la ley se centra en el sexo del autor en vez de en los hechos y obliga a que se trate exclusivamente por tribunales ideologizados y creados excepcionalmente para esta ley.
#50 No creo que sean tribunales de excepción. No encajan en la definición en absoluto. El criterio de la Audiencia es cauto, aunque yo comparta el criterio de la fiscal.
#54 Pero sí es una ley de autor que considera distintas penas y agravantes por el mismo acto, sólo por el sexo de víctima y victimario. Por lo tanto completamente fuera del estado de derecho por mucha gimnasia mental que hayáis hecho para intentar rebatirlo.
Sabéis perfectamente que la LIVG jamás debería haber sido aprobada y mucho menos ratificada por ciertos jueces del TC. Defendéis lo indefendible.
#21 sigue siendo una aberración que haya la más ligera duda de que este caso concreto pueda ser calificado como vdg
#21 si no fuese un caso tan mediático y llega a instrucción a este mismo tribunal... dime a ver cómo acaba.
En este caso puede que resuelvan distinto a lo que se está haciendo porque el rechazo social acongoja, pero si a ti te toca defender a un yayo en iguales condiciones y que no haya salido por la tele...
#21 Venía a escribir lo mismo que tú pero lo de "guardemos las antorchas" no lo vas a conseguir.
En puridad lo que dice la Audiencia es muy correcto.
Hay un hecho incontrovertido "un hombre ha matado presuntamente a su esposa" y eso puede ser violencia de género.
Por la prensa todos sabemos multitud de detalles sobre el caso y ya hemos decidido si es culpable o inocente y la pena que debe cumplir o si debe ser absuelto, pero la justicia de manera fehaciente lo único que sabe es "que un hombre ha matado presuntamente a su esposa"
Por lo tanto tu resumen ""No es el momento procesal para determinar si es o ya podemos excluir que sea VG, así que vamos a dejar que lo instruyan los Juzgados de Violencia sobre la Mujer por si acaso; luego, de la instrucción (investigación) ya se verá". Es exactamente de lo que va esta noticia.
Voy a por unos extintores a ver si conseguimos algo.
#206 Para mas info: Goto #21
#21 Tío, vales un Potosí
#21 Espero que se quede en nada. Es normal que la gente se estire de los pelos al leer cosas como éstas, y más si se escriben de forma sensacionalista/errónea. De todas formas, ¿no hay pruebas que aclaran que, en principio, no tiene nada que ver con violencia de género? Supongo que sería más normal investigarlo fuera de esa vía. No sé, yo veo un error el hecho de, por defecto (porque sí), tratar un caso como VG por el simple hecho de que la víctima es mujer, cuando su muerte no tiene nada que ver con ser mujer.
Veo normal que sea tan polémico. Y lo siguiente, es que algún partido pase a aprovecharlo como siempre para atacar a la LVG.
#252 Toda la razón, te habia entendido mal.
Respecto al caso, no, no se va a juzgar por violencia de genero, esta es solo la instrucción, se va a investigar si es o no violencia de genero, pero no se le va a juzgar por violencia de genero.
pasapollo en #21 lo explica mucho mejor que yo (para no variar)
#392 No debo haber leido bien la notícia. ¿Donde ves la posible duda?
En que esto es la instrucción del caso, no el juicio.
pasapollo en #21 lo explica mucho mejor que yo (para no variar, y perdona pasapollo por referenciarte todo el rato)
Con una pena mayor debido a la agravante de la violencia de género.
Si no me equivoco, en el delito de asistencia al suicidio la pena es la misma sea o no viogen ¿tienes tu un dato distinto?
la hijadeputa ésta estará orgullosa de la noticia....
#13 ¿quien es esa?
#31 ¿No reconoces a la Excelentísima Vicepresidenta del gobierno Doña María del Carmen Calvo Poyato?
#39 Y además ministra de las Cortes Generales y de igualdad.
Ahí es nada. Casi tiene más poder que el propio presidente.
#31 dixi, la pareja artística de pixi
#31 Una tia que cobra una millonada del Estado por decir que España es un pais patriarcal que discrimina a las mujeres.
