#8 Es que por servicios no se debe poder facturar en origen. Los servicios siempre se hacen en el lugar donde esté el cliente.
Si son bienes lo que se debe realizar es una venta intracomunitaria, donde el proveedor le quita el impuesto al valor añadido del país, para que, el comprador luego declare ese impuesto y a su vez el vendedor declare la venta, para así también declarar el impuesto del país de origen. Las Haciendas de ambos países cruzan datos para evitar la evasión del pago de impuestos. Amazon, Apple y Bwin son varias empresas que han regularizado el pago del IVA con Hacienda sin necesidad de crear leyes para algo que ya funciona.
Esta medida lo que provoca es el cierre de oficinas en el país donde se ofrece el servicio (ya sea TV, almacenamiento, etc) y complicar la acción de varios servicios públicos (como las reclamaciones de la OMIC, que en este caso deben ir a nivel europeo, con la burocracia añadida, al coste del erario público, y no se si la OMIC ahí puede meter mano, ya que están en otro país.)
A nivel europeo hay una plataforma de resolución de litígios en línea, pero Amazon ya se cuida para no indicar que pasos hay que realizar. Te mandan a un buzón suyo. Es como cuando pedías hoja de reclamaciones en el banco y te daban una del propio banco, en vez de la hoja oficial de la comunidad autónoma.
https://www.amazon.es/gp/help/customer/display.html?nodeId=G9NMDH46UFNMFNKN
#7 Eso es una ley europea para todos los que venden electronicamente. El que quiera vender electronicamente debe registrarse en cualquier pais de la UE. Emiten factura nacional con IVA de pais de destino y luego lo declaran al pais donde se ha eegistrado y dicho pais lo paga al pais correspondiente con un sistema de compensscion intra UE. Antes la mayoria de veces no se pagaba nada de IVA y era injusto para los vendedores nacionales