#13 En realidad están preocupados porque con el absurdo de este caso corren en peligro sus chiringuitos. Hay que aplicar medidas de emergencia (pero solo en este caso).
#13 ¡Tio! ¡Que estaba comiendo!
#13 Que este comentario sea uno de los más votados y esté resaltado en la noticia, en vez de penalizado, dice mucho de en que se está convirtiendo Menéame.
Pues nada, perfecta ocasión para revisar la ley.
#6 El problema es que ya es tarde para algunos, y que ya se debería saber que era un disparate antes de que ocurriera.
#6 Dudo que lo hagan, tienen negocios importantes alrededor de esa ley.
. Probablemente, en este caso, hagan una excepción para saltarse la ley, pero no para hacer justicia, sino para no hacerle daño al sistema de chiringuitos, que es lo único que les importa.
#6 ¿Revisar que? Pero si la ley no dice eso.
#6 Ya te digo yo que van a llegar a cualquier otra conclusión menos esa.
#6 Mientras todos los partidos parlamentarios salvo los de extrema derecha la apoyan dificilmente se va a revisar. Actualmente todos saben que la ley está repleta de agujeros y que las propias premisas que se manejan (todo asesinato de un hombre a una mujer de su ámbito sentimental se debe a causas de dominación machista etc.), son erróneas. Pero también saben que si se muestran críticos mañana tienen a todo el aparato mediático del país tachándolos de ultraderechistas, de complices de asesinos, etc. Los partidos no quieren eso y prefieren no mojarse.
Es patetico el giliprogresismo que se vive en España
#16 Si fuera solo España...
Y al que no le guste es un machista.
#36 Decir lo contrario sería prevaricar, ir en contra de la ley que dice que toda agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero.
Estas pidiendoles a los jueces que no cumplan la ley? Que se la salten?
Yo no quiero eso en ningún concepto, lo que hay que tener son leyes bien hechas, no chapuzas, y así luego no habrá problemas.
#41 la ley que dice que toda agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero
Por favor, link a la ley (BOE) que dice EXACTAMENTE eso.
#60 Existe algo que se llama google, dale que incluso tú puedes
#63 Me resulta imposible encontrar una ley que diga eso. Busca tú a ver si tienes más suerte....
#68 Si? Me extraña que hayas buscado, si solo ha pasado 1 minuto jajajajaja
Prueba otra vez y esta vez abre al menos el navegador anda, esa cosa con un icono de colorines jajajaja
#68 https://www.lavanguardia.com/sucesos/20190108/454016263168/supremo-violencia-de-genero-agresion-hombre-mujer.html
Si son parejas o ex-parejas, relacion sentimental, vamos.
#79 La ley. Enlace a la ley. Si es que existe.
#68 Porque no la hay
#60 Se que no es lo que buscas, porque buscas literalmente palabra a palabra; pero la ley lo que dice es:
Artículo 14: Ley de enjuiciamiento criminal:
"Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer serán competentes en las siguientes materias, en todo caso de conformidad con los procedimientos y recursos previstos en esta Ley:
a) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos recogidos en los títulos del Código Penal relativos a homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad e indemnidad sexuales o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación, siempre que se hubiesen cometido contra quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, así como de los cometidos sobre los descendientes, propios o de la esposa o conviviente, o sobre los menores o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de la esposa o conviviente, cuando también se haya producido un acto de violencia de género."
Dentro de la ley orgánica 10/1995 del código penal, título 1, homicidios y sus formas:
Artículo 143: "El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años."
El suicidio asistido se considera homicidio, el homicidio como delito penal hacia alguien que sea esposa, o mujer o este ligada por afectividad o convivencia se juzga por el juzgado de violencia sobre la mujer.
#60 La ley dice textualmente que debe ser juzgado en ese juzgado específico. La condena podrá tener o no matices pero la instrucción no cabe en otra parte sin saltarse la ley.
#60 No me digas que te perdiste la notícia.
Análisis de la última sentencia del Tribunal Supremo sobre violencia de género
Análisis de la última sentencia del Tribunal Supre...
threadreaderapp.comLa jurisprudencia del TS tiene fuerza de ley.
Me ha costado medio minuto encontrarlo. Quizás tú tienes otras dificultades para buscarlo, que no son dificultades técnicas. Me refiero a dificultades del tipo de negarse a ver lo que no interesa.
#60 Que te parece el agravante por cuestión de género. Al existir un agravante las penas siempre se impondrán en su mitad superior.
Artículo 22 del Código penal.
Son circunstancias agravantes:
4.ª Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad.
En 2015 se incluyó en el artículo 22 el agravante por razón de género existiendo ya un agravante por discriminación por el sexo de la persona, y como la ley no es redundante este agravante va dirigido a los hombres que discriminen a la mujer por cuestión de género, según dejó claro en Enero de este año el TS cualquier delito por pequeño que sea de un hombre hacia una mujer es violencia de género ya que lo ha hecho como muestra de su superioridad y dominio sobre la mujer.
https://www.20minutos.es/noticia/3531841/0/supremo-agresion-reciproca-hombre-mujer-distinto-delito-violencia-genero
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/estupor-magistrados-constitucional-sentencia-supremo-violencia-genero/20190109175737120237.html
#82 "Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia."
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760
Tampoco era tan difícil de encontrar colega.
#96 ¿En qué parte pone que "toda agresión de un hombre a una mujer es violencia de genero."?
No lo veo...
#82 #96 más que una ley, hay jurisprudencia. El Tribunal Supremo tuvo a bien resolver que la violencia en relación sentimental es siempre violencia machista, si el agresor es hombre.
https://www.lavanguardia.com/sucesos/20190108/454016263168/supremo-violencia-de-genero-agresion-hombre-mujer.html
#96 ostia, estaba pensando yo ahora, yo llevo 10 años divorciado de mi ex, cero problemas, también casi cero relación (no hay niños por medio), no hemos discutido ni una vez, el caso es que si (por lo que sea) un día se cruza conmigo y me da una ostia y yo se la devuelvo (con resultado de lesiones iguales para los dos) resulta que me juzgan por violencia de género! tiene caducidad la ex? una ex es para siempre?
A disfrutar lo legislado
Lo curioso es ver comentarios que se sorprenden de esa decisión. No se sorprendieron cuando se aprobó esa aberración de ley. Mira tú por donde la acción de este hombre en período electoral no sólo ha puesto sobre la palestra la ausencia y necesidad de legislación sobre eutanasia, sino también la ley de violencia de género
#23 ¡¡Joder será por comentarios poniendo a parir está ley desde que salió!!
Todo esto no tiene ningún sentido. Si las leyes se interpretan, no entiendo cómo no pueden interpretarla correctamente en este caso. Supongo que porque la ley no da pie a otras interpretaciones, porque no me lo explico. Este hombre ha cuidado a su mujer media vida y al final, con mucho dolor, ha decidido conceder el que fue su deseo reiterado durante años. ¿Violencia contra la mujer por el mero hecho de serlo? Amos, no me jodas. Un monumento le tendrían que hacer y un reconocimiento a lo Rosa Parks.
Que algún partido abra los ojos y revise esta ley de una vez.
#7 Ya lo han hecho y correctamente en este caso.
#7 Básicamente porque, como dices, la ley no da pie a otras interpretaciones. Ya se sabía, pero esta es la confirmación oficial.
#7 Ya hay un partido que ha propuesto una revision e intenta que los demas abran los ojos, pero le acusan de machista por ello entre otras cosas, como por ejemplo querer regular la inmigracion y por ello llamarles xenófobos. No hay mas ciego que el que no quiere ver.
#17 No sé muy bien de qué partido hablas, ¿Cual es su postura respecto a la eutanasia, que es el auténtico tema de este meneo, o la muerte digna en general?
Espero respuesta.
#17 Hay dos partidos. Vox y también Igualdad Real.
#17 La inmigración ya está regulada.
#7 Es que las leyes no se interpretan, se interpretan los hechos para ver a que ley se ajusta. Las leyes dicen lo que dicen, a no ser que sean ambiguas. El problema es que es una ley de mierda.
#24
La interpretación de la ley es el proceso interpretativo que consiste en establecer algún sentido de las normas jurídicas que forman el derecho legislado. Se trata de un tipo de interpretación jurídica. En particular es realizado por los jueces que deciden de un caso de acuerdo con la legislación aplicable al mismo. Además de que solo los legisladores son los que pueden manifestar la oscuridad de una ley en donde deben recurrir a la historia o en general a los métodos de interpretación de la ley y determinar su sentido. Y en los casos de que no se utilicen los métodos para la interpretación de la ley se interpretará del modo en que más parezca.
https://es.wikipedia.org/wiki/Interpretaci%C3%B3n_de_la_ley
La interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios. En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo. De ahí que la interpretación de la ley sea una especie de interpretación jurídica.
https://es.wikipedia.org/wiki/Interpretaci%C3%B3n_jur%C3%ADdica
#7 El. problema no es la ley. Es el juez.
Contra jueces así no hay ley buena.
#7 Revisarla es dejarla como esta y aprobar una ley de Eutanasia.
#7 No es el caso (repito NO ES EL CASO), pero imagina una situación:
El hombre ha cuidado de su mujer media vida. Y cuando peor se encontraba ella, él se ha enamorado de otra y se ha cansado, y ha decidido librarse de ella.
(Sigo repitiendo: no es el caso).
¿Entiendes porqué los juzgados se tienen que andar con pies de plomo al tratar cualquier muerte (en realidad, cualquier delito, pero bueno).
#7 Las leyes se interpretan cuando su redacción permite un margen de interpretación. Léete la sentencia del TS y podrás comprobar como han escogido las palabras exactas para impedir ninguna interpretación, nunca, en ninguna circunstancia.
#7 El TS sentó jurisprudencia al respecto este Enero pasado.
Da igual cual sea el motivo o la intencionalidad si el hombre ejerce cualquier tipo de violencia por pequeña o grande que esta sea sobre la mujer.
"Los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad"
"no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo"
https://www.20minutos.es/noticia/3531841/0/supremo-agresion-reciproca-hombre-mujer-distinto-delito-violencia-genero
https://www.elconfidencialdigital.com/articulo/politica/estupor-magistrados-constitucional-sentencia-supremo-violencia-genero/20190109175737120237.html
Esto nos pasa por llevar las ideas progres y el postureo tan al extremo...
#92 Me has hecho reír. Al menos el asco que sentía al leer este titular se ha convertido en humor agridulce.
¿Disfrutar la votado y apoyado?
Lo que quiere la Audiencia Provincial es poner en evidencia la absurdidad de dicha ley y a ver si la derogan de una puta vez.
Seguro.
#46 Crom te oiga.
#44 Hombre, me parece un poco irónico tu comentario, por más que sea involuntario.
Te quejas de los strikes en un comentario donde dices "Putas feministas, comed mierda ahora".
Es curioso. Si te hacen un strike por esto supongo que te quejarás por las malvadas feminazis o algo así.
#47 No, simplemente digo que aquí se decreta "delito de odio" y movidas así, con la misma falta de criterio que la Audiencia.
Una pareja implicada (hombre,mujer) y ella muerta. Si procede un juicio para dictaminar la situación parece claro que encaja dentro de lo que establece la ley como posible violencia de género. Puede que la ley te parezca absurda pero si existe hay que aplicarla.
El articulo lo han leido 3. Ya que a querer saber más que unos jueces (o en general expertos en su sector) lo minimo no seria leer los argumentos que se dan?
Segun tenia entendido, el estado de derecho ha de garantizar la proteccion del inocente, incluso si eso significa beneficiar potencialmente a 100 que son culpables.
Por eso existe la presuncion de inocencia o la politica de reinsercion.
No sera este caso sintomatico de que la ley, tal y como esta planteada, deja un reguero de inocentes por el camino?
No estoy en contra de una especial proteccion para las mujeres puesto que si pienso que estan mas expuestas dadas ciertas condiciones sociales y culturales (muchos de vosotros estareis en desacuerdo, lo respeto), pero desde luego que casos como este ejemplifican a gritos la locura que es la presuncion de culpabilidad del hombre en estos casos.
Vergonzoso, flaco favor le hace esta legislacion a aquellas personas que si merecen medidas legales adicionales.
#55 ¿Por qué dices que esto ejemplifica la presunción de culpabilidad del hombre?
#62 Porque si en un caso tan mediatico, que deja tan clara la inexistencia de este tipo de violencia en el transcurso de los hechos, es juzgado como un potencial caso de violencia machista, con cuantas pruebas o justificacion se admiten a tramite este tipo de denuncias?
Para que un juez sopese la aplicacion de jurisprudencia especifica ha de tener indicios que lo justifiquen. En este caso, los indicios han de ser 0 o menos de 0, y sin embargo permanece abierta la posible aplicacion de esta normativa.
En otras palabras, si este senyor no tiene pruebas suficientes para que no se admita a tramite un caso de violencia de genero, entonces quien narices tiene pruebas para desestimar la motivacion de violencia de genero en su propia situacion? Nadie.
#97 Es instruido como un caso de VG. Si se juzga como VG estaré obviamente en contra.
Pero estás mezclando cosas. Tiene que haber una instrucción porque hay indicios razonables de delito. El tema aquí es si instruye un juzgado especializado, como ha sucedido, o uno genérico de instrucción, pero tiene que haber instrucción siempre.
#97 la motivacion de violencia de genero
No es así. La competencia es del juzgado de violencia, no porque se haya demostrado una determinada motivación, ni porque los jueces la presuman, sino porque la ley dice que todos los delitos de determinadas categorías, incluyendo el homicidio y otros relacionados, cometidos por un hombre contra la que sea o haya sido su pareja, son competencia del juzgado de violencia.
Los jueces (en esta ocasión) han hecho lo que la ley les obligaba a hacer. ¿La ley está mal? Por supuesto, pero esa es otra historia.
#97 Pero quien ha hablado de motivación? LA motivación no se ha juzgado en ningun momento por ahora
#55 qué tiene que ver la presunción de inocencia aquí?
Y como cojones hay que hacerlo?
Yo tengo hablado y en breve por escrito con mi compañera, que si algún dia nos diagnostican una enfermedad grave (demencias, etc) no queremos seguir viviendo.
El problema es que el afectado, no se da cuenta que padece eso, y claro... ¿como se hace?
Disculpr que escriba así, pero me afecta de cerca (como a casi todos supongo) y es una pesadilla para el afectado y entorno ese tipo de enfermedades sin retorno.
#5 ¿Y cómo lo harías si el afectado no se da cuenta de que está enfermo y se lo llevan para ser eutanasiado contra su voluntad en ese momento?
Estás planteando que tu perspectiva actual es imposible que cambie, cuando eso no es así. Es fácil caer en la impresión de que tomarías una decisión determinada en una determinada situación y que luego cambies de opinión cuando te enfrentas a ella.
#9 Si el afectado no se da cuenta de que esta enfermo? Mande?
#5 #9 Solo decir que me parece que este tema efectivamente es complicado, yo puedo consentir a eutanasia en un momento en el que esté plenamente en mis facultades, pero luego cambiar de opinión, o que mi interpretación de ese "momento" sea diferente a la que otro pueda tergiversar para asesinarme legamente.
De todas formas, creo que cualquier cosa que hagamos tendrá insertidumbres, y que algo se podrá hacer para reducirla de forma razonable. Todo esto hablando de que fuera legal y que se determine un protocolo con las mejores garantías.
#5 Simplemente no se puede hacer como están las leyes. Precisamente el hombre de la noticia lo publicó en internet todo el proceso para denunciar que no existiera una ley para estos casos.
Se está denunciando la Ley de Violencia de Genero pero en este caso el problema es la falta de la una dey de muerte digna que al no haberla es un homicidio y eso deriva en ser juzgado en este juzgado.
#5 Y como cojones hay que hacerlo?
No matando a nadie.
#5 Lo primero, ante notario, testamento vital, no solo lo de la eutanasia y tu voluntad ante cuidados paliativos si estas inconsciente, sino ya de paso donacion de organos, etc, etc, etc.
Lo segundo, hacerte residente de un pais donde la eutanasia sea legal, porque aqui nuestros culos siguen siendo propiedad del estado.
#5 ¿como se hace?
Esto sí que lo puedo responder. Lo más limpio, en mi opinión, es las manos atadas a la espalda y una bolsa de plástico en la cabeza.
¡mierda! Con lo bien que iba y ahora otro strike.
Hombre, habrá que hinchar la estadistica, que de ahí salen sueldos.
#36 No, lo contrario sería prevaricación, no seguir una ley porque no te gusta. Ese no es trabajo del juez
#26 Jueces..., esas personas de buenas familias que en muchos casos solo demuestran tener la virtud de poseer una memoria extraordinaria para aprobar semejante oposición, nada más.
Iba a comentar algo, pero es que es tan ridícula esta noticia que ya no se ni que cojones escribir, ni los monty python podrían emular semejante absurdo
#80 El absurdo puede seguir. Una condena de 25 años para el esposo de la víctima, o mejor aún, una condena permanente revisable, no vaya a ser que le diera a este señor, una vez cumplidos los 25 años de prisión, por montar una empresa de eutanasias a domicilio. VIVIMOS EN EL PEOR PAÍS POSIBLE.
Qué vergüenza. Luego se quejan de que los ciudadanos no confíen en las instituciones. Seguro que este caso no tarda 4 años en juzgarse, que es lo normal en un caso ordinario.
SHAME SHAME SHAME
#36 Ups. Acabo de. leer que no cabe recurso ordinario. Una verguenza.
Tenemos unos jueces que no nos merecemos....
O quizá si.
#14 no son los jueces es la Ley
#27 No son los jueces. Son algunos jueces.
Las. leyes las interpreta el juez. Ninguna ley es sota-caballo-rey. Hay matices e interpretaciones.
Mi sensación es que al. juez de turno no le gusta la ley de violencia de género y ha decidido meterse en política.
#34 No. Precisamente en el caso de esta ley lo que se ha buscado expresamente es acabar con esos matices e interpretaciones y este es el resultado. Lo que se busca concretamente es que toda violencia de un hombre hacia una mujer sea juzgado como violencia de género e independientemente de los motivos o de que haya existido relación afectiva entre ellos.
Y que se de con un canto en los dientes, que también se pretende que el feminicidio tenga mayor pena que un homicidio.
cc #48
#27 #34 Yo diría que tanto la ley como los jueces tienen su parte de culpa en este caso, es una lástima por qué el juzgado que investigaba este caso originalmente determino que no debería juzgarse como violencia de genero y la audiencia podría haberlo aprovechado para juzgarlo como suicidio asistido, por lo que con la ley en la mano se podría condenado por suicidio asistido aprovechando la interpretación los jueces del juzgado especializado en la violencia de genero.
#34 Vaya por dios, nos pasamos AÑOS diciendo que gilipolleces como la que aquí nos ocupa iban a suceder porque la ley está redactada con el ojete, pero ahora resulta que cuando ocurren es la culpa del juez, que no lo ha entendido.
Pues primero, te diré que te saques las oposiciones y te metas tu a juez antes de decir papanatadas, y segundo, son magistrados, que quiere decir que son varios jueces, y además no son cuatro mindundis que se han juntado, son gente con ya una cierta experiencia.
#14 No son los jueces, son leyes basura como la VIOGEN.
#14 los jueces solo se limitan a aplicar la ley.
#45 No. También la interpretan. Por eso las sentencias deben estar razonadas y fundamentadas.
Si solo fuera aplicarla podría hacerlo una IA.
No puede ser verdad
#22 Con los abortos legislativos provenientes del
feminismohembrismo, todo es posible.